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Los huérfanos del fujimorato

Por Ernesto Chávez Alvarez

Por qué ocultan su cadáver? reclaman hijas del periodista Pedro Yauri al ex dictador mientras Ricarda Ventocilla exige esclarecer la verdad.

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© ANP© ANPHan pasado más de diecisiete años buscando la tumba de su padre, el periodista huachano Pedro Yauri, pero los verdugos del ex dictador, Alberto Fujimori, y Vladimiro Montesinos, guardan silencio sin conmoverse ante la angustia de las hijas que desean dar cristiana sepultura a los restos del ser que les dio la vida.

Es el otro drama que atraviesan también los hijos de los miembros de la familia Ventocilla que fueron torturados y asesinados a escasas horas del asesinato de Yauri, en una de los capítulos más horrorosos protagonizados por el grupo Colina y el ex presidente , quien ahora debe responder por sus crímenes ante la justicia.

El domingo 24 de junio de 1992, Pedro Yauri pasó la tarde con sus hijas, viendo televisión y comiendo frutas. En la noche se despidió de ellas con un “nos vemos luego”. Iba al pequeño local que había alquilado en la calle Sáenz Peña, al costado del Casino de Huacho y donde guardaba el equipo radial que utilizaba en sus emisiones diarias. Allí lo esperaba su padre, don Anastasio, que lo ayudaba con la vigilancia.

Los huérfanos del fujimoratoA las 2 de la madrugada las hijas se despertaron por los golpes a la puerta de don Anastasio que tenía las manos amarradas y la desesperación en el rostro. Con voz quebrada les dijo que siete sujetos vestidos como comandos ingresaron al local “armados y alterados”. Luego de golpearlo y atarlo le cubrieron la cabeza con una frazada. Después se llevaron al periodista.

A la mañana siguiente, los cadáveres de seis miembros de la familia Ventocilla fueron encontrados en el caserío de Balconcillo, a 8 kilómetros de la carretera Huaura-Sayán. Pero el cadáver de Yauri nunca apareció.

¿Dónde está mi padre?

Después de diecisiete largos años , Jacqueline y Jessica Yauri siguen acudiendo a la playa Hornillos, donde el Grupo Colina asesinó a su padre, para rezar por su alma y sin perder la esperanza de hallar los restos mortales darles sepultura.

“Siento que mi padre no está tranquilo, quiere que lo encontremos y demos cristiana sepultura”, declara Jessica en una entrevista a la revista Caretas.

Cuando se perpetró el salvaje asesinato ella y su hermana Jacqueline tenían 12 y 9 años, respectivamente y recién se enteraron de lo que ocurrió con el inicio del megajuicio oral al Grupo Colina y luego de oír los testimonios que brindaron ex agentes y colaboradores eficaces de ese mismo destacamento en el proceso a Fujimori.

-Nunca me voy a sentir satisfecha así los condenen de por vida (a Martin Rivas y a Colina) porque nadie me va a devolver a mi padre.Sólo queremos que nos digan dónde está su cuerpo- le dijo Jessica a la periodista Patricia Caycho.

Lo buscamos pero nada

“Hemos buscado en Andahuasi, Atahuampa, Ingenio; así como en Pacchotingo, Humaya, y el Malecón de Huacho… pero nada. Los Colina saben dónde lo han enterrado, pero hasta ahora no dicen dónde. Por lo menos deben darme ese anhelo que tenemos de encontrarlo”, sostuvo su progenitor, Anastasio Yauri Leandro, entre sollozos.

Los huérfanos del fujimoratoDesde entonces han transcurrido muchos años pero la búsqueda no cesa para los deudos que, en su dolor irreparable, ansían encontrar el cadáver del periodista asesinado para darle cristiana sepultura.

Después de tantos silencios y maniobras dilatorias, los deudos no pierden la esperanza de ubicar los restos de Pedro Yauri.

Esperan que en el proceso al ex dictador, Alberto Fujimori, y su perverso asesor, Vladimiro Montesinos, encuentren indicios sobre la tumba del periodista.

En su Informe N° 56/99, del 13 de abril de 1999, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos mencionó entre otros casos, la desaparición de Pedro Yauri recomendando al Estado peruano iniciar una investigación seria, imparcial y efectiva, con el objeto de establecer su paradero, así como dejar sin efecto toda medida interna, legislativa o de cualquier otra naturaleza que tienda a impedir la investigación, procesamiento y sanción de los responsables de su detención y desaparición.

Recomendó también otorgar una indemnización a los familiares de la víctima, incluyendo una reparación compensatoria por el sufrimiento derivado de no haberse conocido su destino.

Fujimori, el que se alucina héroe de su “pacificación nacional” guardó silencio. Los asesinos siguieron su ejemplo, con la esperanza imposible de volver a ser amnistiados..

Que se sepa la verdad

Ante la Comisión de la Verdad y Reconciliación, Ricarda Ventocilla prestó un dramático testimonio que revela el otro drama de los deudos. A continuación reproducimos textualmente algunos párrafos de su extensa declaración:

Mi padre se llamó Rafael Ventocilla Rojas, mi hermano mayor Alejandro Ventocilla Castillo, mi otro hermano Simón Ventocilla Castillo, mi otro hermano Paulino Ventocilla Castillo, mi tío Mario Ventocilla Rojas, mi sobrino menor de edad de diecisiete años, estudiante del Colegio Técnico Agropecuario # 15, también fue sacados de mi casa, asesinados.

