Por Jo-Marie Burt
Hace mes y medio, el movimiento de derechos humanos celebró un importante triunfo. Frente al Decreto Ley 1097 impuesto por el gobierno de Alan García, que no fue otra cosa que una ley de amnistía encubierta para consagrar—nuevamente—la impunidad en el Perú, la sociedad civil, así como la comunidad internacional, se movilizó en rechazo de dicha medida. Su movilización y la razonada denuncia del Decreto Ley que levantó la sociedad civil captó la atención de Mario Vargas Llosa. En una carta al Presidente García, en la cual anunció su resignación como presidente de la Comisión Encargada del Lugar de la Memoria, hizo eco a esas denuncias: el Decreto Ley constituía “una triquiñuela jurídica”, decía, cuya propósito era abrir “la puerta falsa de las cárceles a quienes, en el marco de esa funesta rebelión de fanáticos, cometieron también delitos horrendos y contribuyeron a sembrar de odio, sangre y sufrimiento a la sociedad peruana”. Pocas horas después de la publicación de la carta del novelista, García revocó el Decreto Ley 1097.
El movimiento de derechos humanos aplaudió la revocación de la ley, y supuestamente la búsqueda de verdad y justicia seguía su curso. ¡Victoria! Pero, a mes y medio de haber derrotado este último intento de imponer el olvido, tenemos la sentencia por el caso Parcco- Pomatambo, una ejecución extrajudicial cometido en 1986 contra 12 autoridades y pobladores civiles, incluyendo ancianos y ninõs. La sentencia, emitida el lunes de la semana pasada, absuelve a cuatro de los imputados, incluyendo Carlos Bardales Angulo, quien, como explica Gloria Cano, ya sido exculpado por la misma Sala en dos otros procesos (1). La Sala mantuvo en reserva la sentencia contra dos otros imputados, que actualmente se encuentran fugitivos; uno, el teniente Dante Rematal Guerra, quien dirigió la patrulla que cometió la masacre y quien es sindicado como el principal responsable de la matanza, estaría en
Estados Unidos; otro estaría escondido en la sierra del Perú. Lo que llama la atención es que, más allá de la comunidad de derechos humanos, no ha recibido mayor comentario la sentencia. La invisibilidad de los juicios que comentamos en esta columna hace unos meses atrás sigue en pie.
Estuve en la sala el día de la lectura de sentencia. La sala estaba llena, muchas personas tuvimos que estar paradas durante las dos horas que duró la lectura de la sentencia (después de haber esperado más de una hora para que comenzara). Estaban presente familiares del caso, quienes han estado siguiendo el juicio desde cerca desde que inició hace más de un año atrás. Estaban presente también varias señoras de la asociación más antigua de familiares en el Perú, la Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos (ANFASEP), incluyendo Angélica Mendoza, mas conocida como la Mamá Angélica, quienes viajaron a Lima desde Ayacucho y estuvieron en la audiencia para mostrar su solidaridad con los familiares de Parcco-Pomatambo. Y había familiares de los militares procesados, junto con algunos militares que asistieron al juicio para demostrar su solidaridad con sus compañeros en armas. Finalmente habían también varios observadores interesados, cómo yo, en saber cual sería el resultado final de este juicio.
Al final de la lectura de la sentencia muchos quedaron sorprendidos por la absolución de los cuatro imputados a pesar de que la Sala dijo que quedó demostrado de que las fuerzas del orden habían cometido la masacre de Parcco-Pomatambo. “Claro,” escuché decir un hombre de unos 45 años, “nos quieren hacer creer que se mataron solos”. También varios comentaron con azoramiento que la Sala hiciera referencia a la masacre de Parcco-Pomatambo como “un exceso”. Efectivamente, la sentencia exhorta al Ministerio Público a ampliar su investigación para encontrar los nombres de todos los miembros de la patrulla que participó en la masacre de Parcco-Pomatambo para así encontrar y luego procesar a los autores materiales.
Hay un pequeño problema con eso. Se sabe desde hace mucho tiempo que las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Defensa rehúsan entregar información al Ministerio Público para poder identificar los efectivos militares responsables de graves violaciones a los derechos humanos durante la época de la violencia política. ¿Por qué no ir directamente al grano, y exhortar al Ejecutivo, o al Ministerio de Defensa, de entregar de inmediato tal información, para poder esclarecer la situación?
Hay un segundo problema: Al no considerar el contexto más amplio, en donde este tipo de operativo frecuentemente terminaba en masacres indiscriminadas contra la población civil, la mirada de los magistrados enfoca exclusivamente en los autores materiales. Desde los tiempos de Nuremberg el derecho internacional ha ido evolucionando para poder enfrentar crímenes complejos cómo este para responsabilizar no sólo a los autores materiales, quienes muchas veces no tienen poder de decisión alguna, sino también a los autores intelectuales. Si los jueces de la Sala Penal Especial dirigido por el magistrado César San Martin hubiesen tenido el mismo enfoque, entonces hoy en día Alberto Fujimori no estaría preso por su rol como autor mediato de los crímenes cometidos por el Grupo Colina. Asimismo, la Primera Sala Penal Especial presidida por la magistrada Inés Villa Bonilla no hubiera condenado el mes pasado ni a Vladimiro Montesinos ni a Nicolás Bari Hermoza por la masacre de Barrios Altos y las desapariciones de Santa y Pedro Yauri. A lo más hubieran condenado a Santiago Martin Rivas y Jesús Saavedra Sosa cómo autores materiales.
