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Condena a Fujimori no puede ser revisada por el tema de la extradición

  • Aclaración jurídica. Jueces que sentenciaron a Fujimori denuncian que cualquier revisión del fallo por supuesta incongruencia con la extradición sería ilegal y prevaricadora.

Por César Romero C.

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Tribunal. Jueces César San Martín, Víctor Prado y Hugo Príncipe defienden su independencia en juicio y condena a Alberto Fujimori y rechazan su eventual revisión © La República
Tribunal. Jueces César San Martín, Víctor Prado y Hugo Príncipe defienden su independencia en juicio y condena a Alberto Fujimori y rechazan su eventual revisión © La República
Tribunal. Jueces César San Martín, Víctor Prado y Hugo
Príncipe defienden su independencia en juicio y condena a
Alberto Fujimori y rechazan su eventual revisión
© La República
Los jueces que integraron la Sala Penal Especial que juzgó y condenó a Alberto Fujimori por los casos Barrios Altos y La Cantuta emitieron ayer un comunicado para responder a los cuestionamientos y la desinformación generada por el fujimorismo sobre la sentencia al ex presidente.

En el pronunciamiento, César San Martín Castro, Víctor Prado Saldarriaga y Hugo Príncipe Trujillo hacen precisiones legales y jurídicas sobre la extradición, los delitos, la condena a Fujimori y sobre el eventual pedido de revisión de la sentencia de 25 años de prisión.

Los jueces reiteran la “plena independencia de las decisiones judiciales emitidas en su oportunidad por el órgano jurisdiccional que integramos, en ejercicio legítimo de las funciones constitucionales y legales que corresponden a la judicatura en un Estado Democrático”.

Sobre la extradición, precisan que solo el Estado requerido, es decir Chile, estaba en condiciones de cuestionar alguna incongruencia en la sentencia, entre los delitos por los que Fujimori fue extraditado y por los que recibió condena.

LESA HUMANIDAD

Según principios de la extradición, esa potestad de Chile venció cuando el 30 de diciembre del 2009 la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema ratificó la condena a Fujimori, que desde ese momento adquirió autoridad de cosa juzgada.

Los jueces subrayan que Fujimori fue condenado por los mismos delitos que aparecen en la sentencia de extradición que dictó la justicia chilena: homicidio calificado, lesiones graves y secuestro agravado.

Respecto a la calificación de lesa humanidad, explican que este fue un mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional, que están obligados a cumplir para garantizar el derecho a la verdad.

“Los sucesos de naturaleza penal que constituyeron los casos conocidos como ‘Barrios Altos y La Cantuta’ han sido considerados como crímenes de lesa humanidad por reiteradas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional del Perú”, subrayan.

Anotan que esa calificación “es patente y concluyente” en la resolución de dicha Corte Internacional, en supervisión de cumplimiento de sentencia, del 7 de septiembre de 2012″, cuando un tribunal presidido por Javier Villa Stein intentó rebajar las condenas al grupo Colina.

Prevaricato

Igual, los jueces recuerdan que este tema fue discutido y debatido en el juicio a Fujimori en “las audiencias número 140, 142 y 148, materia de la requisitoria oral y de los alegatos de la parte civil y la defensa, con lo que se respetó los principios acusatorio, contradicción y exhaustividad”.

En ese sentido, señalan que el tema de los delitos de la extradición no puede ser utilizado para una revisión de la condena, por lo que cualquier trámite con esa supuesta causal sería ilegal y supondría un prevaricato.

“Las sentencias firmes condenatorias sólo pueden ser revisadas por las causales previstas, (…), en el artículo 361° del Código de Procedimientos Penales que demuestren la absoluta e inequívoca inocencia del condenado. Fuera de tales causales, (…), no procede ninguna acción de revisión, por lo que su admisión y procedencia en cualquier supuesto distinto deviene en ilegal y configura delito de prevaricato”, enfatizaron los magistrados supremos.

Sobre villa Stein

Aunque no los mencionan en el comunicado, San Martín, Prado y Príncipe responden los cuestionamientos del juez supremo Javier Villa Stein y el abogado de Fujimori, William Castillo Dávila.

“Según las normas legales y éticas correspondientes es deber de los abogados defender a sus patrocinados con veracidad, lealtad y respeto, observando las formas y los modos autorizados por la ley”, anotaron.

Publicado en La República el 18 de febrero de 2014

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La última patraña fujimorista

Por Carlos RIvera Paz
13-02-2014

Alberto Fujimori está desesperado y por eso viene ejecutando una estrategia política y legal que tiene como único objetivo anular la sentencia condenatoria que, en abril de 2009, le impuso la Sala Penal Especial presidida por el magistrado César San Martín Castro, por la comisión de graves violaciones a los derechos humanos. El primer paso fue la denuncia contra los jueces de ese Tribunal ante el Consejo Nacional de la Magistratura, en la que alega que la sentencia había sido escrita por algunos profesores de la Universidad de Alicante. El segundo paso ha sido la denuncia ante la Sub Comisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, argumentando una supuesta infracción a la Constitución. Y el tercer paso es la anunciada presentación de un recurso de revisión contra sentencia condenatoria ante la Corte Suprema de Justicia.

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El hecho es que para materializar el tercer paso la ley procesal penal peruana exige una cosa muy importante: que exista una prueba nueva que no haya sido presentada, discutida y valorada en el juicio que ha terminado con la condena. Eso simplemente no existe y por ello la nueva y errática defensa del ex presidente Fujimori ha decidido poner en marcha una verdadera patraña judicial que le permita inventar un elemento con el cual alegue la existencia de una razón que justifique el pedido de revisión. ¿Cuál es ese elemento? El cuestionamiento a la calificación de los delitos como crímenes de lesa humanidad.

