Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Este lunes se iniciará nuevo juicio oral por el caso “Comando Rodrigo Franco” tras once meses del quiebre judicial

Este lunes 28 de septiembre a las 2:30 p.m. en la Sala Penal Nacional (SPN) se dará inicio al segundo juicio oral contra el ex ministro aprista Agustín Mantilla Campos y los presuntos miembros del denominado “Comando Rodrigo Franco” por los asesinatos del ex dirigente minero Saúl Cantoral Huamaní, Consuelo García Santa Cruz, Luis Pasache Vidal, Sócrates Porta Solano y del abogado Manuel Febres Flores.

.

RPPRPPEste nuevo juicio oral se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Nacional y estará a cargo de un nuevo colegiado presidido por el magistrado Marco Cerna Bazán, e integrado por los doctores Alfonso Payano Barona y Omar Pimentel Calle.

Ante este nuevo juicio oral, APRODEH y los familiares de las víctimas esperamos y exigimos al Poder Judicial mayor celeridad en el desarrollo del juicio oral, ya que los hechos datan de los años 1988 y 1989, esto es, de hace más de 26 años esperando justicia y sanción para los responsables.

Los Hechos

El autodenominado “Comando Rodrigo Franco” fue una organización paramilitar presuntamente dirigida por el ex ministro aprista Agustín Mantilla durante el primer gobierno del ex presidente Alan García Pérez. De acuerdo a las investigaciones de la Comisión de la Verdad y de la Reconciliación (CVR) esta organización habría cometido el frustrado atentado contra el desaparecido Diario Marka, el asesinato del abogado Manuel Febres Flores, Luis Pasache Vidal, Sócrates Porta Solano; así como de los líderes sindicales Saúl Cantoral Huamaní y Consuelo García Santa Cruz. Este grupo paramilitar habría utilizado la infraestructura e información del Ministerio del Interior y habría estado constituido por estudiantes reclutados de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega liderados por Jesús Miguel Ríos Sáenz y contó con la participación de algunos efectivos del GRUDE de la Dirección de Operaciones Especiales (DOES) y del Delta 5 de la Dirección Contra el Terrorismo (DIRCOTE) de la Policía.

La citada organización habría surgido para enfrentar a la subversión de esos años. Sin embargo, existen elementos que permiten suponer razonablemente, que personas a quienes se atribuye pertenencia al citado Comando, han sido responsables de delitos de lesa humanidad.

Lima, 25 de septiembre de 2015.

Publicado por APRODEH

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Rechazan recusación de jueza que verá el juicio al comando “Rodrigo Franco”

La jueza superior Mirta Bendezú Gómez se mantendrá al frente del juicio al comando paramilitar “Rodrigo Franco”. Sus colegas Marco Cerna Bazan y Alfonso Payano Barona declararon infundado el pedido (recusación) que hizo Aprodeh para que ella se aparte de este juicio por sus vínculos familiares con el aprismo.

.

© La República© La RepúblicaEl fiscal superior Luis Landa Burgos también se había mostrado a favor de que Bendezú Gómez se aparte del caso “Rodrigo Franco” para no enturbiar el proceso y asegurar una justicia imparcial e independiente.

La magistrada Mirta Bendezú está casada con el abogado Ricardo Chumbez Paz, miembro del estudio de abogados de Edmundo Peláez Bardales, ex abogado ad honorem del ex presidente Alan García Pérez.

Los hechos por los que se juzgará a los presuntos integrantes del comando “Rodrigo Franco” sucedieron durante el primer gobierno aprista. El juicio tiene como principal acusado al ex ministro Agustín Mantilla Campos.

Al denegar la recusación, los jueces Cerna y Payano indican que la relación laboral de Ricardo Chumbez con Peláez Bardales y de éste con García no afectarán la independencia de la jueza, porque estos personajes no son parte de este juicio.

Publicado por La República, el 18 de junio de 2015

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Extrañas coincidencias en el quiebre del juicio contra el Comando Rodrigo Franco

Por Lilia Ramírez Varela

Casi cuatro meses estuvo detenido el proceso contra el Comando Rodrigo Franco y el ex ministro Agustín Mantilla. Recién el jueves 26 de febrero se volvió a iniciar el juicio oral de esta emblemática causa que involucra delitos de lesa humanidad cometidos durante el primer gobierno aprista.

.

© La República
© La República
© La RepúblicaEste proceso ha pasado por todas las trabas existentes: una dilación de más de veinticinco años, una rarísima recomposición de la Sala Superior a cargo del caso y, finalmente, el quiebre del proceso luego de año y medio de juicio oral por la también extraña inasistencia de una de las juezas. Pero ese solo es el comienzo.

El jueves la audiencia solo duró diez minutos, pues la abogada de las víctimas, Gloria Cano, recusó a la presidenta de la Sala, Mirtha Bendezú, por posibles vínculos con el partido de la estrella. ¿La razón? Bendezú es esposa del abogado Ricardo Chumbes Paz que es socio del estudio de Luis Edmundo Peláez Bardales, un reconocido aprista que fue abogado ad honorem de Alan García Pérez (ver: Ideeleradio, 24/01/2011).

Y los hechos que narraremos a continuación nos llevan a tener más certezas que dudas sobre el triste futuro de esta causa.

La historia

El jueves 30 de octubre de 2014 se tenía que reiniciar el juicio oral contra el Comando Rodrigo Franco y el ex ministro Agustín Mantilla, a cargo del Colegiado A de la Sala Penal Nacional. De acuerdo a ley, no pueden pasar más de doce días entre audiencias en esta etapa; si esto sucede todo tiene que volver a empezar.

El 28 de octubre ya se había suspendido la audiencia por la delicada salud de la doctora María Delfina Vidal La Rosa Sánchez, quien además se desempeñaba como directora de debates del caso. La Presidenta de la Sala, Inés Villa Bonilla, buscando continuar el proceso programó para el 30 de octubre a las 10 de la mañana el reinicio de la audiencia, a fin de buscar que la doctora Vidal mejore y no se produzca la desgracia del quiebre del juicio. El plazo era límite.

Como ya se sabe la jueza Vidal no llegó en la mañana del 30 de octubre, pese a comprometerse a no dejar que el juicio caiga. Señaló que estaba con fiebre. La presidenta de la Sala, esperando ya un milagro, pospuso la audiencia para las 3 de la tarde. Sólo se necesitaba que Vidal se sentara unos minutos para evitar la anulación de la causa. Pero no llegó, pues según ella su doctor le señaló que si salía a la calle era peligroso.

A las cuatro de la tarde las dos magistradas asistentes, Inés Villa y Edita Condori, tuvieron que aplicar el artículo 267 del Código Procesal Penal y quebrar el juicio oral. La consecuencia de este hecho es que año y medio de audiencias se fueron al agua. Las declaraciones de los procesados, incluido el comprometedor testimonio del ex ministro Agustín Mantilla, quedan en nada. El interrogatorio había llegado a una situación en la cual el abogado de Mantilla pidió a la Sala que su patrocinado haga uso de su derecho a guardar silencio.

