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Sala Penal Nacional considera que no hay tortura en caso de Gerson Falla. Condenó solo a un policía por el delito de lesiones graves

La sentencia emitida por la Sala Penal Nacional en el caso Gerson Falla puede terminar significando un nefasto precedente en la justicia nacional para los casos de tortura. Después de varios años de proceso judicial, el tribunal absolvió a cuatro de los cinco acusados y condenó a ocho años de pena privativa de la libertad a Diopoldo Aguilar Camacho por el delito de lesiones graves. Cabe señalar que la fiscalía había solicitado 15 años para los acusados.

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La sentencia emitida por la Sala Penal Nacional en el caso Gerson Falla puede terminar significando un nefasto precedente en la justicia nacional para los casos de tortura. Después de varios años de proceso judicial, el tribunal absolvió a cuatro de los cinco acusados y condenó a ocho años de pena privativa de la libertad a Diopoldo Aguilar Camacho por el delito de lesiones graves. Cabe señalar que la fiscalía había solicitado 15 años para los acusados.

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La sentencia desconoce la múltiple evidencia incorporada en el proceso judicial y determina que la muerte de Gerson Falla no fue consecuencia de los golpes y maltratos físicos sufridos en el interior de la comisaría de San Borja, sino más bien, establece que fue causa de una supuesta intoxicación por el consumo de cocaína y alcohol ingerido antes de su muerte. La Sala Penal Nacional sin explicación alguna, desconoce el certificado médico legal y considera, en cambio, un certificado emitido por la misma Policía Nacional que carece de rigor técnico y científico.

El dictamen señala también que no está demostrado que los maltratos físicos contra Gerson Falla fueron perpetrados con la finalidad de castigarlo por la resistencia que este había tomado desde el momento de la intervención.

El Instituto de Defensa Legal (IDL) considera que el tribunal se ha inclinado por otorgar validez a las versiones de los policías y no ha considerado las diversas pruebas ofrecidas por la fiscalía y la parte civil como el certificado médico legal que establece que la causa de la muerte de Gerson Falla son los múltiples golpes corroborados además con los informes emitidos por los médicos del hospital Arzobispo Loayza y Casimiro Ulloa.

De igual forma, el tribunal no valora las versiones de diversos testigos quienes han detallado las lesiones sufridas por Gerson Falla desde su intervención policial hasta su permanencia en la comisaría. Tampoco considera las versiones de los policías que refieren que los acusados Diopoldo Aguilar Camacho, Alfredo Huaman Álvarez golpearon a Gerson Falla en varias oportunidades, lo que se demuestra en los diversos videos que difundieron los medios de comunicación

Por otro lado, el tribunal no se pronuncia ni valora la versión del propio agraviado quien antes de morir expresa que los que le ocasionaron los golpes en su cuerpo fueron los efectivos policiales de la comisaría de San Borja.

Finalmente, sobre las absoluciones de los policías Julio Obeso Milla, Cristian Sánchez Méndez, Grover Rojas Quispe y Pablo Oyola Castillo, el tribunal establece que no existen pruebas que acrediten los delitos de complicidad en el delito de tortura, encubrimiento personal y omisión de denuncia, haciendo una escasa valoración del tipo penal y lo que es más grave señala que el Capitán Oyola Castillo (comisario encargado) cumplió con el protocolo policial, sin señalar que Gerson falla estuvo retenido cuatro horas en la comisaría con muestra de evidentes lesiones producto de las torturas que fueron propinadas por los policías y que estaban bajo sus responsabilidad y custodia.

Publicado por IDL, el 5 de febrero de 2015

Galería de Fotos de Miguel Gutiérrez (Chemi) – www.enclarooscuro.wordpress.com:

 © Miguel Gutiérrez (Chemi)  © Miguel Gutiérrez (Chemi)  © Miguel Gutiérrez (Chemi)  © Miguel Gutiérrez (Chemi)

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