Si bien este asunto fue parte de los fundamentos de la apelación presentada en su momento por César Nakasaki contra la sentencia condenatoria, el hecho es que el abogado William Castillo Dávila ha decidido reactivarlo claramente como un instrumento político, bajo el argumento de que la Corte Suprema de Justicia de Chile no autorizó el juzgamiento de Alberto Fujimori por crímenes de lesa humanidad y, por lo tanto, la sentencia condenatoria impuesta en su contra en abril de 2009 es ilegal.

Para tal fin el abogado del condenado Fujimori, hace algunos días, viajó hasta Santiago para presentar una solicitud a la Corte Suprema de Chile en la cual le exigía ser informado si la Sala Penal de dicha Corte Suprema había autorizado en la sentencia de extradición, del 21 de setiembre de 2007, el juzgamiento de Alberto Fujimori por crímenes contra la humanidad. En realidad si alguien quiere saber el sentido de la sentencia de extradición bastaría revisar justamente el texto de la sentencia, pero la estrategia de Fujimori es hacer un show mediático que le permita mantener vigente en la opinión pública el interés por si caso y si se tiene un abogado dispuesto al ridículo mucho mejor.

El abogado de Fujimori sabía perfectamente lo que le iban a responder, ya que ninguna juez o instancia administrativa de la Corte Suprema chilena tiene atribuciones para interpretar o comentar una sentencia de extradición, cuyo caso, además, ya ha sido resuelto en la justicia peruana. Sabía que no le responderían nada y que a lo más le darían una copia de la sentencia, pero era indispensable generar la noticia de que está haciendo una consulta al tribunal que determinó la extradición. Y eso es lo que ha ocurrido.

Ahora el abogado Castillo Dávila ha anunciado que ha recibido una copia certificada de la sentencia de extradición, en la cual “no se autoriza en modo alguno” al Poder Judicial peruano juzgarlo “por delito contra la humanidad ni por delitos de lesa humanidad”. Entonces la copia de la sentencia de extradición, desde la estrategia fujimorista, se convertirá en el elemento que justifique la presentación del recurso de revisión.

Siendo este el estado de las cosas es necesario plantear algunos comentarios sobre semejante disparate legal que pretender sostener la defensa del ex presidente Fujimori.

En primer término es imprescindible tener presente que la Corte Suprema de Chile no necesitaba pronunciarse si los delitos imputados a Alberto Fujimori eran crímenes de acuerdo al derecho penal internacional, ya que en los procedimientos de extradición el tribunal que recibe la solicitud de extradición debe verificar tres elementos: a) la presentación por los mecanismos regulares de la solicitud; b) la existencia de prueba suficiente; y c) que los hechos sean tipificados como delitos en ambos países. Nada más. Sobre la base del cumplimiento de esos requisitos la Corte Suprema de Chile se pronunció declarando procedente la extradición de Fujimori en varios delitos contra los derechos humanos.

En segundo término, la calificación de los hechos delictivos imputados a una determinada persona como crímenes de lesa humanidad le corresponde al juez de instrucción o al tribunal de juzgamiento, porque son ellos los que en el curso del procesamiento o más directamente en el desarrollo del juicio oral podrán verificar las circunstancias de la comisión de los hechos delictivos. Para la calificación de este de un asesinato, lesiones, desaparición, tortura o violación sexual como crimen de lesa humanidad comprende un juicio de valoración de los hechos que, bajo ninguna circunstancia, puede ser desarrollado por el tribunal que resuelve la extradición.

En tercer término, el debate sobre la calificación de los casos de Barrios Altos y La Cantuta como crímenes de lesa humanidad fue incorporado al juicio contra el ex presidente Fujimori por la parte civil, basándonos en que justamente las circunstancias del crimen determinaban de manera certera que nos encontrábamos frente a este tipo de delitos internacionales. Este debate se reproduce en los alegatos finales de las partes.

En cuarto lugar, el tribunal penal especial en la capítulo correspondiente a los Fundamentos Jurídico Penales de la sentencia escribe un sub capítulo llamado “Delitos contra la humanidad: Barrios Altos y La Cantuta” en el cual desarrolla de manera extensa y debidamente fundamentada las razones que lo llevan a calificar tales crímenes como de lesa humanidad.

El parágrafo 711 de la sentencia señala textualmente que:

“Por ello es de atender, para su debida identificación, a los elementos contextuales o a las circunstancias que rodearon los ataques que causaron las muertes y las lesiones graves de veintinueve persona, y que en ese momento estaban legalmente previstas en nuestro derecho interno como delitos de homicidio calificado y lesiones graves, y que no se oponen a los dispuesto en el artículo 45º y 46º del Código Penal. La norma internacional consuetudinaria exige que los atentados se produzcan en el curso de un ataque generalizado o sistemático con la población civil o una parte de ello, así como otros elementos que en los párrafos siguientes se precisarán, todos los cuales están debidamente predeterminados –presentas límites suficientemente definidos- por la aludida norma internacional consuetudinaria. La concurrencia de estas circunstancias, a su vez justifica su perseguibilidad internacional, la improcedencia de la prescripción y la necesidad imperativa de su castigo. Podrá decirse entonces que se trata de delitos de asesinato y lesiones graves que por sus características constituyen internacionalmente, en el momento de su persecución, crímenes contra la humanidad.”