La reconocida doctora Inés Villa Bonilla, con fama de ser incorruptible, tuvo que apartarse de este caso tan importante. Pues, por ley, el nuevo juicio oral lo tiene que conocer un tribunal totalmente distinto. Ahora sabemos que es la “Sala B”, integrada por las jueces: Mirtha Bendezú (presidenta), Miluska Cano y Marco Cerna. De acuerdo a los abogados de las víctimas de violaciones de derechos humanos (Carlos Rivera y Gloria Cano), la Sala de la doctora Bendezú se ha caracterizado por absolver sistemáticamente a los procesados por estos graves delitos (Casos Matero, Caso Agente Carrión, Caso Constantino Saavedra, Caso Chipana Huauya), junto a ello está el dato adicional que la doctora Bendezú tiene como esposo al socio del abogado de Alan García y por eso la han recusado.

Sin duda fue una tragedia lo ocurrido. Una vez más el sistema judicial terminaba favoreciendo a ciertos funcionarios integrantes del partido de la estrella, derivando el caso a un tribunal del que desconfían los abogados de las víctimas.

No hay que olvidar que en la acusación fiscal Agustín Mantilla está imputado como coautor del delito de lesa humanidad por haber creado el Comando Rodrigo Franco y coordinado con éste las eliminaciones selectivas de los líderes sindicales Saúl Cantoral Huamaní y Consuelo García, además, de los asesinatos de Miguel Pasache Vidal y Sócrates Porta Solano.

Jesús Ríos Sáenz (alias ‘Chito Ríos’), Jorge Huamán Alacute, Enrique Melgar Moscoso, Carlos Farfán Yacila, Oscar Urbina Sandoval, Gino Fiori González y Walter Lauri Morales son también acusados por este caso, por presuntamente pertenecer al grupo militar. Contra ellos el fiscal ha pedido 25 años de cárcel y el pago de una reparación civil de 200 mil soles a cada acusado.

Por esas fechas, el testigo clave, Miguel Aurelio Exebio Reyes, señaló en el programa “No Hay Derecho” de Ideeleradio que “le parece muy raro que justo cuando, esta semana, me tocaba testimoniar y que se enfrentaran a mí [los procesados], donde les iba a acusar directamente porque yo los conozco, estuve con ellos y sé cuál es su accionar, se ha quebrado esto”.

La salud de la jueza Vidal, en otras ocasiones, había jugado malas pasadas en las audiencias y éstas habían tenido que ser suspendidas, pero ella siempre se cuidaba de no llegar a niveles de quebrar un juicio. Además, la jueza, hasta ese momento, era conocida por su buena trayectoria en el Poder Judicial. La situación era bastante extraña, pero todos asumían que el estado de salud de la magistrada era de un nivel altamente grave.

También es cierto que desde abril el entonces Presidente del Poder Judicial, Enrique Mendoza, sin causa justificante, venía realizando cambios en las salas de derechos humanos que han llevado a dilatar injustificadamente estos procesos pendientes por más de veinticinco años (Ver: Operación Limpieza para Alan). Todo indicaba que, pese a la gravedad del hecho, no se le podía acusar a la jueza por enfermarse y quebrar un proceso.

Sin embargo, la sorpresa vino el sábado 1° de octubre, un día después de la trágica inasistencia de la doctora Vidal. La Sala Penal Nacional convocó a una audiencia en el caso de la matanza en Accomarca y a esta asistió la doctora Vidal La Rosa; que integra el tribunal junto a los jueces Ricardo Brousset (presidente) y Mirtha Bendezú. A la audiencia la jueza Vidal fue muy abrigada, comentan, pero no mostró signo alguno de padecer enfermedad grave. Las suspicacias que ya existían en torno a su inasistencia empezaron a aumentar.

Al analizar el descanso médico, a cargo del doctor Arnaldo A. Andrade Otaya, otorrinolaringólogo de la Clínica Internacional, la causa de su inasistencia no queda clara. Pero en conversación directa con éste, nos indicó como diagnóstico una laringotraqueítis, una afectación al aparato respiratorio y si bien la condición de la jueza no era necesaria para internarla en la clínica, sí ordenó descanso médico domiciliario del 28 al 31 de octubre. Nos señalaba que esta es una enfermedad distinta al cuadro de asma que es conocido sufre la magistrada.

Vidal la Rosa, compañera de carpeta de Nava y Soller

Pero lo que vino a sorprender aún más es este otro hecho que se convierte en una coincidencia de terror: la doctora Vidal la Rosa, fue doctoranda de la Universidad San Martin de Porres entre los años 2004 al 2005 y apadrinada por Alan García Pérez. Los estudios fueron consignados en la hoja de vida que presentó ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM):

jueza

“Como lo revelan estas fotos, la doctora María Vidal La Rosa también habrìa formado parte de la promoción: Scire Ad Trascendere (saber para trascender) que apadrinó Alan García”

Como se recordará por esas fechas también estudió el mismo doctorado el juez Jesús Manuel Soller, quien integró la Primera Sala Civil de Lima, que ya tiene un voto en lo sustantivo a favor de Alan García y en contra de las investigaciones de la Megacomisión. Este magistrado tiene serios cuestionamientos por haber conocido un caso para el que está impedido, dado que tiene a la esposa y a los hermanos partidarios del APRA y el artículo 40 de la ley de carrera judicial se lo prohíbe (ver artículo):

Como lo revelan estas fotos, la doctora María Vidal La Rosa también habrìa formado parte de la promoción: Scire Ad Trascendere (saber para trascender) que apadrinó Alan García Pérez en mayo del año 2007, tal como lo señala el propio portal web de la universidad. Tres magistrados han reconocido a la doctora como participante de la foto.

Otro que también llevó el doctorado junto a estos magistrados que vienen conociendo procesos que implican al APRA, es Luis Nava Guibert, asesor personal de García Pérez, ex secretario general de la Presidencia, ex ministro de la Producción, y además profesor de la Universidad San Martín de Porres.

Sin duda este nuevo dato viene a sembrar más certezas que dudas sobre las razones por las cuáles la jueza Vidal La Rosa ocasionó que un juico emblemático como este vuelva a iniciar de cero; y va más allá, pues revela el conflicto de intereses que desde el inicio tenia esta doctora al llevar un procesos contra uno de los casos más graves en violaciones de derechos humanos que se les ataca al primer gobierno de Alan García Pérez.

De acuerdo a la información que hemos recabado. La jueza Vidal la Rosa en ningún momento del proceso que llevaba el caso Rodrigo Franco comentó que había sido apadrinada de García. Su inasistencia y todo este embrollo dió lugar a que se inicie una investigación en la OCMA contra la magistrada. IDL-Justicia Viva intentó comunicarse desde diciembre del año pasado con ella por diversos medios: visitas a su oficina, llamadas telefónicas y hasta correos electrónicos y sólo obtuvimos una negativa absoluta a dar su versión y a conversar con nosotros.

