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Corte Interamericana reitera obligación de investigar crimen de sindicalista en Perú

  • Siguen sin esclarecerse los hechos relativos a la ejecución de Pedro Huilca Tecse

Washington, D.C., Lima Perú, 30 de septiembre de 2013 – La Corte Interamericana se pronunció sobre el cumplimiento de su sentencia en el caso relativo a la ejecución del líder sindicalista Pedro Huilca Tecse. A través de una resolución notificada a las partes el 25 de septiembre de 2013, la Corte determinó que a 8 años de emitida su sentencia en el caso, no se han esclarecido los hechos relativos a la ejecución por agentes del Estado del ex Secretario General de la Confederación General de Trabajadores del Perú, Pedro Huilca Tecse, ocurrida el 18 de diciembre de 1992.

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Pedro Huilca
Pedro Huilca
Pedro HuilcaA pesar de existir avances importantes en la implementación de lo ordenado, la Corte llamó la atención del Estado peruano por no haber presentado información completa y actualizada referente a los dos procesos que se encuentran pendientes en relación a la ejecución del señor Pedro Huilca, y que se refieren a la participación en estos hechos de miembros del Grupo Colina y del señor Alberto Fujimori Fujimori.

La Corte consideró cumplidas las demás medidas ordenadas en su sentencia de fondo, reparaciones y costas, de 3 de marzo de 2005 que se encontraban pendientes de cumplimiento. Entre ellas se encuentran: el establecimiento de un curso sobre derechos humanos y derecho laboral que se denomine “Cátedra Pedro Huilca”; recordar y exaltar en la celebración oficial del 1 de mayo de cada año la labor de Pedro Huilca a favor del movimiento sindical en Perú; erigir un busto en memoria del Pedro Huilca y brindar asistencia médica y psicológica a los familiares de la víctima.

Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), organización que actuó como representantes de la víctima y sus familiares en este caso, manifestó su satisfacción por el avance en el cumplimiento de las medidas simbólicas ordenadas por la Corte para reparar el daño causado en este caso. Sin embargo indicó que “la principal razón por la que los familiares de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos acuden a la Corte Interamericana es la búsqueda de justicia, por lo que la reparación a las víctimas no será integral en tanto no se procese y sancione a los responsables de estos graves hechos”.

Por su parte, Nataly Herrera, de la Comisión de Derechos Humanos, COMISEDH indicó que “la falta de justicia es incongruente con la actuación del Estado peruano durante el proceso internacional, en el cual se allanó a los alegatos de los demandantes” y en consecuencia, le solicitó adoptar las acciones necesarias para determinar la verdad de lo ocurrido al señor Huilca Tecse y sancionar a los responsables.

Enlaces importantes: Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas del caso Huilca Tecse v. Perú, 03 demarzo de 2005. Serie C No. 121.

Publicado en CEJIL el 30 de setiembre de 2013