En quinto lugar, bajo esas consideraciones de derecho internacional penal es que Alberto Fujimori Fujimori, el 7 de abril de 2009, fue condenado como autor como autor mediato de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves como crímenes de lesa humanidad según el derecho internacional penal (parágrafo 823 in fine de la sentencia).

En sexto lugar, la defensa de Fujimori argumenta que la calificación de los delitos de homicidio y lesiones graves como crímenes de lesa humanidad constituye una violación al principio de legalidad. Quien afirma eso expresa una profunda ignorancia sobre el derecho penal internacional o simplemente el deseo de desconocerlo para fines estrictamente políticos. Tenemos la impresión que la defensa de Fujimori expresa ambas cosas.

La calificación de de los delitos de homicidio y lesiones graves como crímenes de lesa humanidad bajo ninguna circunstancia constituye una violación al principio de legalidad, ya que no significa la imputación de nuevos hechos delictivos no conocidos por el acusado y tampoco significa una “retipificación” jurídica de los mismos. Simplemente significa una calificación de los hechos de acuerdo al derecho penal internacional, la misma que resulta exigible porque la circunstancia de los acontecimientos determina que ya no solo se trata de eventos criminales cuyos agraviados son personas individuales, sino que, por la envergadura de la ofensa criminal, se debe considerar a la humanidad entera como agraviado.

Por lo tanto tal calificación es perfectamente y, por lo además, existe tanto en el Perú como en Argentina, Chile, Uruguay y en los Tribunales Penales Internacionales una amplia jurisprudencia que avala ese proceso de calificación de delitos comunes de acuerdo a la ley penal nacional como crímenes internacionales de acuerdo al derecho penal internacional.

Publicado en Justicia Viva el 13 de febrero de 2014

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Este miércoles Chile decidirá el pedido de Alberto Fujimori

Este miércoles, la Corte Suprema de Chile emitirá una respuesta al pedido que hiciera el abogado de Alberto Fujimori, William Castillo, para saber si el delito de lesa humanidad fue por el que se le extraditó para que sea juzgado en el Perú.

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© Diario 16
© Diario 16
© Diario 16William Castillo, aseguró que de prosperar su pedido, Alberto Fujimori podría quedar en libertad, debido a que esta es la única sentencia firme que enfrenta.

Para el exprocurador anticorrupción José Ugaz, el abogado de Fujimori actúa más para las tribunas que para la justicia, al plantear una serie de “discursos” ante los medios de comunicación.

“Hemos visto que William Castillo, desde el comienzo, ha planteado una serie de articulaciones y discursos que suenan muy fuerte en la televisión o en la prensa, pero tienen poco impacto en el sistema judicial propiamente dicho”, sostuvo en Ideeleradio.

Asimismo, está convencido que la Corte Suprema de Chile no emitirá una respuesta favorable para los intereses de Fujimori, ya que no interferirá en un proceso legal de otra nación.

“Dificulto mucho que la justicia chilena se vaya a pronunciar sobre un caso en el que ya entregó la competencia a la justicia peruana”, dijo.

Como se recordará, Alberto Fujimori fue sentenciado a 25 años de prisión por los casos Barrios Altos y La Cantuta.

Publicado en Diario 16, el 11 de febrero de 2014

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El Gobierno peruano, juzgado por ejecuciones extrajudiciales en 1997

  • El Tribunal fallará sobre la responsabilidad del Estado en la muerte de tres terroristas que participaron en la toma de la residencia del embajador de Japón en Lima

Por Jacqueline Fowks

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Representantes de las víctimas en la CIDH. / Jeffrey Arguedas (EFE)
Representantes de las víctimas en la CIDH. / Jeffrey Arguedas (EFE)
Representantes de las víctimas en la CIDH
Jeffrey Arguedas (EFE)
Un comando militar de élite rescató en abril de 1997 a 72 rehenes secuestrados en la residencia del embajador de Japón en Lima, que habían pasado más de tres meses cautivos a manos del grupo subversivo Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (MRTA) durante el Gobierno de Alberto Fujimori (1990-2000). Testigos y pruebas indican que cuando el rescate concluyó y los emerretistas se habían rendido, tres fueron asesinados extrajudicialmente. La justicia peruana no ha esclarecido el caso y por ello los familiares de los muertos acudieron a la instancia internacional. El gobierno de Ollanta Humala, un militar del Ejército en retiro, tiene un interés particular en este juicio, cuya fase oral se realizó este lunes y martes en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en San José de Costa Rica.

El lunes, el ministro de Justicia, Flavio Figallo, destacó que habían previsto una defensa de alto nivel para los comandos Chavín de Huántar, algunos son oficiales del Ejército activos y otros en retiro. Uno de ellos es el actual jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Leonel Cabrera, y antiguo superior de Ollanta Humala cuando servía en la base antisubversiva Madre Mía en los años noventa.

“Vamos a defender intensamente, y en todos los aspectos y ámbitos, a los comandos Chavín de Huántar, y que no se genere contaminación respecto a ese operativo”, aseguró Figallo.

En agosto pasado, además, los medios peruanos difundieron la grabación de un diálogo que sostuvo en mayo de 2012 el entonces presidente de Poder Judicial, César San Martín, con dos funcionarios del Poder Ejecutivo y una jueza que veía el caso. El entonces ministro de Justicia, Juan Jiménez; el exagente del Estado para la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Pedro Cateriano; la jueza Carmen Rojassi y San Martín dialogan sobre cómo “unificar criterios” en el caso de la ejecución extrajudicial de Eduardo Cruz Sánchez, uno de los miembros asesinados del MRTA.