¿Cómo era el dicho?: las coincidencias no existen.

Lamentablemente todo indica que el fantasma de la impunidad ronda en esta causa.

11018884 10153102559911420 2884750658521785571 n

Publicado originalmente en Ideele Revista Nº 247

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Sala Penal Nacional suspendió nuevo juicio oral al comando Rodrigo Franco

  • Esto se debió a que la defensa de las víctimas recusó a una de las integrantes del tribunal por sus presuntos nexos con el Partido Aprista.

La Sala Penal Nacional decidió suspender el inicio del nuevo juicio oral, previsto para hoy, a los presuntos miembros del comando paramilitar Rodrigo Franco, que habría operado en el primer gobierno de Alan García, cuando Agustín Mantilla era ministro del Interior.

.

Agustín Mantilla es uno de los procesados por el caso Rodrigo Franco. (Perú21)Agustín Mantilla es uno de los procesados por
el caso Rodrigo Franco © Perú21
Dicha decisión se adoptó por una recusación presentada por la defensa de los familiares de las víctimas de este comando, que solicitó separar del tribunal a la magistrada Mirtha Bendezú por supuestos nexos que tendría con el Apra.

En declaraciones a la agencia Andina, la abogada de las víctimas, Gloria Cano, sostuvo que debe primar la transparencia y la imparcialidad en este caso que tiene más de 25 años sin resolverse.

“Hemos pedido un recurso de recusación para la magistrada Mirtha Bendezú Gómez, porque ella es esposa del señor Ricardo Chumbe, quien tiene una fuerte ligación con el estudio Peláez Bardales, que defendió a Alan García Pérez”, comentó.

Gloria Cano consideró que se deben cumplir todas las garantías para las partes involucradas y remarcó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) está pendiente de lo que ocurra en este proceso.

“La corte señaló que el Estado está en la obligación de investigar de forma seria, oportuna e imparcial la causa. Lo que está pasando ahora con la presencia de esta magistrada es una duda sobre la imparcialidad que pueda haber en el proceso”, agregó.

Cano aseguró que este nuevo acontecimiento en el proceso será reportado a la CIDH para dejar constancia del proceder del sistema de justicia.

La abogada indicó que para la próxima semana se espera que la sala encargada del caso discuta si la recusación presentada es procedente.

Como se recuerda, el denominado comando Rodrigo Franco fue un escuadrón que, entre 1985 y 1990, habría cometido crímenes de lesa humanidad y asesinado a civiles como parte de la lucha contra el terrorismo.

En el proceso está vinculado el ex ministro Agustín Mantilla, junto a otros procesados como Jesús ‘Chito’ Ríos Saénz, Jorge Huamán Alacute, Enrique Melgar Moscoso, Carlos Farfán Yacila, Óscar Urbina Sandoval, Gino Fiori Gonzales, Juan Pampa Quilla y Walter Lauri Morales.

Al comando Rodrigo Franco se le responsabiliza por los supuestos secuestros y ejecuciones del abogado Manuel Febres Flores, los estudiantes Miguel Pasache Vidal y Javier Porta Solano, así como del dirigente sindical Saúl Cantoral, entre otros.

Publicado por Perú21, el 26 de febrero de 2015

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Este 26 se reinicia juicio a Agustín Mantilla por caso Rodrigo Franco

  • Exministro aprista y los presuntos miembros del grupo paramilitar acusados por crímenes de lesa humanidad volverán al banquillo. Proceso se quebró el año pasado con aparente artimaña de una jueza.

Por Henry Campos

El Poder Judicial dispuso el reinicio del juicio por el caso Rodrigo Franco, presunto comando paramilitar del primer gobierno del expresidente Alan García, para este 26 de febrero, luego que el mismo se quebrara el año pasado por supuestos graves problemas de salud de una de las juezas que dirigía el referido proceso judicial.

.

Foto: Archivo / La RepúblicaFoto: Archivo / La RepúblicaEl Ministerio Público imputa en esta causa al exministro aprista Agustín Mantilla y a los supuestos miembros del comando Rodrigo Franco del secuestro y asesinato del abogado Manuel Federico Febres Flores y los dirigentes populares Saúl Cantoral Huamaní y Consuelo García Santa Cruz. Además, de los asesinatos de los estudiantes Miguel Pasache Vidal y Sócrates Porta Solano.

El reinicio del juicio supone volver todo a cero. Por tanto, la mayoría sindicada como los miembros del grupo paramilitar, entre ellos, Franco Jesús Ríos (alias ‘Chito Ríos’), Jorge Huamán Alacute, Enrique Melgar Moscoso, Carlos Farfán Yácila, Óscar Urbina Sandoval, Gino Fiori Gonzales, Juan Pampa Quilla y Walter Lauri Morales, volverá a ser interrogada en este nuevo juicio, pero esta vez por la sala que preside la jueza Mirtha Bendezú Gómez.

Asimismo volverán a ser citados el propio expresidente Alan García, los periodistas César Hildebrandt, Gustavo Gorriti y Ricardo Uceda, el congresista Yehude Simon y el exparlamentario Fernando Olivera que investigaron los hechos relacionados con este presunto grupo de aniquilamiento, así como Marco Miyashiro, exoficial del Grupo Especial de Inteligencia de la Policía Nacional-GEIN. También desfilará la exministra aprista Nidia Vílchez.

Así, de no mediar ningún inconveniente, el fiscal superior titular Luis Landa reiterará su solicitud de 25 años de prisión y el pago de una reparación civil de 200 mil soles para Mantilla y sus exsubordinados por ser calificados sus supuestos delitos como crímenes de lesa humanidad al haberse ejecutado de manera cruel, sistematizada y generalizada.

COSAS EXTRAÑAS

El juicio por el caso Rodrigo Franco quedó trunco el pasado 30 de octubre, fecha en que debía celebrarse audiencia, conforme a ley. Ese día, extrañamente, la magistrada María Vidal La Rosa se enfermó. Ya había faltado a la sesión convocada del 28 de octubre. Entonces, el emblemático juicio referido a crímenes de lesa humanidad ocurridos en el aciago primer gobierno aprista, que había cumplido entonces año y medio de proceso, fue declarado nulo.

Hasta esa fecha, casi se había culminado el interrogatorio a todos los miembros de Rodrigo Franco y estaba programada próximamente la declaración del principal testigo de este caso: Miguel Exebio Reyes, el famoso testigo clave, con código WPM20028. Este sindicó públicamente a Mantilla y a sus operadores de esas ejecuciones extrajudiciales, e incluso aseguró que Alan García estuvo detrás de estos asesinatos y que en total habrían sido 60 los crímenes de este comando paramilitar durante su primer mandato. El quiebre del juicio impidió a Exebio contar su verdad ante un tribunal de justicia y encarar a los acusados.

