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Juicio a Fujimori: Corte fallará sobre apelación antes de fin de año

Por Jo-Marie Burt (*)

El juicio y la condena al ex presidente peruano Alberto Fujimori por graves violaciones de los derechos humanos marcó un hito en la lucha contra la impunidad en el Perú y en todo el mundo. Desde que huyó del país en noviembre del año 2000 a raíz de una serie de escándalos, Fujimori buscó evadir la justicia. Su decisión de viajar a Chile en el 2005 lo condujo a su eventual extradición al Perú para ser juzgado por cuatro casos de graves violaciones de los derechos humanos, así como por una serie de casos sobre corrupción y abuso de poder.

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El juicio por derechos humanos empezó el 10 de diciembre de 2007, y se centró en cuatro casos emblemáticos: la matanza de Barrios Altos, de 1991, en la cuál 15 personas fueron asesinadas y cuatro gravemente heridas; la desaparición y el posterior asesinato de nueve estudiantes y un profesor de la Universidad Cantuta en 1992; y los secuestros del periodista Gustavo Gorriti y del empresario Samuel Dyer, tras el autogolpe del 5 de abril de 1992, en el que Fujimori cerró el Congreso, suspendió la Constitución y tomó el control del poder judicial con el respaldo de la las fuerzas armadas. En los casos de Barrios Altos y La Cantuta, las matanzas fueron llevadas a cabo por el Grupo Colina, un escuadrón de la muerte clandestino que operó desde el Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), y cuya finalidad era eliminar a presuntos simpatizantes de Sendero Luminoso. Después de 16 meses de sesiones, la Sala Penal Especial, un tribunal compuesto de tres magistrados de la Corte Suprema, encontró culpable a Fujimori y lo sentenció a la pena máxima de 25 años de prisión.

El abogado defensor de Fujimori ha apelado esta decisión, por lo que esta ahora bajo revisión de un segundo tribunal de la Corte Suprema. Como parte del proceso de apelación, se realizaron tres sesiones de audiencias públicas, el 23, 24 y 25 de noviembre de 2009. La fiscalía, los abogados de la parte civil, y el abogado defensor de Fujimori, tuvieron cada uno la oportunidad de plantear argumentos en cuanto a si el veredicto debía mantenerse, ser modificado o derogado. En la audiencia final el juez que presidía el juicio, Duberlí Rodríguez, declaró que el tribunal tomaría su decisión final dentr de 30 días hábiles, aunque hay mucha especulación de que emitiría su fallo antes de fin de año. Este fallo ya no podrá ser apelado.

El abogado defensor de Fujimori, César Nakasaki, sostuvo que el tribunal que condenó a Fujimori fue sesgado en contra de su cliente, una acusación que pocos expertos jurídicos aceptan dada la transparencia que caracterizó el proceso judicial y el esfuerzo del tribunal de garantizar durante el curso del juicio los derechos del debido proceso del acusado.

Nakasaki llegó a afirmar que no había evidencia para condenar a Fujimori, argumentando que nunca se mostró alguna orden directa para demostrar la responsabilidad penal de su cliente en las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta. Sin embargo, expertos legales señalan que las pruebas indiciarias podían usarse para determinar la responsabilidad penal en los crímenes de esta naturaleza cuando convergían con otros tipos de pruebas. En el caso Fujimori, la Sala Penal Especial determinó en su veredicto que, efectivamente, había evidencias claras y convincentes acerca de la función directa y principal de Fujimori en la creación del aparato criminal que llevó a cabo los crímenes de Barrios Altos y Cantuta.

Nakasaki también alegó que la Corte violó el principio de legalidad al condenar a Fujimori por crímenes de lesa humanidad, concepto que no estuviera tipificado en el código penal peruano en el momento en que se cometieron los crímenes. Sin embargo, como fue señalado por el fiscal y los abogados de la parte civil, la Sala encontró a Fujimori culpable de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro agravado —todos estos crímenes tipificados en el derecho penal peruano— pero anotó que, de acuerdo con el derecho penal internacional, estos delitos constituyen crímenes de lesa humanidad. Ello es importante dado que el derecho internacional rechaza las amnistías o indultos en casos de crímenes de lesa humanidad. Evidentemente, Nakasaki espera cambiar esta determinación a fin de hacer más viable el indulto de su cliente.