Jiménez le sugiere a la jueza archivar el caso, y sostuvo que para el Gobierno, Vladimiro Montesinos y un alto jefe militar del Ejército, Nicolás Hermoza, son unos “desgraciados” que ya han sido condenados por otros delitos, y que ella tenía una gran responsabilidad al dictar sentencia para no manchar a los comandos Chavín de Huántar.

La sentencia de la jueza Rojassi –en 2012– absolvió entonces a Montesinos, Hermoza y Roberto Huamán Azcurra, hombre de confianza de Montesinos que entró al lugar del rescate de los rehenes cuando había terminado.

“Si en este caso reducimos cualquier contingencia que implica pelea con el Estado. Si podemos, en este caso, archivar…”, dijo a Rojassi en mayo de 2012 Jiménez, quien luego ha sido primer ministro, actualmente representa al Estado peruano en la OEA, y estuvo presente en la audiencia en Costa Rica este martes. El funcionario es uno de los pocos hombres de confianza del presidente Humala: pese a no haber sido parte del equipo peruano que trabajó sobre el diferendo de delimitación marítima con Chile en La Haya, fue enviado a Holanda el día que se conocería la sentencia y apareció en la mesa de la conferencia de prensa del equipo peruano en La Haya, realizada el jueves pasado en Lima. Por otro lado, el exagente ante la CIDH, Cateriano, es actualmente el ministro de Defensa, y se mantiene aun cuando ha atravesado varias crisis políticas en su sector.

Pese a que el gobierno de Humala ha orientado este caso a que parezca una ofensiva contra los comandos que lograron el rescate –también llamados ‘chavines–, el proceso en la CIDH no señala a esa agrupación ni a un grupo de personas, denominados ‘gallinazos’ por el exministro de Defensa, Aurelio Loret de Mola, quienes supuestamente ingresaron cuando los subversivos se habían rendido y dispararon al final del operativo ‘Nipon 96’. El actual ministro de justicia peruano calificó a esas personas como un “fantasmal equipo que se alude que existió” y señaló que “a partir de ciertos testimonios incriminatorios no se puede distinguir a los comandos (Chavín de Huántar) y a los que no lo eran”.

Francisco Quintana, portavoz de la ONG Cejil que defiende a la parte civil, explicó a EL PAÍS que “este caso se trata de la protección al derecho a la vida de cualquier persona en situación de uso de armas, dentro o fuera de conflicto armado. El Estado peruano tiene esa obligación por los instrumentos internacionales que ha ratificado”.

Quintana informó que luego de las dos sesiones de la fase oral del contencioso ‘Cruz Sánchez vs. Perú’, las partes tienen un mes para presentar añadir más elementos o aclarar su posición por escrito. “La sentencia puede conocerse en ocho meses o un año”, agregó vía telefónica el director del programa para Norteamérica y la región andina de Cejil.

Gloria Cano, abogada peruana de la parte civil, declaró a EL PAÍS que durante las audiencias en San José, “los peritajes presentados por el Estado reconocieron que las personas fuera de combate son sujetos de protección, y que a tres personas luego del operativo se les privó del derecho a la vida. Son puntos importantes que habíamos planteado en la defensa”.

“La estrategia del Estado peruano ha sido tratar de llevar el caso a si era o no legítimo que realizara un operativo de rescate, pero no solo nosotros, sino la Corte, le recordó que el caso es sobre las ejecuciones extrajudiciales y no se apartara del foco, algunos de los jueces le pidieron al Estado peruano que definiera por escrito su posición. No es un proceso para establecer responsabilidades individuales, sino lo que hizo el Estado después de la ejecución de las personas”, añade Cano.

El ministro de Justicia peruano cuestiona que el caso haya llegado a la Corte Interamericana cuando aún está viéndose en “sede nacional”, pero Francisco Quintana comentó que “ha habido un retraso injustificado de la justicia nacional, por eso puede acudir a la internacional. A meses de que se celebrara esta sesión en Costa Rica ha habido audiencias nacionales y tanto el tribunal superior de Lima como la Corte Suprema establecen que deben ser investigadas las muertes”, precisó.

El caso genera sensibilidad en el país pues conduce a posiciones extremas, entre quienes se muestran sin piedad contra quienes cometieron actos de terror y quienes creen que los subversivos merecen justicia si fueron asesinados una vez rendidos o presos. Las fuerzas políticas en Perú juegan aún con esa polarización, y el gobierno también.

Publicado en El País (Madrid), el 5 de Febrero de 2014

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CIDH acusa “situación de impunidad” en Caso Chavín de Huántar

  • Ante Corte de San José, su presidente señala se debió aplicar convenio de protección de combatientes a terroristas del MRTA

El presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), José de Jesús Orozco Henríquez, consideró que ha existido una “situación de impunidad” respecto al Caso Chavín de Huántar. El magistrado dijo que se había producido una “ausencia de investigación en cinco años en la justicia ordinaria” sobre la muerte de los terroristas del MRTA que tomaron la residencia del embajador de Japón.

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Hoy y mañana, la Corte de San José realizará audiencias por la operación Chavín de Huántar. (Foto: Inés Menacho/Archivo El Comercio)
Hoy y mañana, la Corte de San José realizará audiencias por la operación Chavín de Huántar. (Foto: Inés Menacho/Archivo El Comercio)
Hoy y mañana, la Corte de San José
realizará audiencias por la operación
Chavín de Huántar.
(Foto: Inés Menacho/Archivo El Comercio)
En la audiencia que realiza la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, Costa Rica, desde esta mañana, las Fuerzas Armadas tuvieron un “control absoluto de la escena del crimen y de los cuerpos” luego de la operación de rescate de rehenes en abril de 1997.