Para muchos resultó extraña la enfermedad de la jueza Vidal y, lamentablemente, la magistrada Mirtha Bendezú que dirigirá este proceso tampoco brinda absoluta confianza. Resulta que esta jueza tiene afinidad con el Apra. Su esposo es el abogado Ricardo Chumbe Paz, socio de Edmundo Peláez Bardales, quien ejerció la defensa en diversas ocasiones del expresidente Alan García.

DATO

Actualmente, la cuestionada jueza María Vidal La Rosa viene siendo investigada por la Oficina de Control Interno de la Fiscalía por supuesta inconducta que obligó lamentablemente el quiebre del juicio por el caso Rodrigo Franco.

MANTILLA LO DIJO:

“Es un hecho ineludible, porque hubo un asesinato (de Manuel Febres Flores) reivindicado por este supuesto grupo Comando Rodrigo Franco. Existió (el comando Rodrigo Franco) por ese hecho, pero después no hubo ningún acto que fuera reivindicado por este supuesto comando. Por eso la investigación final determina que no hubo ningún comando organizado. Como lo dice la Comisión de la Verdad, fueron muchos grupos que tomaron ese nombre para cometer tropelías”. (Setiembre, 2013).

Lo que dijo la Comisión de la Verdad

Grupo paramilitar integrado por estudiantes y policías

De acuerdo a la Comisión de la Verdad, el comando Rodrigo Franco (nombre del dirigente aprista asesinado por Sendero Luminoso, en 1987) estuvo constituido principalmente, por estudiantes reclutados de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, liderados por Jesús “Chito” Ríos y contó con la participación de efectivos del GRUDE de la Dirección de Operaciones Especiales (DOES) y del Delta 5 de la Dirección Contra el Terrorismo (DIRCOTE) de la Policía.

Publicado en Diario 16, el 6 de enero de 2015

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

2015: Un año decisivo en el sistema de justicia

Por Carlos Rivera Abogado, Coordinador del Área de Defensa Legal del IDL

El proceso de justicia y verdad sigue siendo una pieza fundamental de cualquier balance en el tema de derechos humanos en el Perú. La justicia es un bien sumamente esquivo para aquellos que han sido víctimas de graves violaciones contra los derechos humanos y los logros que se han conseguido en la última década. La presentación del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación en agosto de 2003 ha significado el resultado de un consistente esfuerzo que ha tenido a los familiares de las víctimas como el factor de empuje para la acción de la justicia.

.

© La República© La RepúblicaUn primer dato que resulta necesario considerar para analizar el proceso de justicia en el Perú es que este ha cumplido una década. En su momento la presentación del Informe Final de la CVR significó un impulso fundamental para alentar el inicio de un proceso de judicialización de crímenes graves contra los derechos humanos. Ese aliento, ciertamente con menor fortaleza que hace diez años, aún continúa y ha tenido la virtud de encontrar posibilidades para renovarse y persistir. Esto no es poca cosa en el Perú.

Las sentencias de la Sala Penal Nacional

Desde la entrada en funcionamiento del sub sistema penal de derechos humanos en el 2004, la Sala Penal Nacional ha emitido 53 sentencias en casos de graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad. De todos esos años, este año ha sido el primero en el que se han dictado más sentencias condenatorias que sentencias absolutorias. Han sido cinco sentencias condenatorias y cuatro sentencias absolutorias. Anteriormente, durante todos los años siempre en cada uno de estos se habían dictado más sentencias absolutorias que condenatorias. Ciertamente es solo un dato estadístico, pero el hecho es que resulta muy importante precisarlo. Significa que ¿se ha producido al interior de la Sala Penal Nacional algún cambio sustancial en cuanto a la valoración de este tipo de casos? Sinceramente es difícil de responder una interrogante de esta naturaleza, pero si llama la atención el cambio de las estadísticas a favor de quienes han persistido en la acción de la justicia.

Si resulta de suma importancia destacar el contenido de tres sentencias dictadas en el presente año en los casos de a) los estudiantes desaparecidos de la Universidad Nacional del Centro; b) la matanza de Pucará; y c) la desaparición de Javier Tineo de la Cruz. En esas sentencias se incorpora al análisis y valoración probatoria un elemento que ciertamente a pesar del persiste pedido del Ministerio Público y las ONGs no había incorporado en anteriores decisiones judiciales. Nos referimos al complejo asunto del rol de la organización militar como elemento determinante y protagónico para la realización de los crímenes sistemáticos contra los derechos humanos.

Fue la sentencia dictada a fines de abril de este año en el caso de los estudiantes desaparecidos de la Universidad Nacional del Centro en 1990 la que incorpora este elemento de análisis y valoración y lo hace estableciendo que para la comisión de eventos criminales de carácter sistemático, como la desaparición forzada de varias decenas de dirigentes universitarios de esa casa de estudios, la existencia de una organización militar que responde a las decisiones y órdenes superiores cumple un papel fundamental para garantizar el resultado criminal de esas decisiones. De esta manera por primera vez la Sala Penal Nacional abordar un tema clave para el entendimiento y valoración en su real dimensión de crímenes que tienen la condición de crímenes sistemáticos que se ejecutaron a partir de la existencia de políticas de Estado o políticas institucionales para combatir la subversión.

Junto al rol de la organización militar, la misma sentencia destaca el rol de los aparatos de inteligencia militar en la estrategia militar contra el terrorismo y en la comisión de eventos criminales bajo la lógica del desarrollo de una estrategia de eliminación selectiva de personas, como la perpetrada desde inicios de los años noventa en el departamento de Junín. Estos dos elementos le permiten a la Sala Penal Nacional afirmar con consistencia que ambos determinan un rol protagónico de los jefes militares en la comisión de este tipo de eventos delictivos, ya que interpretan que la organización militar y los aparatos de inteligencia funcionan a partir de disposiciones y órdenes superiores emitidas por aquellos oficiales que mantienen una posición de comando.

Una reflexión de similar nivel la Sala Penal Nacional ha desarrollado en la sentencia emitida en el caso de la matanza de Pucará perpetrada en noviembre de 1991 en la localidad del mismo nombre en el departamento de Junín y en la sentencia emitida en octubre de este año en el caso de la desaparición forzada del profesor Javier Tineo de la Cruz, desaparecido en mayo de 1987 en el Cuartel Militar del Batallón de Pampa Cangallo (Ayacucho) y en la fue condenado el Comandante EP ® Abdón Eguía Dávalos.

Si bien en los últimos días la misma Sala Penal Nacional acaba de emitir una sentencia, en el caso de los desaparecidos en Chuschi en 1991, en la cual se sostiene una tesis que contradice esta reciente jurisprudencia, lo cierto que aquella significa un avance sustancial en la interpretación de los crímenes contra los derechos humanos.

