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Corte Interamericana declara incumplimiento de Perú frente a desaparición forzada de Kenneth Anzualdo

17 de setiembre de 2013

La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Perú ha incumplido casi en su totalidad con la sentencia emitida en su contra el 22 de septiembre de 2009 por la desaparición forzada del estudiante de 25 años Kenneth Anzualdo en 1993, así como por la violación de los derechos a la integridad personal, al acceso a la justicia y a las garantías judiciales de sus familiares. Mediante una Resolución dada a conocer el pasado 13 de septiembre, el Tribunal Interamericano evidenció las escasas acciones que el Estado peruano ha tomado para conocer la verdad, encontrar el cuerpo de la víctima y reparar de manera integral el daño causado a sus familiares.

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17 de setiembre de 2013

La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Perú ha incumplido casi en su totalidad con la sentencia emitida en su contra el 22 de septiembre de 2009 por la desaparición forzada del estudiante de 25 años Kenneth Anzualdo en 1993, así como por la violación de los derechos a la integridad personal, al acceso a la justicia y a las garantías judiciales de sus familiares. Mediante una Resolución dada a conocer el pasado 13 de septiembre, el Tribunal Interamericano evidenció las escasas acciones que el Estado peruano ha tomado para conocer la verdad, encontrar el cuerpo de la víctima y reparar de manera integral el daño causado a sus familiares.

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Kenneth AnzualdoTranscurridos casi cuatro años de emitida la Sentencia, la Corte constató que la única medida de reparación cumplida cabalmente por el Perú es el acto de disculpas públicas, que se realizó el pasado 23 de julio, ya vencido el plazo de seis meses que el Tribunal había decretado para su cumplimiento.

La Corte evidencia la falta de avances concretos en la investigación y sanción de los responsables, así como en la búsqueda y localización de Kenneth Anzualdo o de sus restos mortales. De igual modo, el Tribunal reitera la necesidad de que los familiares de Kenneth reciban las reparaciones económicas decretadas, y atención médica individualizada de acuerdo a sus necesidades. Finalmente, la Corte insiste en que se lleven a cabo medidas para honrar la memoria de Kenneth Anzualdo, como la publicación de la sentencia en un medio de circulación nacional y la colocación de una placa en el Museo de la Memoria.

Durante el proceso de supervisión de la Sentencia, la Corte requirió en varias ocasiones información del Estado peruano, a pesar de lo cual éste la remitió sólo en una ocasión. Por ello, la Corte ordena al Perú presentar un informe detallado antes del próximo 30 de octubre de 2013, recordando que “los Estados Parte de la Convención deben garantizar el cumplimiento de las disposiciones convencionales y sus efectos propios […] en el plano de sus respectivos derechos internos”, y que deben informar a la Corte sobre las medida adoptadas para el cumplimiento de lo ordenado en sus decisiones.

Para Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL, “esta Resolución evidencia que Perú necesita reforzar las acciones encaminadas a sancionar las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto interno”. Tanto CEJIL como APRODEH esperamos que en cumplimiento de la Resolución de la Corte, el Estado tome medidas urgentes para implementar todos los extremos de la sentencia, de acuerdo a sus obligaciones internacionales.

(Nota de prensa de CEJIL que junto con APRODEH llevó el caso ante la Corte Interamericana de DDHH)

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