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News Reports on Transitional Justice in Peru

Poder Judicial rechaza hábeas corpus de Alberto Fujimori que buscaba anular su condena

El Colegiado B de la Cuarta Sala Penal para Reos en Cárcel de Lima declaró improcedente el recurso que alegaba una vulneración al proceso por parte del entonces presidente del tribunal César San Martín.

El Comerciofoto El ComercioEl Poder Judicial rechazó en segunda instancia el hábeas corpus presentado por el ex presidente y reo Alberto Fujimori para anular su condena a 25 años de cárcel por delitos de lesa humanidad.

El Colegiado B de la Cuarta Sala Penal para Reos en Cárcel de Lima ratificó el fallo del 43 Juzgado Penal de Lima, que declaró improcedente en primera instancia el hábeas corpus presentado por Fujimori, en el que alegaba una presunta vulneración al principio de imparcialidad y el debido proceso por parte del entonces presidente del tribunal César San Martín.

El colegiado coincidió con el juzgado en que los argumentos de la defensa de Fujimori son intranscendentes y que no se ha desacreditado el principio acusatorio en la extradición del exmandatario.

Alberto Fujimori, padre de la actual candidata a la presidencia, Keiko Fujimori, se presentó el pasado 22 de enero en una audiencia pública ante el colegiado B de la Cuarta Sala Penal para Reos en Cárcel de la Corte Superior, a la que solicitó la anulación de la sentencia y un nuevo juicio.

En esa oportunidad, Fujimori afirmó que el juez César San Martín, quien presidió el tribunal que lo sentenció en 2009, violó el principio de imparcialidad al permitir “la influencia de un tercero” en su decisión, en referencia a las consultas que hizo a otros colegas por correo electrónico.

En septiembre pasado, la jueza María Niño Palomino, titular del 43 juzgado penal de Lima, declaró infundado, en primera instancia, el pedido de hábeas corpus.

Niño remarcó que ni Fujimori ni su abogado cuestionaron durante el desarrollo del juicio oral de 2009 ninguno de los puntos que ahora alegan en su recurso.

La magistrada también recordó que Fujimori fue condenado por los delitos de asesinato, lesiones graves y secuestro agravado, que están contemplados en el Código Penal y que son coincidentes con los que la Justicia chilena autorizó su extradición en 2007.

Fujimori fue condenado en 2009 a 25 años de cárcel por las matanzas de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992), donde murieron 25 personas a cargo del grupo militar encubierto Colina, y por el secuestro agravado de un periodista y un empresario en 1992.

En 2013, el presidente peruano, Ollanta Humala, rechazó otorgar a Fujimori el indulto humanitario pedido por sus hijos.

Publicado por: La Mula

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Tribunal Constitucional rechazó pedidos de excarcelación de Fujimori y ex-agente del grupo Colina

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Izq. . Der.: Wilmer Yarlequé, ex agente del grupo Colina.

TC rechazó pedido para excarcelar al ex presidente Alberto Fujimori

Por Gabriel Mazzei

El Tribunal Constitucional declaró improcedente recurso de hábeas corpus que buscaba anular la condena del ex presidente Alberto Fujimori de 25 años por delitos de lesa humanidad y ponerlo en libertad.

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Alberto Fujimori y última misiva enviada desde la DIROESAlberto Fujimori y última misiva enviada desde la DIROESLa demanda fue presentada por el militar en retiro Gregorio Parco Alarcón, quien aducía que Fujimori debía ser excarcelado por su edad, por las condiciones del centro penitenciario donde está recluido.

En su solicitud, afirma que Fujimori se encuentra preso en la Base Naval del Callao “por orden judicial”, pero ignora u omite que el ex mandatario cumple prisión en la Diroes, desde que fue extraditado para ser juzgado por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema.

Además, el abogado argumentaba que Fujimori, en su opinión, ya no representa un peligro para la sociedad.

El TC estableció que “mediante el hábeas corpus correctivo no se puede pretender que se disponga la libertad del condenado, esto es la excarcelación, como si la condena judicial hubiera sido cumplida o aquella no surtiese efecto”.

Además, advierte que al dictar sentencia el tribunal no establece en cuál de los centros de reclusión se cumplirá la sentencia, pues eso es una facultad del INPE.

Una carta más

Mientras tanto, Fujimori volvió a enviar una misiva a un medio de comunicación, en donde asegura que existen intereses que buscan que no se le otorgue el indulto humanitario.

“La evaluación se llevó a cabo el 22 de febrero. La comisión también visitó el Penal Barbadillo, donde permanezco en silencio y aislado cuatro días a la semana”, dijo en la carta titulada “Memorias desde mi encierro #6”. “Las dilaciones inexplicables me llevan a pensar que hay intereses que buscarían que la comisión se pronuncie desfavorablemente”, agrega Fujimori.

Publicado en La República el 10 de mayo de 2013

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Ex agente del grupo Colina Wilmer Yarlequé continuará en prisión

Wilmer Yarlequé, ex agente del grupo ColinaWilmer Yarlequé, ex agente del grupo ColinaEl Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda de amparo presentada por la defensa de Wilmer Yarlequé Ordinola, ex integrante del Grupo Colina, quien viene cumpliendo condena por los delitos de homicidio calificado, secuestro agravado y desaparición forzada.

El TC resolvió rechazar la demanda, porque los fundamentos que la sustentan no están referidos en forma concreta al contenido constitucional y por no ser atribución de ese organismo sustituir a la justicia ordinaria.

Además, este organismo rechazó las demandas de hábeas corpus presentadas por la defensa de Julio Salazar Monroe, ex jefe nominal del SIN, y de Juan Briones Dávila, ministro fujimorista.

Las resoluciones del TC no contaron con la firma del magistrado Ricardo Beaumont, a quien el Tribunal decidió vacar por haber presentado su carta de renuncia.

Publicado en La República el 10 de mayo de 2013

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CASO GOMEZ PALOMINO: Salazar Monroe solicita que lo excluyan de otro caso de violación de DDHH

Por Gabriel Mazzei

Una vez más, Julio Salazar Monroe, ex jefe nominal del Servicio Nacional de Inteligencia, pretende ser excluido por un caso relacionado con violación de derechos humanos: el asesinato del dirigente Santiago Fortunato Gómez Palomino, el 9 de julio de 1992.

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SalazarEl pasado miércoles, el Tribunal Constitucional dejó al voto su solicitud de hábeas corpus para no ser procesado por este caso. A la audiencia del TC, no se presentó Iván Torres La Torre, abogado de Salazar Monroe, ni la parte demandada.

Actualmente, el caso Gómez Palomino se encuentra en juicio oral en la Segunda Sala Penal Liquidadora, que procesa también a Vladimiro Montesinos, a Nicolás de Bari Hermoza Ríos y al grupo Colina.

Según la abogada de Aprodeh, Gloria Cano, “sería muy grave que el TC acoja el recurso de Salazar Monroe para ser excluido del juicio”. “La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que Salazar Monroe fue el jefe máximo del SIN, que autorizó la creación del Grupo Colina, que finalmente asesinó a Gómez Palomino”, señaló Cano.

Otros hábeas corpus

El 2011, el TC acogió la solicitud del ex jefe formal de SIN por exceder el plazo razonable para su juicio por los casos Barrios, Yauri y el Santa, casos pendientes de sentencia.

En febrero pasado, este mismo órgano rechazó un hábeas corpus del mismo personaje para ser excluido del proceso de la familia Ventocilla, otro caso de violación de derechos humanos.

Publicado en La Republica el 8 de abril de 2013