Este año ha sido el primero en el que se han dictado más sentencias condenatorias que sentencias absolutorias

El ministro y el periodista: el caso Urresti

Pero si bien la justicia pareciera haber enviado este año un mensaje relativamente alentador lo cierto es que el Poder Ejecutivo hacia mediados de año envió el mensaje más lamentable, pero a la vez peligroso, respecto del tema de derechos humanos. Frente a la revelación periodística de IdeeleRadio de que el entonces recientemente designado Ministro del Interior Daniel Urresti estaba procesado nada menos que por su participación en el asesinato del periodista Hugo Bustíos en 1988, ocurrido en una localidad cercana a la ciudad de Huanta, el presidente de la república decidió cerrar filas a favor del ministro y afirmar que lo mantendría en el cargo, bajo el argumento de que si bien estaba procesado por semejante crimen, él –Urresti- gozaba de la presunción de inocencia.

No cabe ninguna duda que el mensaje político han sido simplemente desastroso no solo para las víctimas y sus familiares, sino lesivo y grave frente a las instituciones del sistema de justicia. Si el Presidente de la República apoya o respalda políticamente y al más alto nivel a alguien acusado del asesinato de un periodista es en la práctica un “blindaje” político para que ese personaje no sea tocado o cuestionado judicialmente. Adicionalmente, ese tipo de mensajes denigra la acción de la justicia, porque en los hechos la termina subordinando a decisiones políticas en las que se posterga de manera más arbitraria y abusiva los legítimos intereses de las víctimas.

El caso Rodrigo Franco debe comenzar de nuevo

El caso de los crímenes del Comando Paramilitar “Rodrigo Franco” perpetrados durante el primer gobierno del Presidente Alan García es, qué duda cabe, uno de los procesos judiciales emblemáticos de las graves violaciones a los derechos producidas en el Perú de los años ochenta. Por ello el hecho de haber logrado no solo judicializarlo y tener como principal acusado a Agustín Mantilla, quien se desempeñó como Ministro y Vice Ministro del Interior durante los cinco años de gobierno era un logro de la acción de la justicia que estaba en un franco avance hacia una condena contra los responsables de los crímenes. De hecho el juicio oral hacia octubre de este año tenía ya año y medio de desarrollo y el avance en cuanto a la determinación de las responsabilidades criminales de los imputados que se había conseguido era más que significativo.

Por ello, la noticia que dio cuenta que el juicio oral se había quebrado como consecuencia de la no asistencia a una sesión de audiencia de la magistrada María Vidal La Rosa -directora de debates de dicho proceso- como consecuencia de una enfermedad es un hecho particularmente grave y hasta peligroso para la acción de la justicia. El llamado quiebre de un juicio oral tiene como consecuencia la automática anulación de todo lo actuado y dicho hasta ese momento y por mandato legal el juicio debe ser realizado nuevamente desde el inicio. Eso es lo que tiene que ocurrir con el caso de los crímenes del Comando Paramilitar Rodrigo Franco. Sin duda se trata de un golpe muy severo a la acción de la justicia.

Las razones de la inasistencia de la mencionada magistrada no han quedado del todo claras y esa es, seguramente, la razón por la cual la propia presidenta de la Sala Penal Nacional ha decidido remitir un Informe para hacer de conocimiento estos hechos del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, instancia que ha remitido la información al Órgano de Control de la Magistratura para los fines pertinentes.

Las derrotas de Fujimori

El condenado Alberto Fujimori inauguró el año 2014 con nuevo abogado y con nueva estrategia de defensa. La pieza clave de esa nueva estrategia era, sin duda, la acción de revisión que según el nuevo representante legal demostraría la supuesta arbitrariedad de la condena impuesta en abril de 2009 contra el ex presidente de la república en el caso de violaciones a los derechos humanos. Junto a ello apareció la disparatada demanda de arresto domiciliario que reclamaba la defensa.

El hecho es que después de una corta pero intensa discusión en el tribunal de la Corte Suprema de Justicia sobre idoneidad del magistrado Javier Villa Stein para integrar el tribunal encargado de resolver la demanda de revisión durante el mes de noviembre ambas acciones legales encontraron el único desenlace que debían tener: la declaración de improcedencia. En ambos casos porque los argumentos no encontraban amparo en la normatividad procesal y penitenciaria vigentes. En concreto, porque las acciones eran abiertamente ilegales.

La pauta de la estrategia que la defensa de Fujimori ha desarrollado es eminentemente política. Y en ese sentido utiliza la acción legal y el propio sistema de justicia como un mero instrumento para alcanzar objetivos políticos personales de Alberto Fujimori. El ex presidente necesita mecanismos para mantener una presencia mediática y para mostrarse como una víctima de la supuesta acción abusiva del sistema de justicia. Para ello se ha conseguido un abogado que no tiene temor al ridículo y que está dispuesto a presentar las más descabelladas demandas al sistema de justicia. Lo más probable que este tipo de estrategia persista.

Bajo este panorama el año 2015 se muestra como un año en el que sin duda el proceso de justicia jugará un papel fundamental. El solo hecho de que será el año en que se dicten sentencias en los casos de la matanza de Accomarca y los desaparecidos en el Cuartel Los Cabitos en 1983 nos da cuenta de la envergadura de los casos que se resolverán. Pero adicionalmente, el próximo año se debe iniciar el juicio oral en los casos de la matanza de El Frontón (1986) y Cayara (1988), así como se debe reiniciar el juzgamiento del caso de los crímenes del comando paramilitar “Rodrigo Franco”. Todo en un año pre electoral. El asunto será complejo. Ojalá que el sistema de justicia y sobre todo el nuevo presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona, quien varios días después de su elección no ha dicho una sola palabra sobre este tipo de asuntos, responda satisfactoriamente a los intereses de la víctimas y de la justicia.

Publicado en Ideele, el 11 de enero de 2015

Categories
Trial Reports

“¿Hasta cuándo?” “Hasta nunca, hasta conseguir la verdad”: El Juicio por el Caso Comando Rodrigo Franco

Un informe de Rights Peru

En la noche del 13 de febrero de 1989, el dirigente minero Saúl Cantoral Huamaní y la activista social Consuelo García Santa Cruz fueron secuestrados en San Juan de Lurigancho, en las afueras de Lima. Sus cuerpos fueron encontrados con varios impactos de bala. El cráneo de Consuelo García había sido destruido. La ejecución extrajudicial de Cantoral y García fue uno de varios crímenes que se atribuía al grupo paramilitar Comando Rodrigo Franco, que actuó durante los últimos años del primer gobierno de Alan García (1985-1990).

.

Ahora, años después de los hechos, varias personas están siendo procesadas por la muerte de Cantoral y García, así como por el asesinato de varias otros, todas víctimas del autodenominado Comando Rodrigo Franco. El juicio oral por este caso comenzó en mayo del 2013, y avanza lentamente, como es, lamentablemente, lo común en estos casos.