Los huérfanos del fujimoratoMis dos hermanos profesores, que eran miembros del sindicato del Sutep.

Yo, la verdad pido que se esclarezca y que los culpables tengan una sanción, porque yo sé que la vida de ellos no los voy a, a retomar nuevamente o me lo van a entregar vivos, porque ellos están muertos, señores. La verdad que yo pido es eso, justicia más que nada.

La verdad, ¿cómo hemos quedado nosotros?, ¿cuántos huérfanos?, más que nada, sin estudios, sin educación para sacarlos adelante. Mi madre enferma.

Lo que yo pido señores es que me hagan justicia más que nada y que paguen los culpables o que tengan una sanción para ellos.

Y yo quisiera saber ¿por qué les mataron?, ¿qué culpa tenían ellos para quedar cuántos huérfanos que hemos quedado?, no sólo yo, mis sobrinos, señor.

Lo que pido es justicia. Lo que yo pido es que se exija más que nada ¿no?, que se sepa la verdad señores, ¿por qué?, ahora yo sé por el caso de mi familia, agradezco a la Comisión Interamericana, gracias a ellos se está reabriendo este caso de la familia Ventocilla. Porque fuimos a denunciar nosotros, nuevamente que se sepa la verdad, yo pido eso, justicia señores.

Publicado por ANP, el 26 de junio de 2015

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Descarga gratis este libro esencial: Violencia y autoritarismo en el Perú

Por Jorge Frisancho

Violencia y autoritarismo en el Perú. Bajo la sombra de Sendero y la dictadura de Fujimori, el libro de Jo-Marie Burt co-publicado en 2009 por el Instituto de Estudios Peruanos y Servicios Educativos Rurales (SER), es un libro clave para entender los procesos políticos y sociales del Perú de los últimos 30 años. Y ahora se puede descargar gratuitamente, colocado por su autora en el portal Academia.edu.

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Violencia y autoritarismo en el Perú. Bajo la sombra de Sendero y la dictadura de Fujimori, el libro de Jo-Marie Burt

Jo-Marie Burt es doctora en ciencias políticas por la Universidad de Columbia, docente en George Mason University (Virginia, Estados Unidos) e investigadora principal en WOLA, la Washington Office for Latin America. En Violencia y autoritarismo en el Perú, Burt se enfoca en los nexos, puntos de contacto y espacios de confrontación entre el Estado peruano y la sociedad civil, en particular las que denomina “zonas grises” generadas por la histórica debilidad del aparato estatal y que permitieron el crecimiento de Sendero Luminoso, todo ello en el contexto de la violencia política de los años 80 y 90.

Ahora que las formas autoritarias de hacer política vuelven a ser cosa de todos los días en el Perú, la lectura de este libro es obligada para quienes quieran tener una perspectiva sobre los riesgos que implican y las consecuencias que traen, y que ya han traído, para la vida colectiva de los peruanos. Imperdible.

Publicado en La Mula, el 21 de marzo de 2015

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2015: Un año decisivo en el sistema de justicia

Por Carlos Rivera Abogado, Coordinador del Área de Defensa Legal del IDL

El proceso de justicia y verdad sigue siendo una pieza fundamental de cualquier balance en el tema de derechos humanos en el Perú. La justicia es un bien sumamente esquivo para aquellos que han sido víctimas de graves violaciones contra los derechos humanos y los logros que se han conseguido en la última década. La presentación del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación en agosto de 2003 ha significado el resultado de un consistente esfuerzo que ha tenido a los familiares de las víctimas como el factor de empuje para la acción de la justicia.

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© La República© La RepúblicaUn primer dato que resulta necesario considerar para analizar el proceso de justicia en el Perú es que este ha cumplido una década. En su momento la presentación del Informe Final de la CVR significó un impulso fundamental para alentar el inicio de un proceso de judicialización de crímenes graves contra los derechos humanos. Ese aliento, ciertamente con menor fortaleza que hace diez años, aún continúa y ha tenido la virtud de encontrar posibilidades para renovarse y persistir. Esto no es poca cosa en el Perú.

Las sentencias de la Sala Penal Nacional

Desde la entrada en funcionamiento del sub sistema penal de derechos humanos en el 2004, la Sala Penal Nacional ha emitido 53 sentencias en casos de graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad. De todos esos años, este año ha sido el primero en el que se han dictado más sentencias condenatorias que sentencias absolutorias. Han sido cinco sentencias condenatorias y cuatro sentencias absolutorias. Anteriormente, durante todos los años siempre en cada uno de estos se habían dictado más sentencias absolutorias que condenatorias. Ciertamente es solo un dato estadístico, pero el hecho es que resulta muy importante precisarlo. Significa que ¿se ha producido al interior de la Sala Penal Nacional algún cambio sustancial en cuanto a la valoración de este tipo de casos? Sinceramente es difícil de responder una interrogante de esta naturaleza, pero si llama la atención el cambio de las estadísticas a favor de quienes han persistido en la acción de la justicia.

Si resulta de suma importancia destacar el contenido de tres sentencias dictadas en el presente año en los casos de a) los estudiantes desaparecidos de la Universidad Nacional del Centro; b) la matanza de Pucará; y c) la desaparición de Javier Tineo de la Cruz. En esas sentencias se incorpora al análisis y valoración probatoria un elemento que ciertamente a pesar del persiste pedido del Ministerio Público y las ONGs no había incorporado en anteriores decisiones judiciales. Nos referimos al complejo asunto del rol de la organización militar como elemento determinante y protagónico para la realización de los crímenes sistemáticos contra los derechos humanos.