Orozco Enríquez invocó los acuerdos de protección de combatientes que han quedado fuera de combate, de los cuales “son titulares todas las personas”. El presidente de la CIDH dijo que este convenio “resguarda los principios de derechos humanos y de derechos humanitario”, los cuales “imponen límites al uso de la fuerza”.

En estos momentos, se interrogado el juez supremo peruano Hugo Sivina, quien fue uno de los rehenes de los terroristas emerretistas.

Publicado en El Comercio, el 3 de febrero de 2014

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WOLA sobre Perú: existe amplia evidencia que esterilizaciones forzadas fueron política de Estado

  • El caso de las esterilizaciones forzadas fue archivado anteriormente y solo frente a la presión internacional (una resolución de 2011 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos) el Ministerio Público lo reabrió.
  • Jo-Marie Burt, asesora principal de WOLA, consideró preocupante la decisión fiscal de archivar la acusación contra el ex mandatario y varios de sus ministros en el caso de las esterilizaciones.

Lima. Existe amplia evidencia de que las esterilizaciones forzadas fueron una política de Estado durante el gobierno de Alberto Fujimori (1990-2000) y no una decisión de un grupo de médicos, advirtió la Oficina en Washington sobre Asuntos Latinoamericanos (WOLA).

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Bandera del Perú
Bandera del Perú
Jo-Marie Burt, asesora principal de WOLA, consideró preocupante la decisión fiscal de archivar la acusación contra el ex mandatario y varios de sus ministros en el caso de las esterilizaciones aplicadas a unas 200.000 mujeres de los andes en los años 90.

“Pretender procesar solo a unos médicos por el crimen de negligencia es negar que hubo una política coordinada desde los más altos niveles del Estado”, dijo al referir que dicha práctica se usó para controlar la natalidad y como método de control social.

Según indicó, la apreciación fiscal resulta inexplicable ya que el caso constituye “sin duda alguna” una violación internacional de los derechos humanos que los estados se encuentran obligados a investigar y sancionar a los responsables.

Las responsabilidades, agregó, deben comprender no solo a los autores materiales sino también a los intelectuales, los que estuvieron tras su ejecución.

“Las exhaustivas investigaciones realizadas por comisiones del Congreso, Defensoría del Pueblo, y organizaciones no gubernamentales, dan cuenta de una amplitud de evidencias de que la esterilización forzada no fue una práctica aislada”, aseveró.

“Esperamos que el Ministerio Público acoja la demanda de reabrir el caso contra los responsables intelectuales de las esterilizaciones forzadas en el Perú para así poder cumplir con las obligaciones del Estado, y resarcir a las víctimas y sus familias que sufrieron esta grave violación”, añadió.

Tras recordar que colectivos de la sociedad civil adelantaron que llevarían el caso ante el sistema interamericano de no encontrar justicia en el Perú, Burt consideró que ello sería grave.

“Perú está encaminado a resolver este tipo de casos en los fueros internos, pero frente a una nueva ola de impunidad, se estarían viendo obligados a recurrirse al sistema interamericano”, comentó.

El caso de las esterilizaciones forzadas fue archivado anteriormente y solo frente a la presión internacional (una resolución de 2011 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos) el Ministerio Público lo reabrió.

Fuente: Agencia Peruana de Noticias

Publicado en América-Economía, el 2 de febrero de 2014

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Mujeres esterilizadas irán hasta la CIDH si el fiscal superior no reabre el caso

  • Víctimas de esa política de Estado aplicada durante el régimen de Alberto Fujimori esperan que las jueces sancionen a todos los responsables que estaban en lo más alto de la cadena de poder.

Por Consuelo Alonzo

“Ahora vas a poder tener cinco o seis maridos”, le dijo una enfermera con sorna a la piurana Laura Manchay (39), cuando apenas tenía 21 años y aún no sabía que la habían esterilizado.

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Reclamo. Víctimas de esterilizaciones forzadas, como Laura Manchay y Victoria Flores, insistirán para que no se archiven denuncias contra los que aplicaron esa nefasta política de salud © La Rapública
Reclamo. Víctimas de esterilizaciones forzadas, como Laura Manchay y Victoria Flores, insistirán para que no se archiven denuncias contra los que aplicaron esa nefasta política de salud © La Rapública
Reclamo. Víctimas de esterilizaciones forzadas, como
Laura Manchay y Victoria Flores, insistirán para que no se
archiven denuncias contra los que aplicaron esa nefasta
política de salud
© La República
Con dolor, recuerda que médicos y enfermeras la subieron a una camilla so pretexto de eliminarle los dolores de cabeza que la ampolla anticonceptiva le generaba, para luego aplicarle una “inyección” en la columna que la dejó “muerta de la cintura para abajo”.

Inmediatamente le hicieron firmar un documento que no entendió por ser analfabeta, y minutos después vió cómo le cortaron su barriga para “hacerle un lavado de la sangre”.

Por más que preguntó una y otra vez a los profesionales que la intervinieron en el Centro de Salud de Huancabamba nunca recibió respuesta.

Recién, seis meses después, se dio cuenta de que no podía ser madre otra vez, que la operación a la que la sometieron se trató de una ligadura de trompas, y por eso hoy desconfía tanto de los médicos que jamás ha regresado a una posta u hospital para aliviar sus dolores.

