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Solución política = impunidad

Por Jo-Marie Burt

Hace unos días se aprobó la delegación de facultades legislativas al Ejecutivo en tres temas relacionados con las fuerzas del orden: el código de justicia militar; el uso de la fuerza por militares y policías; y procedimientos y beneficios penitenciarios para militares y policías procesados por violaciones a los derechos humanos. En relación a este último, existe hace tiempo una satanización contra quienes promuevan una agenda basada en el esclarecimiento de la verdad sobre los crímenes cometidos por las fuerzas del orden durante el período de violencia en el Perú, así como la administración de la justicia para quienes serían los responsables de tales crímenes. Esta campaña ha adquirido una intensidad mayor durante el último mes, tal como describimos en nuestra columna anterior.

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Por Jo-Marie Burt

Hace unos días se aprobó la delegación de facultades legislativas al Ejecutivo en tres temas relacionados con las fuerzas del orden: el código de justicia militar; el uso de la fuerza por militares y policías; y procedimientos y beneficios penitenciarios para militares y policías procesados por violaciones a los derechos humanos. En relación a este último, existe hace tiempo una satanización contra quienes promuevan una agenda basada en el esclarecimiento de la verdad sobre los crímenes cometidos por las fuerzas del orden durante el período de violencia en el Perú, así como la administración de la justicia para quienes serían los responsables de tales crímenes. Esta campaña ha adquirido una intensidad mayor durante el último mes, tal como describimos en nuestra columna anterior.

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Pero la delegación de facultades legislativas lleva el asunto, del terreno del discurso al de la acción concreta. Existe una gran preocupación de que con esta delegación de facultades legislativas, estemos ad portas de una iniciativa del Ejecutivo de poner en práctica una solución “política” –que hace tiempo viene reclamando el Vice Presidente y ex marino Luis Giampetri—al tema de la judicialización.

Una posibilidad es que con estas facultades legislativas el gobierno busca apaciguar a los militares, otorgándoles beneficios carcelarios o tal vez implementando fórmulas que permitirían a militares y policías condenados, reducir sus penas y por tanto, los años efectivos de prisión que deben cumplir. No serían muchos los beneficiados, puesto que no son más de dos decenas de efectivos militares y policiales que purgan prisión hoy en día por una condena por violaciones a los derechos humanos, y que la mayoría de los que están siendo procesados no están en la cárcel sino tienen orden de comparecencia. (No existe números precisos, pero una investigación preliminar sugiere que un número muy alto de militares y policías procesados están actualmente fugitivos de la justicia, sin que ello cause mayor preocupación de parte del Estado y la sociedad.)

Pero tal vez la intención del Ejecutivo es más audaz. Tal vez su intención es aprobar una ley de amnistía, tal vez con otro nombre (dada la prohibición internacional de aministiar a crímenes de lesa humanidad, reconocido por el Tribunal Constitucional y por la misma Corte Suprema del Perú) para terminar de una vez con los procesos judiciales contra miembros de las fuerzas del orden. Hacia ello apunta el discurso mediático de voceros del oficialismo como el Ministro de Defensa, Rafael Rey Rey y el Vicepresidente Giampetri, que sistemáticamente acusan a las ONGs de estar detrás de una “persecución política” de las Fuerzas Armadas y reclaman el cese de las acciones judiciales contra quienes “salvaron” la patria de las garras de la subversión.

Tal vez desconocen el hecho de que en otros países vecinos como Chile, Argentina y Uruguay, también se está procesando a personal militar y policial que tuvieron responsabilidad en la violación de los derechos humanos —y en algunos casos también a civiles, como el ex presidente-dictador uruguayo Juan María Bordaberry, condenado a 30 años por haber realizado un golpe de estado y por su rol en nueve casos de desaparición forzada y dos de homicidio (1); o el cura Christian von Vernich, condenado por haber partipado activamente en actos de tortura durante la última dictadura militar en Argentina. (2)

Tal vez desconocen que en otros países de la región también se intentó proteger a los violadores de derechos humanos con leyes de amnistía, incluso a veces sin llamarles con este nombre para evitar la apariencia de algo indebido (como fue en caso del Parlamento uruguay que en 1986, ante la negativa de las Fuerzas Armadas de ese país de permitir a su personal responder ante los tribunales por las demandas judiciales en su contra, aprobó la llamada Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado que puso fin a todo juicio por violaciones de los derechos humanos) pero que eventualmente cayeron –parcial o totalmente— frente a la presión nacional e internacional y la cada vez mas firme idea, basada en tratados y jurisprudencia internacional, de que es necesario castigar los delitos de lesa humanidad. Deben saberlo, porque la ley de amnistía que ayudaron a crear en 1995 tenía el mismo fin, y fue declarado sin efecto legal por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Promulgar una ley de amnistía, con o sin este nombre, sería contraria a las obligaciones internacionales del Perú y a la jurisprudencia nacional ya sentada en la materia. Sería una violación al derecho de las víctimas y sus familiares de acceder a la justicia, y representaría un grave revés para la democracia peruana.

Notas:

(1) Bordaberry fue condenado a 30 años de prisión. “La Justicia condena a 30 años de prisión al ex dictador Bordaberry,” El Mundo, 10 de febrero de 2010 [1] (^^^)

(2) “Argentina condena a cadena perpetua a Christian Von Wernich, ‘el cura del diablo’,” El Mundo, 10 de octubre de 2007 [2] (^^^)

Enlaces:

[1] Enlace original / Enlace en nuestro sitio 

[2] Enlace original / Enlace en nuestro sitio  

Publicado por primera vez en NoticiasSER.pe, 7 julio 2010