Fue la sentencia dictada a fines de abril de este año en el caso de los estudiantes desaparecidos de la Universidad Nacional del Centro en 1990 la que incorpora este elemento de análisis y valoración y lo hace estableciendo que para la comisión de eventos criminales de carácter sistemático, como la desaparición forzada de varias decenas de dirigentes universitarios de esa casa de estudios, la existencia de una organización militar que responde a las decisiones y órdenes superiores cumple un papel fundamental para garantizar el resultado criminal de esas decisiones. De esta manera por primera vez la Sala Penal Nacional abordar un tema clave para el entendimiento y valoración en su real dimensión de crímenes que tienen la condición de crímenes sistemáticos que se ejecutaron a partir de la existencia de políticas de Estado o políticas institucionales para combatir la subversión.

Junto al rol de la organización militar, la misma sentencia destaca el rol de los aparatos de inteligencia militar en la estrategia militar contra el terrorismo y en la comisión de eventos criminales bajo la lógica del desarrollo de una estrategia de eliminación selectiva de personas, como la perpetrada desde inicios de los años noventa en el departamento de Junín. Estos dos elementos le permiten a la Sala Penal Nacional afirmar con consistencia que ambos determinan un rol protagónico de los jefes militares en la comisión de este tipo de eventos delictivos, ya que interpretan que la organización militar y los aparatos de inteligencia funcionan a partir de disposiciones y órdenes superiores emitidas por aquellos oficiales que mantienen una posición de comando.

Una reflexión de similar nivel la Sala Penal Nacional ha desarrollado en la sentencia emitida en el caso de la matanza de Pucará perpetrada en noviembre de 1991 en la localidad del mismo nombre en el departamento de Junín y en la sentencia emitida en octubre de este año en el caso de la desaparición forzada del profesor Javier Tineo de la Cruz, desaparecido en mayo de 1987 en el Cuartel Militar del Batallón de Pampa Cangallo (Ayacucho) y en la fue condenado el Comandante EP ® Abdón Eguía Dávalos.

Si bien en los últimos días la misma Sala Penal Nacional acaba de emitir una sentencia, en el caso de los desaparecidos en Chuschi en 1991, en la cual se sostiene una tesis que contradice esta reciente jurisprudencia, lo cierto que aquella significa un avance sustancial en la interpretación de los crímenes contra los derechos humanos.

Este año ha sido el primero en el que se han dictado más sentencias condenatorias que sentencias absolutorias

El ministro y el periodista: el caso Urresti

Pero si bien la justicia pareciera haber enviado este año un mensaje relativamente alentador lo cierto es que el Poder Ejecutivo hacia mediados de año envió el mensaje más lamentable, pero a la vez peligroso, respecto del tema de derechos humanos. Frente a la revelación periodística de IdeeleRadio de que el entonces recientemente designado Ministro del Interior Daniel Urresti estaba procesado nada menos que por su participación en el asesinato del periodista Hugo Bustíos en 1988, ocurrido en una localidad cercana a la ciudad de Huanta, el presidente de la república decidió cerrar filas a favor del ministro y afirmar que lo mantendría en el cargo, bajo el argumento de que si bien estaba procesado por semejante crimen, él –Urresti- gozaba de la presunción de inocencia.

No cabe ninguna duda que el mensaje político han sido simplemente desastroso no solo para las víctimas y sus familiares, sino lesivo y grave frente a las instituciones del sistema de justicia. Si el Presidente de la República apoya o respalda políticamente y al más alto nivel a alguien acusado del asesinato de un periodista es en la práctica un “blindaje” político para que ese personaje no sea tocado o cuestionado judicialmente. Adicionalmente, ese tipo de mensajes denigra la acción de la justicia, porque en los hechos la termina subordinando a decisiones políticas en las que se posterga de manera más arbitraria y abusiva los legítimos intereses de las víctimas.

El caso Rodrigo Franco debe comenzar de nuevo

El caso de los crímenes del Comando Paramilitar “Rodrigo Franco” perpetrados durante el primer gobierno del Presidente Alan García es, qué duda cabe, uno de los procesos judiciales emblemáticos de las graves violaciones a los derechos producidas en el Perú de los años ochenta. Por ello el hecho de haber logrado no solo judicializarlo y tener como principal acusado a Agustín Mantilla, quien se desempeñó como Ministro y Vice Ministro del Interior durante los cinco años de gobierno era un logro de la acción de la justicia que estaba en un franco avance hacia una condena contra los responsables de los crímenes. De hecho el juicio oral hacia octubre de este año tenía ya año y medio de desarrollo y el avance en cuanto a la determinación de las responsabilidades criminales de los imputados que se había conseguido era más que significativo.

Por ello, la noticia que dio cuenta que el juicio oral se había quebrado como consecuencia de la no asistencia a una sesión de audiencia de la magistrada María Vidal La Rosa -directora de debates de dicho proceso- como consecuencia de una enfermedad es un hecho particularmente grave y hasta peligroso para la acción de la justicia. El llamado quiebre de un juicio oral tiene como consecuencia la automática anulación de todo lo actuado y dicho hasta ese momento y por mandato legal el juicio debe ser realizado nuevamente desde el inicio. Eso es lo que tiene que ocurrir con el caso de los crímenes del Comando Paramilitar Rodrigo Franco. Sin duda se trata de un golpe muy severo a la acción de la justicia.