Es un juicio complicado para Alan García y el Partido Aprista, no sólo porque los crímenes sucedieron durante el primer gobierno de García, sino porque entre los implicados están un ex ministro de Estado, Agustín Mantilla, así como varios integrantes del APRA.

Los casos

La causa Comando Rodrigo Franco comprende varios casos de ejecución extrajudicial, todos supuestamente cometidas por el Comando.

Manuel Federico Febres Flores. Manuel Febres, abogado e integrante de la Asociación de Abogados Democráticos, asumió la defensa de Osman Morote Barrionuevo, el segundo más importante dirigente de Sendero Luminoso y quien había sido capturado en 1987. El día 28 de julio de 1988, a las 9 de la mañana, Febres se dirigía a su casa cuando fue interceptado por un grupo de hombres quienes lo introdujeron a un vehículo, y luego fue encontrado muerto por la playa La Herradura. Un volante atribuyó el acto al “Comando Rodrigo Franco”—el primer asesinato auto-atribuido por el temido grupo paramilitar.

Luis Miguel Pasache Vidal y Sócrates Javier Porta Solano. Luis Miguel Pasache Vidal y Porta Solano, integrantes del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), fueron encargados de negociar la liberación del Mayor General FAP Héctor Jeri García, quien había sido secuestro por dicha agrupación. El 12 de agosto de 1988, estuvieron en el distrito de Pueblo Libre negociando con los familiares del militar, cuando fueron secuestrados por hombres desconocidos y llevados al distrito de San Bartolo, donde fueron sometidos a interrogatorios y torturas con la finalidad de conseguir información del secuestro. Al no obtener resultados, procedieron a ejecutar a Porta Solano con arma de fuego y a ahogar a Pasache Vidal. Sus cuerpos fueron encontrados en el Puente de la Playa León Dormido y en la Playa Puerto Viejo, respectivamente.

Saúl Cantoral Huamani y Consuelo García Santa Cruz. Saúl Cantoral era secretario general de la Federación de Mineros y Metalúrgicos del Perú, y Consuelo Trinidad Garcia Santa Cruz fue dirigente fundadora del ¨Centro de Mujeres Filomena Tomaira Pacsi¨, que brindaba asistencia a las mujeres de trabajadores mineros. El 13 de febrero, entre 7:30 y 8:00 p.m., ambos fueron secuestrados por hombres desconocidos y llevados en un vehículo. Fueron amarrados y encapuchados, y fueron llevados al Parque Zonal Huiracocha en San Juan de Lurigancho, donde fueron ejecutados. El cuerpo de Cantoral fue encontrado boca abajo con varias heridas de bala y a su costado una cartulina con una hoz y martillo dibujado y escrito ¨Perro, soplón, vendido, viva la huelga minera, viva el PCP.¨ A pocos metros de distancia se encontró el cuerpo de una mujer con el cráneo destrozado, luego identificada como Santa Cruz. En el 2007, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictaminó sentencia en este caso, determinando que los responsables era el grupo paramilitar Comando Rodrigo Franco, y ordenó al Estado peruano investigar los hechos, procesar y castigar a los responsables.

Los acusados

Agustín Mantilla está acusado como el autor mediato de los tres crímenes. Adicionalmente, ocho personas (más una que falleció) están acusadas de ser integrantes del Comando Rodrigo Franco, y pesan sobre ellas diferentes acusaciones por los tres casos.

En el caso Manuel Febres, están acusado como presuntos autores inmediatos las siguientes personas: Jesús Miguel Ríos Sáenz (“Chito Ríos”), Jorge Mauro Huamán Alacute, Enrique Melgar Moscoso, Carlos Rogelio Farfán Yacila, Oscar Exequiel Urbina Sandoval, Gino Fiori González, y contra Juan Pampa Quilla como presuntocómplice primario.

En el caso Pasache Vidal y Porta Solano, están acusados como presuntos autores inmediatos Ríos Saenz y Walter Elías Lauri Morales.

Ríos Saenz y Huaman Alacute están acusados como presuntos autores inmediatos en el caso de Cantoral y García.

El juicio en curso

Desde hace más de un año, este caso está en la fase oral de interrogatorio. El fiscal del caso, César Landa Burgos, ha interrogado a varios de los acusados. Acaba de terminar el interrogatorio a Jesús Miguel Ríos Sáenz (alias “Chito Ríos¨), después de casi dos meses. Chito Ríos es el presunto líder del grupo paramilitar, y se cree que gozó de la protección del Ministro de Interior de entonces, Agustín Mantilla. Ríos negó su responsabilidad en los crímenes. Declaró que él solo trabajaba para el DIGEMIN como informante sobre personas involucradas con movimientos subversivos.

Durante su interrogatorio, el abogado de Chito Ríos protestó sobre la gran cantidad de preguntas y el tiempo que se estaba demorando. Aludiendo al famoso discurso de Cicerón Catilinarias, dijo: ¨¿Hasta Cuándo?¨ El fiscal Landa respondió, sin parpadear: ¨Hasta cuando, hasta nunca, hasta conseguir la verdad.¨

Los próximos pasos

Próximamente estará en el banquillo de los acusados Agustín Mantilla, lo cual está seguro de captar la atención de los medios de comunicación.

El ex presidente Alan García no está acusado en el actual caso. Sin embargo, como sucedió con el caso Accomarca hasta hace poco, sí está en la lista de testigos para declarar su versión de los hechos.

No cabe duda que durante su gobierno se trató de proteger a ciertas personas vinculadas a este destacamento militar. Como dijo Gloria Cano, abogada y directora ejecutiva de la Asociación Pro-Derechos Humanos (APRODEH), que representa a los familiares de Cantoral y García, “Es necesario dilucidar si este manto de impunidad provino desde el propio Ejecutivo o fue una acción directa del entonces ministro del Interior, Agustín Mantilla”.

*Rights Peru (www.rightsperu.net) es un proyecto de investigación de George Mason University dedicado a monitorear los procesos de justicia por crímenes de lesa humanidad, cometidos durante el conflicto armado interno en el Perú.

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

TC: acciones del Comando Rodrigo Franco podrían considerarse delitos de lesa humanidad

  • Fallo declara improcedente hábeas corpus de Agustín Mantilla

El Tribunal Constitucional ha desestimado la demanda hábeas corpus presentada por la defensa del exministro Agustín Mantilla, en relación con el proceso penal que se sigue en su contra por los delitos de homicidio calificado y secuestro. El fallo considera que existen indicios suficientes para que el proceso de investigación continúe.

.

© La Prensa
© La Prensa
© La PrensaLa decisión del TC se ha tomado después de producirse un empate entre sus seis magistrados. Los magistrados Juan Vergara Gotelli, Carlos Mesía Ramírez y Fernando Calle Hayén declararon fundado un extremo de la demanda de hábeas corpus, mientras que Ernesto Álvarez Miranda, Gerardo Eto Cruz y Óscar Urviola Hani decidieron declararla improcedente. Al final, el voto decisorio de Urviola, en su calidad de Presidente, decidió el sentido del fallo.