“Tengo miedo”, se justifica la mujer que ya bordea las cuatro décadas.

A su lado, la cusqueña Micaela Flores (56), recuerda que hace 18 años una enfermera llegó hasta la puerta de su casa en Anta, hasta en tres oportunidades, y le dijo que fuera a la posta porque unos médicos llegarían de Lima para atender a los niños.

Así, creyendo que hacía bien, acudió con su hijo pequeño y su esposo al puesto de salud de Zurite y la subieron a una ambulancia con todas las mujeres que pudieron meter.

Su destino final fue el centro de salud Pampa Izcuchaca. Allí, Micaela y otras 30 mujeres fueron retenidas en contra de su voluntad en una sala a la que le “metieron candado”.

Hasta ese momento no sospechaba nada, pero los gritos de las otras mujeres y su curiosidad la llevaron hasta uno de los ambientes en los que vio como “les cortaban la barriga”.

Cuando quiso huir, dos hombres la arrastraron, la amarraron a una camilla, le pusieron un suero y horas después despertó sobre una frazada en el suelo y con dolor en el vientre. Sin que eso importara mucho, la subieron nuevamente a la ambulancia y la llevaron de regreso.

“Tienes que darle gracias a Fujimori. Más hijos ya no vas a tener”, le dijeron.

Impugnación

Por esos hechos que consideran violatorios a sus derechos humanos, ambas esperan que el Poder Judicial actúe eficazmente y les otorgue “justicia, verdad y reparaciones”.

Por ello, junto con la parlamentaria andina, Hilaria Supa, y el abogado de Instituto de Defensa Legal (IDL), Sigfrido Florián, presentaron un recurso de impugnación, ante la Segunda Fiscalía Penal Supranacional.

Rossy Salazar, abogada de DEMUS, refiere que esperan que el fiscal superior formule una denuncia penal contra todos los responsables de esa práctica delictiva y dolosa; es decir, que incluya a los ministros de salud Eduardo Yong, Marino Costa y Alejandro Aguinaga, así como al ex presidente Alberto Fujimori.

En caso de que ocurra todo lo contrario y se decida el archivamiento definitivo del proceso, la abogada explicó que a nivel de fiscalía todo ha concluido y por eso recurrirían de inmediato a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para encontrar justicia.

Supa repudia archivamiento

La parlamentaria andina Hilaria Supa lamentó que esta sea la quinta vez que se pretende archivar el caso de las esterilizaciones forzadas que afectaron a las mujeres más pobres del pais.

“Repudio que esto ocurra a pesar de que hemos presentado 57 evidencias. Esto es discriminación. Hasta ahora no hay justicia y muchas mujeres víctimas siguen muriendo”, subrayó.

El informe final de la Comisión Especial sobre las actividades de Anticoncepción Quirúrgica Voluntaria (AQV), en el que participó Supa, presentó como indicios de delito oficios que el ex ministro Marino Costa dirigió a Fujimori para manifestarle “las cifras con tendencia creciente” en la producción del servicio de AQV.

También señala que en Cusco se esterilizaron mujeres jóvenes con uno, dos hijos y hasta sin ellos.

Determinaron también que las esterilizadas eran –principalmente– mujeres analfabetas o con primaria incompleta. Tras las esterilizaciones forzadas fallecieron 18 mujeres por esa práctica en pésimas condiciones.

Publicado en La República el 29 de enero de 2014

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Pedido de revisión de condena contra Fujimori carece de sustento legal

  • Se va a chile. Ex fiscal Avelino Guillén y Carlos Rivera recuerdan que la sentencia ya fue revisada y confirmada. Mientras, Fujimori recurre a la justicia chilena.

La pretensión de la defensa legal de Alberto Fujimori de revisar la condena de 25 años de prisión carece de sustento legal, puesto que el ex presidente fue sentenciado por los delitos por cuales fue extraditado desde Chile en el 2007 sin que se incorporara ningún otro caso en el fallo emitido por la sala presidida por el juez César San Martín.

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Recuerda. Alberto Fujimori recuerda en detalle las oficinas del SIN de Montesinos © La República
Recuerda. Alberto Fujimori recuerda en detalle las oficinas del SIN de Montesinos © La República
Recuerda. Alberto Fujimori recuerda en detalle las
oficinas del SIN de Montesinos
© La República
Así lo manifestaron el ex fiscal supremo Avelino Guillén y el abogado de IDL Carlos Rivera, quienes recordaron que la sentencia fue ratificada en las tres instancias nacionales: Corte Superior de Justicia de Lima, Corte Suprema y Tribunal Constitucional.

Pero William Castillo Dávila, abogado de Fujimori, insiste en que hay irregularidades en el fallo condenatorio y, por ello, ha pedido a la Corte Suprema de Chile precisar si su patrocinado fue extraditado por el delito de lesa humanidad.

No hay retipificación

Carlos Rivera, de IDL, recordó que el ex mandatario fue sentenciado por los delitos de homicidio calificado con alevosía, lesiones graves y secuestro agravado, acorde con lo señalado en la autorización de la justicia de Chile para la extradición.

Rivera explicó que la Sala Penal Especial no hizo ninguna retipificación del delito ni incorporó una nueva figura legal en la sentencia, sino que calificó los delitos a solicitud de la defensa de las víctimas.

“No se imputó un nuevo crimen. La sala acogió el pedido de la defensa de las víctimas para calificar los delitos materia del proceso y lo hizo de acuerdo con el derecho penal internacional”, indicó Rivera.