Las razones de la inasistencia de la mencionada magistrada no han quedado del todo claras y esa es, seguramente, la razón por la cual la propia presidenta de la Sala Penal Nacional ha decidido remitir un Informe para hacer de conocimiento estos hechos del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, instancia que ha remitido la información al Órgano de Control de la Magistratura para los fines pertinentes.

Las derrotas de Fujimori

El condenado Alberto Fujimori inauguró el año 2014 con nuevo abogado y con nueva estrategia de defensa. La pieza clave de esa nueva estrategia era, sin duda, la acción de revisión que según el nuevo representante legal demostraría la supuesta arbitrariedad de la condena impuesta en abril de 2009 contra el ex presidente de la república en el caso de violaciones a los derechos humanos. Junto a ello apareció la disparatada demanda de arresto domiciliario que reclamaba la defensa.

El hecho es que después de una corta pero intensa discusión en el tribunal de la Corte Suprema de Justicia sobre idoneidad del magistrado Javier Villa Stein para integrar el tribunal encargado de resolver la demanda de revisión durante el mes de noviembre ambas acciones legales encontraron el único desenlace que debían tener: la declaración de improcedencia. En ambos casos porque los argumentos no encontraban amparo en la normatividad procesal y penitenciaria vigentes. En concreto, porque las acciones eran abiertamente ilegales.

La pauta de la estrategia que la defensa de Fujimori ha desarrollado es eminentemente política. Y en ese sentido utiliza la acción legal y el propio sistema de justicia como un mero instrumento para alcanzar objetivos políticos personales de Alberto Fujimori. El ex presidente necesita mecanismos para mantener una presencia mediática y para mostrarse como una víctima de la supuesta acción abusiva del sistema de justicia. Para ello se ha conseguido un abogado que no tiene temor al ridículo y que está dispuesto a presentar las más descabelladas demandas al sistema de justicia. Lo más probable que este tipo de estrategia persista.

Bajo este panorama el año 2015 se muestra como un año en el que sin duda el proceso de justicia jugará un papel fundamental. El solo hecho de que será el año en que se dicten sentencias en los casos de la matanza de Accomarca y los desaparecidos en el Cuartel Los Cabitos en 1983 nos da cuenta de la envergadura de los casos que se resolverán. Pero adicionalmente, el próximo año se debe iniciar el juicio oral en los casos de la matanza de El Frontón (1986) y Cayara (1988), así como se debe reiniciar el juzgamiento del caso de los crímenes del comando paramilitar “Rodrigo Franco”. Todo en un año pre electoral. El asunto será complejo. Ojalá que el sistema de justicia y sobre todo el nuevo presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona, quien varios días después de su elección no ha dicho una sola palabra sobre este tipo de asuntos, responda satisfactoriamente a los intereses de la víctimas y de la justicia.

Publicado en Ideele, el 11 de enero de 2015

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IDL: Fujimori quiere mostrar control político y desviar atención de su derrota en caso Diarios Chicha

Por Ideeleradio.pe

  • Así lo sostuvo Carlos Rivera, coordinador del Área Legal del Instituto de Defensa Legal (IDL).

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Fujimori está siendo ampliamente derrotado

Carlos Rivera, coordinador del Área Legal del Instituto de Defensa Legal © IDL
Carlos Rivera, coordinador del Área Legal del Instituto de Defensa Legal © IDL
Carlos Rivera, coordinador del Área Legal del
Instituto de Defensa Legal © IDL
Ideeleradio
.- El exmandtario Alberto Fujimori quiere demostrar que tiene control político de su partido y busca desviar la atención de su derrota legal en el caso Diarios Chicha, proceso en el que recibirá una nueva pena privativa de libertad, dijo Carlos Rivera, coordinador del Área Legal del Instituto de Defensa Legal (IDL).

“Creo que Fujimori lo hace por dos razones. Una porque él quiere mostrar que tiene control político de su organización, cosa que en los últimos días está en cuestión, pero otro asunto es desviar la atención de la prensa respecto de lo que está ocurriendo en el caso Diarios Chicha”, manifestó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

“Esa es una estrategia que viene desarrollando tanto él como su abogado, porque cada vez que termina una audiencia, su abogado habla de cualquier asunto, menos de lo que está ocurriendo en ese juicio, que es un juicio en el que Fujimori está siendo, junto con su abogado, ampliamente derrotado, cuyo resultado va a ser uno solo, una nueva condena a pena privativa de libertad”, apuntó.

Días atrás, la prensa reveló que existen divisiones dentro del fujimorismo, pues Keiko Fujimori criticó la aparición del frente Avanza Fujimori Libertad (AFL) bajo el argumento de que “en el pasado fue un error crear un partido político para cada elección”.

Fujimori publicita sus acciones políticas

Finalmente, cuestionó la conducta reiterativa del ex jefe de Estado de realizar actos políticos en un espacio que es más bien estrictamente formal, como es la sala penal que lleva a cabo el juicio por el pago a directivos de los denominados “diarios chicha” que apoyaron la campaña reeleccionista de Alberto Fujimori.