Este considera que el auto de apertura de instrucción, expedido por el Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial el 28 de mayo de 2008, y contra el que la defensa de Mantilla había interpuesto la demanda, se encuentra mínima y suficientemente motivado. Cabe recordar que los hechos materia de investigación son el homicidio calificado y secuestro de Manuel Federico Febres Flores, Luis Miguel Pasache Vidal, Sócrates Javier Porta Solano, Saúl Isaac Cantoral Huamaní y Consuelo Trinidad García Santa Cruz. Los hechos ocurrieron entre los años 1988 y 1989.

La defensa de Mantilla cuestionaba dicho auto al valorar que los hechos imputados no podían ser considerados como crímenes de lesa humanidad —en base a las exigencias mencionadas en la sentencia Exp. N° 0024-2010-PI/TC— y, por tanto, se habría afectado al derecho a la motivación de las resoluciones judiciales. Además, argumentaba que no existían indicios suficientes de la existencia de la organización criminal paramilitar denominada Comando Rodrigo Franco.

El fallo del Tribunal, sin embargo, no lo ha considerado así. En ese sentido, hace referencia a los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con respecto al caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz vs. Perú. En ese caso, se califica a los hechos como ocurridos en “en el marco de un patrón de violaciones sistemáticas de los derechos humanos”. Por otro lado, destaca la obligación internacional del Estado peruano de investigar que se deriva de esa misma sentencia (producida el 10 de julio de 2007).

Asimismo, el Tribunal menciona para desestimar el hábeas corpus las declaraciones de diferentes testigos y el informe de la Comisión Herrera del Congreso de la República, entre otros. Dichos medios probatorios fueron considerados por el juez penal que abrió instrucción como “suficientes indicios de la existencia del ‘Comando Rodrigo Franco’ (CRF) y de la autoría material en las actividades de eliminación física de supuestos elementos subversivos” y también de “indicios suficientes de la existencia de una fuerte estructura jerárquica a disposición del denunciado Máximo Agustín Mantilla Campos”.

Por estos motivos, y por el hecho de que han pasado 23 años desde la comisión de los presuntos hechos delictivos, el Tribunal considera que “anular el auto supondría condenar a los familiares de las víctimas a una nueva dilación en la investigación y sanción de los responsables, a nuestro criterio injustificado”. De hacerlo se afectaría, concluye, la obligación internacional del Estado peruano de cumplir la sentencia de la Corte IDH recaída en el caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz.

Álvarez Miranda: conclusiones de la CVR no son irrefutables

El núcleo de magistrados que decidió la improcedencia del hábeas corpus de Mantilla no votó de manera homogénea. El magistrado Ernesto Álvarez Miranda votó en el mismo sentido, pero utilizando otro razonamiento. El pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos le parece que puede “ser suficiente para justificar el auto de apertura de instrucción”, sin embargo valora que “una eventual sentencia condenatoria no puede basarse únicamente en tal pronunciamiento supranacional”.

No sólo eso. Sobre los indicios, argumenta que “ni las conclusiones, ni los testimonios recogidos por la Comisión de la Verdad y Reconciliación pueden ser considerados como verdades irrefutables, debido al sesgo ideológico de muchos de sus comisionados (cercanos a la izquierda peruana y abiertamente antimilitaristas)”.

Agrega que “por ello, si se van a tomar datos de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, la autoridad judicial se encuentra en la ineludible obligación de contrastarlos”.

Votos en contra

Vergara Gotelli, Mesía Ramírez y Calle Hayen, por su parte, votaron de manera singular señalando que “observamos que en el caso no se ha fundamentado expresamente cómo los delitos imputados al recurrente y a los favorecidos han sido parte de un ataque generalizado o sistemático contra las víctimas en el proceso penal y si tales actos se han Cometido en un contexto generalizado”.

Concluyen, a su vez, diciendo que “no existe motivación respecto de si los delitos obedecen a un patrón sistemático y sí fueron perpetrados como parte de un plan preconcebido y metódico o como parte de una política común auspiciada o permitida por el Estado, sus instituciones o funcionarios”.

Dato Legal: Código de Procedimientos Penales

Artículo 77.- Calificación de la denuncia – Requisitos para el inicio de la instrucción.

Recibida la denuncia y sus recaudos, el juez especializado en lo penal solo abrirá instrucción si considera que de tales instrumentos aparecen indicios suficientes o elementos de juicio reveladores de la existencia de un delito, que se ha individualizado a su presunto autor o partícipe, que la acción penal no ha prescrito o no concurra otra causa de extinción de la acción penal. El auto será motivado y contendrá en forma precisa los hechos denunciados, los elementos de prueba en que se funda la imputación, la calificación de modo específico del delito o los delitos que se atribuyen al denunciado, la motivación de las medidas cautelares de carácter personal o real, la orden al procesado de concurrir a prestar su instructiva y las diligencias que deben practicarse en la instrucción.

Publicado originalmente en La Ley, el 7 de enero de 2014

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Fiscal solicita 25 años de cárcel para Mantilla y el ‘Comando Rodrigo Franco’

Por Gabriel Mazzei

Existen pruebas suficientes para acreditar la existencia del ‘Comando Paramilitar Rodrigo Franco’ y su accionar en cinco ejecuciones extrajudiciales, bajo la permisividad de miembros del Partido Aprista Peruano cuando Alan García era presidente del país (1985-1990), sostuvo ayer el fiscal superior Luis Landa Burgos.

.

Publicado en La República del 22 de agosto de 2013
Publicado en La República del 22 de agosto de 2013
Landa hizo esta afirmación al sustentar ante el Colegiado “A” de la Sala Penal Nacional, presidida por la jueza Inés Villa Bonilla, la acusación penal contra el ex ministro del Interior Agustín Mantilla y otros seis militantes del Partido Aprista.

Para todos ellos el fiscal pidió una pena de 25 años de prisión y el pago de 20 mil soles por reparación civil.

El fiscal subrayó que Mantilla sería el autor mediato del secuestro y homicidio de los dirigentes mineros Saúl Cantoral y Consuelo García, en 1989.

También se les atribuye las muertes del abogado Manuel Febres Flores y de los estudiantes Sócrates Porta Solano y Miguel Pasache Vidal.

Junto a Mantilla, el representante del Ministerio Público pidió cárcel para Jesús Ríos Sáenz, Jorge Huamán Alacute, Enrique Melgar Moscoso, Carlos Farfán Yacila, Óscar Ezequiel Urbina Sandoval y Gino Fiori Gonzales, y el agente de Inteligencia Juan Pampa Quilla.

