Por Víctor Liza (La Mula)
Beneficio fue otorgado pese a que no es aplicable en estos casos, y que ninguno de los responsables ha informado del paradero del desaparecido estudiante.
Pese a que la libertad condicional no se aplica a condenados por desaparición forzada, el Poder Judicial otorgó este beneficio al comandante de la Policía Juan Carlos Mejía León, quien desde marzo del 2006 cumplía una condena de 16 años de cárcel por la desaparición y muerte del estudiante de la Ponticia Universidad Católica del Perú (PUCP), Ernesto Castillo Páez, cuyo paradero se desconoce desde el 21 de octubre de 1990.
El padre de Ernesto, Cronwell Castillo, dijo a Lamula.pe que la liberación de Mejía León se produjo “entre gallos y medianoche”, luego de que este último hiciera un tercer pedido para acceder a este beneficio.
“Nunca supe de esto porque no había un documento en ese sentido en el expediente, y este señor sale de pronto, sin decir dónde está mi hijo. No comprendo dónde está la cabeza de estos jueces”, agregó.
Castillo indicó que cuando se dieron los dos anteriores pedidos, tanto el Instituto de Defensa Legal (IDL) como la Defensoría del Pueblo intervinieron para evitarlo, aparándose en que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el caso establecía que el Estado peruano tiene la obligación de encontrar los restos de Ernesto.
Esto deja de ser posible con la liberación de Mejía León, junto a las de los otros condenados, los suboficiales de la Policía Juan Aragón Guivobich, Carlos De Paz Briones y Manuel Arotuma Valdivia, quienes ya gozan de este beneficio. Ninguno de ellos ha revelado dónde dejaron a Ernesto.
DETALLES DEL CASO
El 21 de octubre de 1990, Ernesto, que era estudiante de sociología de la PUCP, había acudido a Villa El Salvador a realizar sus prácticas de investigación. Poco después, la Policía llegó a este distrito para realizar un operativo, con el fin de contrarrestar una movilización supuestamente impulsada por Sendero Luminoso.
Ernesto caminaba por una calle lejana a la movilización, cuando fue intervenido por un patrullero, en el que estaban estos cuatro policías, quienes lo registraron, le quitaron los lentes y lo obligaron a meterse en la maletera. Partieron con dirección desconocida.
Esta versión fue corroborada por varios testigos que observaron la detención de Castillo Páez. Durante mucho tiempo los cuatro policías negaron el hecho; sin embargo, al final lo reconocieron. Fueron condenados el 20 de marzo del 2006. Aragón, De Paz y Arotuma fueron sentenciados a 15 años de prisión y Mejía León a 16.
Sin embargo, de a pocos fueron obtenido el beneficio de la semilibertad. Arotuma lo obtuvo en febrero del 2012; Aragón en julio de ese mismo año y De Paz en abril del 2013.
Con la liberación de Mejía León, ya no hay ninguna posibilidad que los cuatro responsables de la desaparición de Ernesto revelen dónde están sus restos. Con esto, el Estado incumple la sentencia de la CIDH, pero lo más grave es que sus familiares no podrán cerrar este ciclo doloroso.
Publicado originalmente en La Mula, el 17 de noviembre de 2015. Ver aquí