“Es una conducta reiterativa de parte de Fujimori de desarrollar actividades políticas al interior del penal y con la mayor frescura del mundo, aprovechó un juicio oral –que es un ámbito estrictamente formal– para hacer publicidad de esas acciones políticas. El color del polo con el que fue vestido, el gesto de dejarse fotografiar y dejarse hacer tomas de las anotaciones creo que son actos evidentemente políticos”, señaló.

Publicado en Ideeleradio.pe, el 6 de mayo de 2014

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IDL y Aprodeh recusarán a Villa Stein si no se inhibe de revisar sentencia a Fujimori

  • En contra. Abogados de organismos de derechos humanos señalaron que magistrado no debe ver pedido de revisión de sentencia de Alberto Fujimori por falta de imparcialidad.

Por Beatriz Jiménez

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Lo justifica. Presidente de la Sala Penal Permanente, Javier Villa Stein, sostuvo que su designación fue por sorteo © La República
Lo justifica. Presidente de la Sala Penal Permanente, Javier Villa Stein, sostuvo que su designación fue por sorteo © La República
Lo justifica. Presidente de la Sala Penal Permanente,
Javier Villa Stein, sostuvo que su designación fue por
sorteo
© La República
Después de que el presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, Javier Villa Stein, declarara que no se inhibirá de ver la revisión de la sentencia contra Alberto Fujimori, representantes de las organizaciones de Derechos Humanos anunciaron que presentarán una recusación ante la Sala por falta de independencia.

“Vamos a esperar hasta el lunes para que Villa Stein se inhiba”, adelantó Gloria Cano, abogada de la Asociación Pro Defensa de los Derechos Humanos (Aprodeh).

“De lo contrario, las víctimas lo recusarán porque su conducta siempre ha sido de agresividad contra la sentencia que condenó a Fujimori, las víctimas y los abogados de derechos humanos”, anunció.

Por su parte, Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), recordó que el magistrado ha adelantado opinión respecto al proceso al declarar contra el principio de autoría mediata que condenó a Alberto Fujimori por delitos de lesa humanidad. “Él ha hecho referencia a que la sentencia del juez César San Martín ha violado el principio de legalidad y esto en términos procesales significa que ha incurrido contra la garantía de imparcialidad”, declaró a La República.

La base de la demanda de revisión de la sentencia del ex presidente presentada por su abogado William Paco Castillo Dávila es negar la autoría mediata de Fujimori en los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta.

“El juez no puede estar opinando sobre causas que van a llegar a su tribunal”, recordó Rivera. “Curiosa y coincidentemente ha levantado opinión sobre los aspectos centrales de la demanda de revisión del abogado de Fujimori”, añadió.

Niega conocer revisión

Al respecto, Villa Stein aseguró que no conoce el contenido de la demanda impuesta por el abogado de Fujimori y que solo procedería si se da uno de los supuestos del artículo 361 del Código de Procedimiento Penal.

Es decir, que después de la condena por homicidio existan pruebas suficientes; que la sentencia se haya basado en la declaración de un testigo condenado por perjurio; que después de la sentencia se condene a personas distintas del acusado por el mismo delito; y que se violente el principio de “cosa juzgada”.

Las organizaciones de Derechos Humanos consideraron que ninguno de estos supuestos aplica a la sentencia emitida en el 2009 por el juez César San Martín, ratificada en 2010 en última instancia.

Recordaron que recientemente Villa Stein se inhibió “por decoro” de ser juez en el caso de Lucho Manrique Escobar, desaparecido en Huancavelica en 1989 y del que fue absuelto en primera instancia el alcalde de San Borja, Marco Álvarez. Actualmente, existe un recurso de reconsideración presentado por la parte civil y la fiscalía ante la Corte Suprema.

Cuando este caso llegó a la Sala de Villa Stein, IDL recusó al juez y este emitió una resolución por la que decidió inhibirse del caso. Por ello, las víctimas y organizaciones de Derechos Humanos piden al magistrado que haga “lo propio”.

“Es una cachetada más”

Rosa Rojas, madre del menor asesinado en Barrios Altos por el grupo Colina, se mostró indignada por las declaraciones del presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.

“El señor Villa Stein siempre está en contra de los derechos humanos y como es fujimorista, siempre va a ser su defensor”, declaró. “Es ilógico revisar este proceso, ratificado en instancias nacionales e internacionales. Es una cachetada más a las víctimas”, recalcó.

Si Villa Stein no se inhibe tendrá 30 días para decidir si da a lugar o no la revisión de la sentencia que condenó a 25 años al ex presidente Alberto Fujimori.

En el caso de que la Sala que preside declare fundada la solicitud, puede anular la sentencia y disponer un nuevo proceso judicial. Si, por el contrario, concluye que es infundada, se mantiene la misma sentencia.

“Cometería una disfuncionalidad si me inhibo cuando no procede”

El presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, Javier Villa Stein, aseguró que no se inhibirá de ver la demanda de revisión de sentencia planteada por la defensa de Alberto Fujimori. Consideró que no está “incurso” en ninguna causal de inhibición.

Villa Stein recordó que fue un sorteo el que decidió que fuera la Sala que él preside la que tenga que pronunciarse sobre el recurso planteado.

“La demanda de revisión existe para evitar perennizar una injusticia y todos los peruanos deberían estar contentos de que exista”, dijo. “Puede ocurrir que estén asustados (los abogados de DDHH) por tener la conciencia inmunda y teman que vía revisión se deje sin efecto una cosa juzgada”.