Fujimori fue declarado culpable por las matanzas de Barrios Altos, La Cantuta y de los secuestros del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer.

Según el ex fiscal Avelino Guillén, el juzgado hizo bien en calificar esos cargos como delito de lesa humanidad.

El tribunal dio correctamente el calificativo de lesa humanidad a los cargos contra Fujimori, porque los casos correspondieron a un plan sistemático de eliminación de civiles a cargo de agentes del Estado con crueldad.

“No fue condenado por un hecho no autorizado. La sala le da esta calificación porque los hechos no solo vulneraron los derechos de víctimas y deudos, sino a la humanidad por su gravedad y crueldad”.

Reclamo

Ayer tras la culminación de una nueva audiencia por el caso de los diarios chicha, el abogado William Castillo informó a la prensa que viajó a Chile para que el Poder Judicial de ese país le precise los delitos por los que su patrocinado fue extraditado.

Castillo indicó que una vez recibida la respuesta de Chile, interpondrá el recurso de revisión de sentencia ante el Poder Judicial peruano.

Añadió que está pendiente el recurso de declinatoria de competencia contra la sala que juzga a Fujimori en la Corte Suprema.

Diarios chicha

Wilber Ramos Viera, ex secretario de Vladimiro Montesinos, admitió ante el tribunal que juzga a Fujimori por los diarios chicha, que el ex asesor presidencial llevaba el fólder con los titulares de los diarios chicha a Palacio de Gobierno.

La sala terminó el interrogatorio a Ramos por el caso de los diarios chicha y este jueves 30 de enero continuará con el testimonio de Mario Ruiz, otro de los secretarios de Vladimiro Montesinos.

Claves

Alberto Fujimori pidió la palabra e invocó a la sala que lo juzga por los diarios chicha a que reprogramen las audiencias, debido a que los martes, jueves y domingo son sus días de visita.

“Hoy (ayer) no he podido recibir a mis nietecitas”, indicó .

Además, Fujimori describió en detalle la ubicación de las instalaciones del SIN, que a su juicio, indicó, no describió bien el testigo Wilber Ramos.

Publicado en La República el 29 de enero de 2014

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Colectivo de mujeres apelará dictamen de esterilizaciones

  • Ni olvido ni perdón. Activistas y organizaciones de derechos humanos señalan a Alberto Fujimori y a sus ex ministros de Salud como los responsables en la política de esterilizaciones forzadas que afectaron a miles de mujeres

Por Gabriel Mazzei M.

El inclemente sol del mediodía no impidió que un grupo de mujeres, vestidas íntegramente de intenso rojo, se apostara en el frontis del Ministerio Público en protesta del dictamen fiscal que exculpó al ex presidente Alberto Fujimori y sus ex ministros de Salud por el caso de esterilizaciones forzadas en la década de los noventa.

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Protesta. Un grupo de mujeres representaron la vejación que sufrieron las víctimas de esterilización forzada. Reclamaron porque ese delito no fue considerado como de lesa humanidad © La República
Protesta. Un grupo de mujeres representaron la vejación que sufrieron las víctimas de esterilización forzada. Reclamaron porque ese delito no fue considerado como de lesa humanidad © La República
Protesta. Un grupo de mujeres representaron la
vejación que sufrieron las víctimas de esterilización
forzada. Reclamaron porque ese delito no fue
considerado como de lesa humanidad
© La República
La coyuntura, absorbida exclusivamente al fallo que horas antes había emitido la Corte Internacional de Justicia de La Haya, tampoco fue pretexto para que las mujeres indignadas no reclamen lo que consideran una injusticia.

Allí estaban, echadas una tras otra sobre una alfombra también de color rojo que habían puesto encima de las escaleras de la Fiscalía de la avenida Abancay. Ellas vociferaban al unísono: “Justicia”.

A la protesta se hicieron presentes diversos colectivos de organizaciones feministas y de derechos humanos.

Tras la misma, anunciaron que hoy interpondrán el recurso de queja ante el Ministerio Público contra la resolución del fiscal Marco Guzmán Baca que exculpó a Fujimori y a los ex ministros Eduardo Yong Motta, Marino Costa Bauer y Alejandro Aguinaga.

Como se sabe, Guzmán Baca señaló que existe el presunto delito de exposición al peligro y homicidio culposo, pero solo contra el grupo de médicos que operaron a Mamérita Mestanza, campesina que fue sometida a una operación quirúrgica de esterilización en 1998 y falleció ocho días después de la intervención.

APELACIÓN

La representante legal de Demus, Rossy Salazar, señaló que el fiscal Marco Guzmán Baca se ha sobrepasado de sus competencias al haber determinado que Fujimori no es culpable en este caso, cuando es el juez –argumentó– quien debe pronunciarse sobre la responsabilidad de los procesados.

“Al fiscal no le toca probar nada. En la etapa procesal que estamos ahora, debemos saber si existe la presunta comisión del delito. Ya en la etapa del juicio oral, con pruebas se determinará la culpabilidad de los procesados”, indicó Salazar.

La abogada recordó que existen diversos testimonios de mujeres afectadas con la política de esterilizaciones forzadas y oficios de médicos y enfermeras que señalan cómo eran presionados para llevar a cabo ese tipo de directivas, que responsabilizan directamente al ex presidente.

“En este tipo de casos complejos no vas a encontrar pruebasdirectas sino indicios que luego, en la etapa de juicio, se dirá si es culpable o no”, dijo.