Tal vez uno de los temas más polémicos que surgió en las audiencias públicas fue si se debió considerar los casos de Gorriti y Dyer como secuestro agravado, como la Corte declaró en su veredicto, o como secuestro simple, como Nakasaki alega. Para sorpresa de muchos observadores, el representante del Ministerio Público, el fiscal Pablo Sánchez, sostuvo que los secuestros eran ilegales, pero que deberían considerarse sólo como secuestro simple, ya que los agraviados (Gorriti y Dyer) no fueron expuesto a trato cruel o a excesiva violencia. Carlos Rivera, abogado de Gorriti, cuestionó fuertemente este punto de vista. Gorriti y Dyer fueron detenidos en el contexto de un régimen de facto en el cuál se suspendieron las libertades civiles. Sus detenciones no fueron registradas por las autoridades, y fueron mantenidos incomunicados y aislados del mundo exterior, en una situación de extrema vulnerabilidad. Esto, según Rivera, califica como secuestro agravado. Según los expertos legales, si se cambia el veredicto por el de secuestro simple, Fujimori podría acogerse a los beneficios penitenciarios, lo cuál reduciría considerablemente el tiempo de su encarcelamiento.

A pesar de esta disputa, Sánchez y los abogados de la parte civil coincidieron en sus argumentos al señalar que el rol de Fujimori en los crímenes de Barrios Altos, la Cantuta y los secuestros de Gorriti Dayer fue probado fuera de toda la duda razonable, y pidieron a la Corte que confirme la sentencia de 25 años.

Según expertos legales, es muy poco probable que la Corte anule la sentencia condenatoria a Fujimori, la cuál es considerada jurídicamente sólida y basada en evidencias convincentes. Sin embargo, existen fuertes presiones políticas para revertir la sentencia o para reducir sustancialmente la sentencia a Fujimori. Recientes decisiones de los tribunales peruanos han contradicho la jurisprudencia anterior en casos de derechos humanos, resultando en absoluciones que los defensores de los derechos humanos opinan reflejan la creciente presión por parte de las fuerzas armadas, así como por parte de los sectores vinculados al partido gobernante, el APRA, y los partidarios de Fujimori, para poner fin a los numerosos juicios en los cuales se encuentran envueltos personal militar y policial, acusados de graves violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado interno peruano. También existe la posibilidad de que el presidente actual, Alan García, pueda perdonar al Sr. Fujimori, o que su hija, Keiko, pueda hacer lo mismo si resultara victoriosa en las elecciones presidenciales del 2011. A raíz del reciente indulto presidencial del empresario José Enrique Crousillat, quein había sido condenado a ocho años por vender la línea editorial de su canal de televisión (América TV) al régimen fujimorista por $619 millones, la prensa peruana especula sobre las posibilidades de una salida similar para Fujimori.

Hasta la fecha, el juicio a Alberto Fujimori ha sido un proceso ejemplar. Es urgente mantenernos vigilantes para garantizar que concluya de la misma forma. Para las víctimas y sus familiares, que han luchado con valentía y sacrificio por mas de 17 años para saber que pasó con sus seres queridos y para que se castigue a los responsables, está en juego la justicia. Para el Perú –y para todos y todas que anhelamos verdad y justicia—también.

 

 

(*) Jo-Marie Burt es profesora de ciencia política en la Universidad de George Mason y es observadora internacional al juicio a Fujimori para la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA). Es también autora de Violencia y Autoritarismo en el Perú: bajo la sombra de Sendero y la dictadura de Fujimori (Lima: Instituto de Estudios Peruanos/Asociación Servicios Educativos Rurales, 2009).

 

 

 

Publicado por primera vez en NoticiasSER.pe, 12/16/2009