Publicado en La República, el 27 de abril de 2014

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No hay prueba nueva que justifique revisión de sentencia a Fujimori, afirma Wola

  • Pedido de su abogado es un imposible jurídico, aseguran

14:44. Lima, abr. 22. El pedido de revisión de la sentencia a 25 años de cárcel para Alberto Fujimori es un absurdo jurídico ya que no existe una prueba nueva que justifique la demanda, afirmó hoy la asesora principal de la Oficina en Washington sobre Asuntos Latinoamericanos (Wola), Jo-Marie Burt.

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© ANDINA/Vidal Tarqui© ANDINA/Vidal TarquiEn declaraciones a la Agencia Andina, manifestó que el argumento del abogado de Fujimori quien señala que existe otra condena contra Nicolás Hermoza Ríos y Vladimiro Montesinos por autoría mediata, no necesariamente exculparía al expresidente.

“Su planteamiento es completamente absurdo, no hay ninguna razón para pensar que no podría haber más de un autor mediato, sobre todo en un crimen tan complejo como lo fueron La Cantuta y Barrios Altos”, indicó.

Comentó que para pedir la revisión de una sentencia en el Poder Judicial es necesario una prueba nueva, es decir, algo que no haya sido considerado durante el juicio oral, lo que, en este caso, “no existe”.

“El abogado de Fujimori no está presentando ninguna prueba nueva, ninguna evidencia nueva que pueda ser considerado, entonces no existe una base jurídica para que hubiese una revisión de la sentencia”, aclaró.

Burt explicó que tanto Fujimori, como Montesinos y Hermoza Ríos, gobernaron el Perú en conjunto y crearon “un sistema que utilizaba la represión” para controlar a sus opositores y eliminar a sospechosos por terrorismo y personas que no les convenían.

“Es un despropósito total, ese argumento no tiene ni pies ni cabeza. Para que la Corte Suprema revise una sentencia hay reglas claras sobre lo que tiene que pasar”, precisó.

El abogado de Alberto Fujimori, William Paco Castillo, presentó ayer ante el Poder Judicial un pedido para revisar la sentencia de su patrocinado; demanda que fue rechazada por razones de procedimiento. Esta mañana volvió a presentar su pedido.

(FIN) JCC

Publicado en ANDINA – Agencia Peruana de Noticias, el 22 de abril de 2014

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Fujimori presentará pedido para anular sentencia por crímenes de Barrios Altos y La Cantuta

  • Nuevo capítulo desesperado

La defensa de Fujimori solicita revisar y revocar sentencia de 25 años contra el expresidente. Su argumento es que la condena contra Montesinos, por el mismo caso, anula la del exjefe de Estado. Especialistas afirman que dicho razonamiento es absurdo.

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© Jorge Cerdán
© Jorge Cerdán
© Jorge CerdánDecidido, convencido, seguro de sí mismo y de su ¿razonamiento?, el abogado del expresidente Alberto Fujimori, William Paco Castillo, intentó presentar —al fin— el pedido de revisión de la sentencia de 25 años de cárcel por los casos Barrios Altos y La Cantuta, que la Sala Penal Especial dictó contra su patrocinado en abril del 2009.

Ayer, golpe de tres de la tarde (aunque había anunciado que sería al mediodía), Castillo Dávila se acercó a la mesa de partes de la Corte Suprema para presentar el documento con los argumentos que, según él, justifican no solo la revisión, sino la anulación de la sentencia contra Fujimori.

Desalentadora fue la sorpresa cuando, quienes lo recibieron, optaron por devolverle el documento, pues le hacía falta algo básico: foliarlo. O sea: enumerar las páginas.

Ahora pues, Paco Castillo prometió regresar al día siguiente, es decir hoy, para entregar el pedido con las correcciones de rigor realizadas.

Los lapsus de forma son subsanables aunque dejan mucho que desear del abogado ¿no se dio cuenta?; pero vayamos al fondo: ¿cuáles son los argumentos que la defensa de Fujimori sostiene que cambiarán la historia del país y dejarán en libertad al exmandatario peruano-japonés?

NO PASA

Empecemos por partes. El 7 de abril del 2009, Alberto Fujimori Fujimori fue sentenciado a 25 años de prisión por los delitos de homicidio, secuestro agravado y lesiones graves por los casos de Barrios Altos, La Cantuta y el del periodista Gustavo Gorriti (secuestrado).

El 3 de noviembre de 1991, a las 10:30 p.m., el Grupo Colina, comandado por el capitán Martin Rivas, ingresó a una pollada en el jirón Junín en Barrios Altos. Usó armas de fuego con silenciadores y acribilló a todos los asistentes que se encontraban dentro de la celebración. Quince personas murieron y cuatro resultaron heridas.

El 18 de julio de 1992, un profesor universitario y nueve estudiantes de la Universidad Enrique Guzmán y Valle-La Cantuta, no solo fueron asesinados, sino que el Grupo Colina intentó desaparecer los cuerpos.

Por las masacres antes descritas, también fue sentenciado el exasesor presidencial y jefe de facto del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN), Vladimiro Montesinos Torres, el 1 de octubre del 2010. Los cargos imputados fueron los mismos que Fujimori y con la misma modalidad: autoría mediata.