Al considerar la masacre de Parcco-Pomatambo como un mero exceso, los jueces pierden de vista el contexto mayor en el cual actuaba las fuerzas del orden en el marco de la estrategia antisubversiva. Vale la pena recordar lo dicho por la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) sobre el caso Parcco-Pomatambo, uno de los 48 casos que recomendó para ser judicializado:
“La Comisión de la Verdad y Reconciliación, concluye que las violaciones de los derechos humanos antes reseñadas, fueron llevadas a cabo a través de una aparato organizado de poder estructurado sobre la organización militar del puesto de comando de Cangallo. Vale decir que se implementó una estrategia antisubversiva al margen de la ley.”
Para que queda claro, la CVR afirma que la masacre de Parcco-Pomatambo no fue meramente un “exceso” causado por un soldado demente. Según la CVR, nuevamente:
“La Comisión de la Verdad y Reconciliación deplora profundamente que integrantes de las fuerzas del orden hayan violado flagrantemente los derechos de los ciudadanos de Pomatambo y Parcco Alto, desdeñando su función de proteger a la sociedad y el Estado. Además, lamenta corroborar que tales delitos y violaciones de los derechos humanos fueron realizados siguiendo un patrón de conducta diseñado para combatir, de forma ilegal e inconstitucional, la subversión”.
Y, para que no nos olvidemos que la impunidad no es ni puede ser nunca obra únicamente de las Fuerzas Armadas sino de otros poderes del Estado que encubren los delitos y buscan formas de consagrar la impunidad:
“La Comisión de la Verdad y Reconciliación también expresa su malestar por la errática actuación del Congreso de la República, la Justicia común y la militar, la cual permitió que los perpetradores de los crímenes quedaran en la impunidad” (2).
Vale la pena preguntarnos hoy qué está pasando con las resoluciones judiciales en casos de graves violaciones a los derechos humanos. Mirando solamente a la Sala Penal Nacional — entidad creada después de la emisión del Informe Final de la CVR para ver casos de violaciones a los derechos humanos— podemos identificar tendencias preocupantes. Desde que la Sala Penal Nacional va emitiendo sentencias en casos de violaciones de derechos humanos, en 2005, encontramos que de un total de 19 sentencias por casos de violaciones a los derechos humanos contra agentes del Estado, sólo en 7 casos hay por lo menos un agente del Estado condenado, mientras en 11 todos los imputados han sido absueltos. En términos de los procesados, de un total de 87 procesados, la Sala Penal Nacional ha encontrado a sólo 15 culpables y 66 han sido absueltos (6 son reos ausentes). Si estudiamos con mayor detenimiento las tendencias, encontramos que durante 2005 y 2007, la Sala Penal Nacional encontró culpable a 10 agentes del Estado, mientras durante 2008 y 2010, sólo han encontrado culpable a 5. A cambio, durante 2005 y 2007 la Sala absolvió a 24 agentes del Estado, mientras absolvió a 42 durante 2008 y 2010. La tendencia está clara: entre 2008 y 2010, la Sala ha absuelto ocho veces más personas que ha condenado. (3) Si incorporáramos las sentencias de otras salas (incluyendo las salas que condenaron a Fujimori y a miembros del Grupo Colina), la tendencia varía un poco, pero igual sigue siendo favorable a la absolución: De 2005 a 2010, se ha emitido 23 sentencias por casos de violación a los derechos humanos, en las cuales se ha condenado un total de 40 agentes del Estado, mientras 84 han sido absueltos. Entre 2008 a 2010, se ha condenado a 30 (25 de ellos del Grupo Colina y uno de ellos Fujimori) y absuelto a 60. Si bien la proporción cambia (se absuelven dos veces mas personas que se condenan), la tendencia sigue siendo muy favorable a la absolución de los agentes del Estado acusados de ser responsables de graves violaciones a los derechos humanos.
Claro está, un estudio de mayor profundidad es necesario para entender mejor las razones por las tendencias observadas. Podría ser, como aducen los jueces, que el Ministerio Público simplemente no ha demostrado la responsabilidad penal de los procesados en estos casos. Sería entonces un déficit de la capacidad de los fiscales, o la misma complejidad de casos cómo estos, que explicaría la tendencia a absolver. Si bien este último punto es cierto, tal vez un dato comparativo podría ayudarnos a ver que no tendría porque ser determinante. Si miramos la experiencia de un país vecino, Argentina, donde también se está procesando a agentes del Estado por su rol en graves violaciones a los derechos humanos, observamos una tendencia absolutamente distinta: desde que el proceso de judicialización volvió a comenzar en Argentina en 2005, luego de que la Corte Suprema declaró las leyes de amnistía inconstitucionales, han sido condenados 100 agentes del Estado; sólo 8 han sido absueltos.
En el Perú estamos frente a una encrucijada con respecto a la judicialización. Si bien el Decreto Ley 1097 fue derrotado, existe otros mecanismos que están logrando el mismo fin: la impunidad.
Notas:
(1) Gloria Cano, “Asesinando la verdad” (23 de noviembre) (^^^)
(2) Todas las citas provienen del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, Tomo VII, Capítulo 2, “Los casos investigados por la CVR,” (2.23), p. 254 (^^^)
(3) Datos provienen de una investigación en curso dirigida por la autora. Los datos provienen de diversas fuentes, incluyendo fallos judiciales, informantes calificados involucrados en los procesos judiciales, y prensa (^^^)
Publicado por primera vez en NoticiasSER.pe, 1 diciembre 2010