Razones

“Hubo un gran interés en el APRA por controlar a la Policía por medio del Ministerio del Interior para incursionar en actividades de escuadrones de la muerte. Allí aparecían comandos paramilitares utilizados contra presuntos subversivos y la aparición del ‘Comando Rodrigo Franco'”, dijo Landa.

El fiscal agregó que el asesinato del abogado Manuel Febres, en 1988, quien trabajaba en la defensa legal de miembros senderistas, marcó el inicio de las acciones del grupo paramilitar ‘Rodrigo Franco’.

“Incluso, ellos se atribuyeron dicho secuestro y asesinato dejando un volante donde reivindicaban dicho asesinato”, expresó Landa, quien leyó páginas de la Comisión de la Verdad sobre esta agrupación.

Apuntó también que en el gobierno aprista “las autoridades encargadas del control del orden interno mantuvieron una conducta irreprochablemente pasiva frente al desarrollo de estos hechos, no pudiendo esclarecer la autoría de los mismos, como señalan comisiones investigadoras del Congreso”.

Autor mediato

El exministro Agustín Mantilla es señalado como autor mediato de delitos calificados como crímenes de lesa humanidad.

“Estos hechos fueron ejecutados por un grupo, creado y dirigido por Agustín Mantilla, y que tenía como líder operativo a Ríos Sáenz, contra cinco personas”, enfatizó.

Añadió que presentará testigos y colaboradores eficaces que demostrarán la existencia de ‘Rodrigo Franco’.

Acusados niegan los cargos

El abogado de Agustín Mantilla, Jorge Abanto, remarcó que demostrará al tribunal que el ‘Comando Rodrigo Franco’ no existió, “en los términos que la Fiscalía argumenta”.

“El fiscal promete que acreditará las pruebas presentadas, que no son más que promesas imposibles ante esta Sala”, dijo.

“No negamos la lamentable desaparición de estas personas. Lo que negamos es que los procesados en este caso pertenecieron a ‘Rodrigo Franco’ y que dieron muerte a los agraviados”, indicó.

Publicado en La República del 22 de agosto de 2013

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Juicio a Comando Rodrigo Franco iniciaría el 27 de mayo

A continuación les dejamos dos notas de Diario 16 sobre el inicio del juicio a Agustín Mantilla, Franco Jesús Ríos (alias ‘Chito Ríos’), Jorge Huamán, Enrique Melgar y Carlos Farfán por el caso del Comando Paramilitar Rodrigo Franco

.

Inicia juicio contra Agustín Mantilla por crímenes del Comando ‘Rodrigo Franco’

El próximo 27 de mayo, la Sala Penal Nacional iniciará el juicio al exministro del Interior del primer gobierno aprista Agustín Mantilla y a los presuntos integrantes del ‘Comando Rodrigo’, acusados del secuestro y asesinato de los dirigentes mineros Saúl Cantoral y Consuelo García en 1989.

Además serán enjuiciados por la ejecución extrajudicial de los militantes del MRTA.

El fiscal superior Luis Landa ha pedido 25 años de prisión y el pago de una reparación civil de 200 mil soles por estos hechos.

La Fiscalía tiene como argumentos que estos crímenes fueron perpetrados con gran crueldad y constituyen delitos de lesa humanidad.

Publicado en Diario 16 el 6 de mayo de 2013

… … …

Juicio a Mantilla probaría existencia del Comando Rodrigo Franco

Por Luis García Rojas

Agustín MantillaAgustín MantillaLa defensa de los deudos de Saúl Cantoral y Consuelo García confía en que el juicio, que se iniciará este 27 de mayo, a los presuntos responsables de esos asesinatos, entre ellos el exministro del Interior del primer gobierno aprista, Agustín Mantilla, termine con una sentencia drástica que por fin pueda establecer justicia 24 años después de perpetrados estos crímenes.

Este caso reviste especial importancia, además, porque si eso sucede se terminaría por probar judicialmente la existencia del comando paramilitar que según diversas declaraciones y testigos operó de manera sistemática durante el primer gobierno de Alan García: el Comando Rodrigo Franco.

Además de Mantilla, también están procesados los presuntos miembros de ese comando: Franco Jesús Ríos (alias ‘Chito Ríos’), Jorge Huamán, Enrique Melgar y Carlos Farfán.

La Fiscalía ha pedido para ellos 25 años de prisión por la presunta comisión de los delitos de secuestro y homicidio por los casos Cantoral y García, y también por la ejecución extrajudicial de los estudiantes Luis Miguel Pasache Vidal y Javier Porta Solano, así como del abogado Manuel Febres Flores. Para la Fiscalía, se tratarían de crímenes de lesa humanidad.

La abogada de Aprodeh, Gloria Cano, dijo a diario16 que la acusación contra Mantilla es por la coautoría de esos delitos, no solo por presumirse que fue el creador de ese grupo paramilitar, sino por haberlo coordinado él mismo. Mantilla siempre negó la existencia de este comando.

DE LESA HUMANIDAD

En 1989, Saúl Cantoral era secretario general de la Federación de Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú. Consuelo García era fundadora de una organización social que ayudaba a las mujeres de los mineros.

El 13 de febrero de ese año, ambos se encontraron en el local de esa federación, en el Centro de Lima, y se dirigieron a la casa de una amiga de ella en Breña. Ambos salieron a las 8:10 pm, y fue la última vez que se les vio con vida.

Tres horas después, una patrulla policial encontró sus cuerpos en un parque de San Juan de Lurigancho. Cantoral había recibido cinco balazos, en el corazón, pulmón derecho, mandíbula, nuca y en la espalda. García presentaba “estallamiento de cráneo”. Luego, se supo que recibió dos balazos en la cabeza.

Cantoral había recibido amenazas de muerte del Comando Rodrigo Franco varias veces, y él mismo había denunciado haber sido secuestrado dos veces por miembros de este comando.

24 AÑOS DE ESPERA

El caso Cantoral y García nunca alcanzó justicia y solo se reabrió debido a que fue uno de los 47 casos emblemáticos presentados al Ministerio Público por la Comisión de la Verdad y Reconciliación, junto con su informe final, en 2003.

Ante la ausencia de procesos judiciales, estos dos asesinatos, ocurridos el 13 de febrero de 1989, fueron llevados a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), instancia que en 2007 emitió una sentencia obligando al Estado a “investigar inmediatamente los hechos que generaron las violaciones del caso, e identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables”.

Es por eso que ahora, 24 años después de ocurridas las muertes, 10 años después de entregado el informe de la CVR y seis años después del fallo de la Corte-IDH, se dará inicio por fin al juicio oral.

ADEMÁS

El fiscal superior Luis Landa pidió 25 años de prisión y el pago de una reparación civil de S/. 200 mil. La Fiscalía señala que estos crímenes fueron realizados con gran crueldad y constituirían delitos de lesa humanidad. La titular de la Sala Penal Nacional, Inés Villa Bonilla, presidirá el tribunal.

Publicado en Diario 16 el 7 de mayo de 2013