Según Castillo Dávila, la sentencia del “Doc”, por haber sido posterior a la de su defendido y por sostener los mismos cargos, anula automáticamente a la de Fujimori.

“La sentencia declara que se condena a Vladimiro Montesinos y otras personas como los verdaderos autores mediatos de tal crimen; es decir, si en el 2009 había sido condenado Alberto Fujimori como autor mediato (de los crímenes en Barrios Altos y La Cantuta), cómo es que el 1 de diciembre del 2010 resulta que el autor mediato de esos crímenes ya no es Alberto Fujimori, sino que la sentencia establece que los verdaderos responsables son Montesinos y otros”, argumenta Castillo y agrega que hay “una contradicción” en las sentencias.

AHOGADO EN LO ABSURDO

Al conocer los argumentos jurídicos usados para sustentar un pedido de revisión de sentencia –que solo se acepta siempre que existan pruebas nuevas en el proceso–, este diario acudió a diversos especialistas en la materia que confirmen o refuten la teoría de Paco Castillo.

Para empezar, el exjefe de Estado Alberto Fujimori, por una figura legal denominada prerrogativa constitucional, fue procesado por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema. Por lo tanto, tuvo un juicio exclusivo.

Los demás funcionarios de su régimen, como Montesinos, Nicolás de Bari Hermoza Ríos, Martin Rivas, entre otros, fueron juzgados por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia.

En derecho penal existe la teoría de Claus Roxin, que fue usada para sentenciar a Fujimori y Montesinos, que habla sobre la autoría mediata a través de los aparatos organizados de poder.

El exprocurador anticorrupción Julio Arbizu y el abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Carlos Rivera, coinciden en advertir el error en el entendimiento de esta teoría, por parte del abogado Paco Castillo.

“Hay una cadena de mandos que posibilita que ambos (Montesinos y Fujimori) puedan ser imputados y condenados a título de autores mediatos. (Que una sentencia haya sido posterior a la otra) solo es consecuencia únicamente de que ambos fueron juzgados y condenados por separado (por un asunto de fueros y tiempos)”, aclara Arbizu.

En palabras de los especialistas consultados, entonces, no existiría contradicción en la sentencia que menciona Paco Castillo, de la Primera Sala Penal de la Corte de Lima y la que condenó a Fujimori a 25 años por violaciones a los derechos humanos en abril de 2009.

Eso no es todo. El defensor naranja sostiene, como lo hemos detallado en líneas anteriores, que la sentencia contra Montesinos especifica que el “Doc” es el autor mediato, junto a otros, por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta y que por eso su defendido es inocente.

Al respecto, Rivera aclara que “Castillo está informando mal a la opinión pública. Eso no dice la sentencia. Señala que hay una cadena de responsabilidades. No hay ninguna calificación en nivel extremo en el que solo se considere a Montesinos y se excluya a Fujimori”.

INHIBICIONES A DECISIÓN

El pedido de revisión de la sentencia contra Fujimori será presentado en la mesa de partes de la Corte Suprema, desde ahí se derivará a una de las dos salas de la Corte Suprema, la Penal Permanente, que preside el juez Javier Villa Stein, o a la Sala Penal Transitoria, que integran los magistrados César San Martín, Víctor Prado y Hugo Príncipe.

El primero ha tenido, a lo largo de los últimos meses, polémicas declaraciones en contra de quienes sentenciaron al japonés. Los tres últimos fueron parte de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema que condenó al exjefe de Estado.

De esto se desprende un proceso de inhibición. O sea, que los propios vocales supremos antes mencionados, se inhiban de admitir el pedido de revisión de sentencia. Aunque no hay impedimento legal para ello.

“Por decoro, por criterio de imparcialidad, ellos (San Martín, Prado y Príncipe) se van a inhibir. La otra (Sala Permanente) es presidida por Villa Stein, quien está legalmente descalificado porque desde hace dos meses se está paseando por todos los medios de comunicación adelantando opinión acerca de este caso”, opinó Rivera del IDL.

Arbizu, en tanto, se muestra más enfático. Para él la Corte Suprema no debe admitir un pedido que, a todas luces, nace y muere en lo absurdo.

“Si la Corte Suprema admite el pedido, allí sí habría una contradicción, pues es la CS la que ha resuelto en última instancia las condenas de ambos personajes (Fujimori y Montesinos)”, precisa.

En fin, las esperanzas de la defensa naranja están puestas en una anulación de la sentencia que condena a 25 años de prisión al líder del fujimorismo, aunque, a juzgar por la afirmación que hizo Rivera en su cuenta de Twitter, estamos ante un “mamarracho jurídico”.

EL DATO

Según una información dada a conocer por el semanario Hildebrandt en sus trece, el abogado de Fujimori, William Castillo, es sobrino político del vocal Supremo Javier Villa Stein. El vínculo puede promover una eventual inhibición del juez, siempre que el pedido de revisión de sentencia contra el exjefe de Estado, llegue a sus fuero, o sea a la Sala Permanente de la Corte Suprema.

Publicado por Diario16 el 22 de abril de 2014

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Pedido de revisión de condena de Fujimori no prosperará, opina Rivera

La solicitud de revisión de condena interpuesta por la defensa de Alberto Fujimori por los casos Barrios Altos y La Cantuta no tiene sustento legal y es un despropósito jurídico que será rechazado, afirmó el abogado Carlos Rivera, quien representa a las víctimas de ambas matanzas.