Contrario a lo que estableció el fiscal en cuanto a que las esterilizaciones no son delitos de lesa humanidad, Salazar sí cree que tipifican tal cual.

En esa línea, sustentó que el Programa Nacional de Salud Reproductiva y Salud Familiar, creado durante el fujimorismo, puede haber contado con la debida publicidad, a través de normas promulgadas, pero ello no significa que no haya habido alguna conducta ilegal.

“El fiscal no tiene que ver sobre la legalidad o no de la política, él tiene que ver si a través de este marco legal se cometió algún ilícito, y eso se demuestra con las declaraciones de las mujeres afectadas”, alegó la abogada de DEMUS.

De acogerse el recurso de queja, el expediente puede subir a una fiscalía superior que podría revisar la investigación.

Durante el régimen fujimorista se practicaron 272 mil operaciones para esterilizar a mujeres, muchas sin su consentimiento. 18 de ellas murieron luego de ser operadas.

DESCARGO

El pronunciamiento del fiscal Marcos Guzmán se refiere únicamente al caso Mamérita Mestanza, porque, apuntó, si abría proceso por los otros casos de esterilizaciones “el juzgado me iba a devolver la acusación, argumentando que el expediente sería muy confuso”.

Guzmán acusó que no recibió el apoyo debido para realizar las diligencias correspondientes en sus viajes a Piura o Cusco y entrevistar a las mujeres afectadas con la política de esterilizaciones forzadas.

El fiscal acogió la declaración de Fujimori, quien señaló desconocer el daño que generó el Programa Nacional de Salud Reproductiva y Salud Familiar.

“Él me dice que había que reducir las altas tasas de mortalidad infantil y materna”, justificó el fiscal, quien considera que este es solo un caso de negligencia posoperación a la señora Mamérita Mestanza.

“BATALLA CONTRA LA IMPUNIDAD”

Victoria Vigo, mujer piurana afectada con la política de esterilizaciones forzadas, calificó de “vergonzoso” el pronunciamiento del fiscal Marco Guzmán Baca.

Vigo presentó su demanda por su cuenta y ganó el juicio contra el médico que le realizó la operación de esterilización forzada, Nicolás Angulo.

Tras la operación quirúrgica a la que fue sometida, Vigo se enteró de que había perdido a su hijo.

“El caso de Mamérita Mestanza es simbólico. No puede quedar impune. Tenemos que batallar contra la injusticia”, señaló Vigo.

Añadió que sí existen pruebas que responsabilizan a Alberto Fujimori en este caso.

CLAVES

En octubre del 2011, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado Peruano la reapertura del caso de esterilizaciones forzadas.

La secretaria ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Rocío Silva Santisteban, indicó que el dictamen fiscal ha originado “la indignación de miles de mujeres que fueron afectadas” por esa política.

Publicado en La República el 28 de enero de 2014

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Buscan que CIDH reabra juicio sobre matanza en Uchuraccay

  • Memoria. Gremios periodísticos recordaron los 31 años de la masacre y prometieron ayudar a familiares

Al cumplirse 31 años de la matanza de Uchuraccay, en la cual fueron asesinados ocho periodistas, ayer se celebró una romería en el cementerio El Ángel y una misa en la iglesia Santo Domingo. Estas actividades fueron impulsadas por el Colegio de Periodistas de Lima (CPL) y la Asociación Nacional de Periodistas (ANP), así como los propios familiares de las víctimas.

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Homenaje. Con una romería, autoridades del CPL y la ANP recordaron la vigencia del sacrificio de los mártires de Uchuraccay © La República
Homenaje. Con una romería, autoridades del CPL y la ANP recordaron la vigencia del sacrificio de los mártires de Uchuraccay © La República
Homenaje. Con una romería, autoridades del CPL y la
ANP recordaron la vigencia del sacrificio de los mártires de
Uchuraccay
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En ese sentido, el decano del CPP, Max Obregón, aprovechó la oportunidad para informar que los gremios periodísticos insistirán en la demanda que han presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que se reabran las investigaciones sobre los hechos ocurridos en la comunidad ayacuchana el 26 de enero de 1983.

“No solo se trata de que este hecho no se olvide, sino de saber la verdad. El problema es que después de 31 años no se ha cerrado el caso. En su momento se condenó a cuatro campesinos, pero sabemos que ellos fueron instigados. Aún no sabemos quiénes fueron los autores intelectuales”, señaló Obregón.

Al respecto, el directivo del Colegio de Periodistas recordó que la mayoría de los hombres de prensa asesinados en Uchuraccay representaba a medios de oposición y se encontraba cubriendo la confirmación de una matanza ocurrida en la zona, aparentemente por las fuerzas militares.

“Estamos presentando los documentos ante la Corte Interamericana para que reabra el juicio. No olvidemos que en el 83 ya se hablaba de los inicios de una guerra violenta de parte de las Fuerzas Armadas”, aseveró el decano del CPP.

Por último, Max Obregón reconoció que en los últimos años los gremios periodísticos no colaboraban con la causa que perseguían los familiares de las víctimas de Uchuraccay, pero informó que a partir de ahora el CPP y la ANP sí lo harán hasta que se reabra el juicio y se conozca a los autores intelectuales de la matanza.

“Recién cuando se sepa quiénes fueron los responsables estaremos tranquilos. Esta es una lucha que han llevado los familiares, pero ahora los gremios periodísticos la estamos tomando en cuenta. Vamos a pedir a la ciudadanía que se sume a esta causa”, manifestó el decano del Colegio de Periodistas del Perú.

Publicado originalmente en La República el 27 de enero de 2014