NOTA DE PRENSA
DEPLORAMOS SENTENCIA QUE VUELVE A CONSAGRAR IMPUNIDADEN EL CASO ‘PARCCO-POMATAMBO’
Luego de la lectura de la sentencia del caso ‘Parcco-Pomatambo II’, pronunciada por el Colegiado de la Sala Penal Nacional (SPN) el día lunes 22 de abril de 2013, laComisión de Derechos Humanos (COMISEDH) señala lo siguiente:
1.La sentencia absolvió a Agustín Jorge Tuya López, mientras que a DanteRetamal Guerra se le reservó su juzgamiento por tener la condición jurídica de’reo asunte’.
2.Si bien el juicio a Dante Retamal se ha reservado hasta que sea capturado yextraditado de los Estados Unidos, respecto al de Agustín Tuya la SPN hasustentado su decisión únicamente en la declaración de un testigo quientambién participó de la incursión militar, sin valorar las pruebas testimoniales eindiciarias que acreditaban su responsabilidad penal.
3.En efecto, esta sentencia supone un grave retroceso en la lucha contra laimpunidad de los delitos de graves violaciones de los Derechos Humanoscometidas durante el Conflicto Armado Interno.
4.A nuestra opinión, con esta sentencia el Estado peruano, a través del Poder Judicial, está incumpliendo con su obligación de investigar, juzgar y sancionar las violaciones de los Derechos Humanos, tal como lo exige el artículo 1º de laConvención Americana sobre Derechos Humanos y la reiterada jurisprudenciade la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
5.Dado que las expectativas de justicia de los familiares de las víctimas se hanvisto truncadas por la SPN, se interpondrá ante la Corte Suprema el recurso denulidad correspondiente. Confiamos que la máxima instancia les otorgue a losfamiliares de las víctimas la justicia que por más de 25 años el Estado peruanoles ha venido denegando.
Lima, 23 de abril de 2013
Ver nota de prensa de COMISEDH aquí
COORDINADORA CONTRA LA IMPUNIDAD
Sentencia Absolutoria afrenta la memoria de las víctimas
Hoy lunes 22 de abril, la Sala Penal Nacional absolvió a Agustín Jorge Tuya López, coautor material del asesinato de doce personas de las localidades de Pomatambo y Parcco Alto, Ayacucho.
La sala integrada por Mirta Bendezú Gómez (Presidenta), Teófilo Armando Salvador Neyra (Director de Debates) y Enma Rosaura Benavides Vargas emitió la sentencia bajo la tesis absurda de “la duda favorece al reo”, pese a que el acusado admitió haber participado en los hechos.
El 22 de octubre de 1986 en horas de la noche, cuando dos patrullas del Ejército (“Bayer” y “Búfalo”), provenientes de la base militar de Vilcashuamán, incursionaron en la localidad de Pomatambo y detuvieron a Eusebio Najarro Alarcón, Teodoro Castillo García, José Fernández Bellido, Manuel Remón Zea, Timoteo Bautista Bellido, Jacinto Gutiérrez Gómez y Antonio Najarro Soto, autoridades locales que se encontraban reunidos preparando un campeonato deportivo.
Los detenidos fueron conducidos a la localidad de Parcco Alto, donde incursionaron, aproximadamente a las 6 de la mañana del 23 de octubre del mismo año. En el lugar, los militares asesinaron a los 7 detenidos de Pomatambo junto a Donato Ramírez Rivera, Hilda Buitrón Gutiérrez (ambos esposos de 86 años), Reynaldo Ramírez Buitrón, y a los menores Mario Ramírez Castillo (08) y Eugenia Ramírez Castillo (12). La patrulla “Bayer” estuvo al mando del Tte. EP Dante Retamal Guerra y el Jefe de asalto Agustín López Tuya, hoy absuelto de los cargos.
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