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Según Rivera, recurso fujimorista es movida política © La República
Según Rivera, recurso fujimorista es movida política © La República
Según Rivera, recurso fujimorista es movida política
© La República
Rivera explicó que la legislación peruana solo contempla la revisión de una sentencia cuando se presentan evidencias nuevas que no se tomaron en cuenta antes, lo que, dijo, no ha sucedido en este caso.

El letrado estimó que la solicitud sería “una movida política” que coincide con la evaluación del Consejo Nacional de la Magistratura para un eventual proceso disciplinario contra César San Martín, juez que condenó a Fujimori.

“Creo que es una operación del fujimorismo para dar cuenta de que hay una acción de revisión en marcha y una posible sanción a San Martín”, dijo.

En la víspera, el abogado del ex mandatario, William Castillo, dejó en mesa de partes del Poder Judicial la solicitud de revisión de condena a favor de su patrocinado.

Según Castillo, Fujimori fue condenado a 25 años de prisión por ser autor mediato de homicidio calificado, omisiones graves y secuestro agravado, pero una nueva sentencia impuso la misma pena a Montesinos y no incluyó al ex presidente.

Publicado en La República, el 22 de abril de 2014

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WOLA: arresto domiciliario de Fujimori es un imposible jurídico

Washington, oct. 28 (ANDINA). El pedido de arresto domiciliario planteado por el expresidente Alberto Fujimori constituye un imposible jurídico que no debe proceder, y su eventual aceptación sería ilegal y despertaría el rechazo internacional, advirtió hoy la Oficina en Washington sobre Asuntos Latinoamericanos (WOLA).

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Jo Marie Burt, asesora principal de WOLAJo Marie Burt, asesora principal de WOLA“La detención domiciliaria es una medida preventiva preliminar cuando se abre un proceso judicial contra un acusado, pero no procede si existe una condena a prisión efectiva”, precisó Jo-Marie Burt, profesora de la Universidad de George Mason y asesora principal de WOLA.

Según recordó, el exmandatario fue condenado unánimemente por un tribunal de la Corte Suprema del país en un “proceso limpio, transparente e imparcial”.

“El mundo entero saludó a Perú por su capacidad de sentar en el banquillo de los acusados a un ex jefe de Estado y procesarlo por graves violaciones de los derechos humanos, así como varios actos de corrupción”, indicó a la Agencia Andina.

Refirió, además, que Fujimori fugó del país y llegó a ser procesado debido a su extradición, tras lo cual fue condenado por todos los cargos en su contra.

“También es importante recordar que la condena de 25 años por ser autor mediato de los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta fue ratificada por otro tribunal de la Corte Suprema, también unánimemente”, añadió.

Para Burt, las maniobras para liberar a Fujimori no solamente constituyen una afrenta a las víctimas, sino que también le hacen daño al sistema de justicia.

Sostuvo que insistir en buscar maneras de obviar una sentencia de la justicia demuestra una actitud antidemocrática y de falta de respeto a la ley.

Mañana martes a las 15:00 horas el juez supremo Segundo Morales Iparraguez resolverá el pedido de arresto domiciliario planteado por el exmandatario, tras la audiencia llevada a cabo el último viernes.

En la actualidad, Fujimori cumple una sentencia de 25 años de prisión efectiva por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro agravado por los casos Barrios Altos y La Cantuta, y los secuestros del periodista Gustavo Gorriti y del empresario Samuel Dyer Ampudia, ocurridos durante su gobierno (1990-2000). También fue sentenciado por actos de corrupción.

Publicado en Andina el 28 de octubre de 2013

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Junta Médica no encontró evidencia de cáncer en Alberto Fujimori

El programa Cuarto Poder reveló esta noche el informe de la Junta Médica que certifica el real estado de salud del expresidente Alberto Fujimori, recluido en el penal de la Diroes y condenado a 25 años de prisión por violación a los derechos humanos y corrupción.

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INDULTOEl informe de la Junta Médica, que ya ha sido entregado a la Comisión de Gracias Presidenciales, precisa en el diagnóstico que los doctores y especialistas no hallaron evidencia actual de cáncer en la lengua del expresidente Alberto Fujimori.

“Cáncer de lengua oral y displasia recurrente de lengua oral operados, sin evidencia actual de enfermedad”, indica el documento pero también señala “trastorno depresivo recurrente” en el paciente. Punto donde no hay consenso entre los especialistas.

Para los psiquiatras María Leccussan y Ramos, Delforth Manuel Laguerre Gallardo y Andrey Sindeev, el expresidente tiene una depresión severa con riesgo suicida. Mientras, Jesús Calizaya Delgado y Maria Isabel Vásquez consideran que Alberto Fujimori tienen un episodio depresivo moderado.

Cabe resaltar que este último tema es importante para proceder con el indulto humanitario, ya que precisa los casos: para los que padecen enfermedades terminales y para los que padecen enfermedades no terminales graves, que se encuentren en etapa avanzada, progresiva, degenerativa e incurable y además que las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su vida, su salud e integridad.

El el pasado 22 de febrero, la Junta Médica, en compañía de los médicos tratantes de Fujimori visitó el penal de la Diroes para comprobar el estado de salud del paciente y elaborar, ese mismo día el acta médica, la cual fue entregada al INPE, que lo derivó a la comisión.

Publicado el 24 de marzo de 2013 en La Republica