- Sala Penal Nacional sentenció a 15 años de cárcel al Cnel. EP Manuel Delgado Contreras por el asesinato de cuatro comuneros de Chilliutira (Puno) en mayo de 1991. También le exigió pagar una reparación civil de S/. 100 mil para cada familia de las víctimas. Se trata de una histórica sentencia de derechos humanos en la que se ratifica la culpabilidad del acusado, luego que éste interpusiera la revisión de su primera sentencia.
A 15 años de prisión fue condenado el Cnel. EP Manuel Delgado Contreras por el asesinato de cuatro comuneros de Chilliutira (Orurillo, Melgar, Puno) y al pago de S/.100,000.00 de reparación civil a favor de cada familia de las cuatro víctimas. Esta sentencia fue emitida hoy martes 14 de julio por la Sala Penal Nacional (Lima).
En mayo de 1991, Juan Hualla Choquehuanca, Feliciano Turpo Valeriano, Roberto Quispe Mamani y Francisco Atamari Mamani fueron asesinados por los Sub-Tenientes EP José Hildebrando Loayza Gutiérrez y Manuel Giovani Delgado Contreras mientras eran trasladados de la Comunidad de Chilliutira –donde fueron detenidos por el presunto delito de terrorismo– hacia la Base Contrasubversiva de Ayaviri. Pocos metros antes de llegar al cuartel, Loayza y Delgado asesinaron a balazos a los cuatro detenidos.
El 23 de setiembre de 2011, ambos militares fueron condenados a 13 años de prisión por la Sala Penal Nacional por el delito de homicidio calificado. Esta condena fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia. Posteriormente, Delgado Contreras planteó un ‘recurso extraordinario de revisión’ en el que solicitó la nulidad de su condena debido a que contaba con nuevas pruebas. Este recurso fue admitido por la Corte Suprema en mayo del 2013 y lo declaró ‘fundado’ a fines del mismo año, ordenando el desarrollo de un nuevo juicio en el que se tomen en cuenta estas pruebas.
Este segundo juicio culminó el día de hoy 14 de julio, donde el Colegiado A de la Sala Penal –conformado por los jueces Edita Condori Fernández, Rómulo Carcausto Calla y Sonia Torre Muñoz– decidió condenar a Manuel Delgado Contreras por el delito de homicidio calificado con gran crueldad y alevosía. De esta manera, el Poder Judicial ratificó la culpabilidad de Delgado Contreras en el asesinato de los cuatro comuneros, señalando además que los agraviados no eran terroristas y que estos no intentaron fugar.
El Dr. Hernán Barrenechea, abogado de COMISEDH –institución a cargo de la defensa de los familiares de las víctimas– saludó la decisión de la Sala Penal, precisando que los jueces han valorado correctamente las pruebas y porque se ha alcanzado la justicia debida para las víctimas. “Se espera que esta sentencia sea ratificada por la Corte Suprema para así culminar con la impunidad en que se encontraba este caso”, indicó Barrenechea.
LOS HECHOS
El 21 de mayo de 1991, Juan Hualla Choquehuanca, Feliciano Turpo Valeriano, Roberto Quispe Mamani y Francisco Atamari Mamani son detenidos en la Comunidad de Chilliutira (distrito de Orurillo, provincia de Melgar, Puno) por la patrulla “Pulpo”, al mando del Sub-Teniente EP José Hildebrando Loayza Gutierrez. Mientras eran traslados a pie hacia la Base Contrasubversiva de Ayaviri, la patrulla “Orión”, a cargo del Sub-Teniente EP Manuel Giovani Delgado Contreras, parte de Ayaviri con un vehículo para dar alcance a Loayza Gutierrez. A pocos metros de llegar al cuartel militar, los jefes de ambas patrullas asesinaron a balazos a los cuatro detenidos.
Los acusados han aceptado que cometieron este homicidio contra los cuatro pobladores, pero bajo el argumento de que estos intentaron huir. Sin embargo, no se ha probado que los comuneros hayan intentado fugar. Además, estos se encontraban maniatados y con los ojos vendados.
Fuente: COMISEDH
Publicado por la Coordinadora Nacional de Derechos Humaos, el 15 de julio de 2015