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News Reports on Transitional Justice in Peru

SALA PENAL NACIONAL JUZGARÁ LOS CASOS DE LOS SECUESTROS GUSTAVO GORRITI Y SAMUEL DYER

El caso de los secuestros del periodista Gustavo Gorriti (5 de abril de 1992) y del empresario Samuel Dyer Ampudia (27 de julio de 1992) parece que al fin podrá encontrar justicia. Como se recuerda el ex presidente Alberto Fujimori en el caso por graves violaciones a los derechos humanos también fue juzgado y condenado en abril de 2009 por haber dispuesto la privación de libertad de ambas personas en 1992.

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La MulaLa MulaLo inconcebible era que en las instancias del sistema penal anticorrupción no solo había decidido separar ambos casos abriendo un expediente judicial para cada caso, sino que después de más de 6 años en que el autor mediato (Alberto Fujimori) fue condenado en ninguno de los casos se había dado inicio al correspondiente juicio oral muy a pesar de que en ambos existe acusación del Ministerio Público contra Vladimiro Montesinos y otros elementos del Servicio de Inteligencia del Ejército como perpetradores materiales de los secuestros contra el periodista y contra el empresario.

En el caso del periodista Gorriti Ellembogen se encuentran como acusados Vladimiro Montesinos Torres, Nicolás de Bari Hermoza Ríos, Julio Rolando Salazar Monroe, José Rolando Valdivia Dueñas, Luis Ángel Salazar Monroe, Alfredo Arnaiz Ambrosiani y otros 12 oficiales del Ejército. En el caso del empresario Dyer Ampudia el Ministerio Público ha presentado acusación contra Vladimiro Montesinos Torres, Carlos Rosas Domínguez Solis, Santiago Zegarra Guevara, Alberto Pinto Cárdenas, Víctor Humberto Arcila Dupp y Migdonio Torres Aliaga.

Recién, por impulso del Instituto de Defensa Legal los tribunales anticorrupción han tomado la decisión de remitir ambos expedientes a la Sala Penal Nacional, como tribunal competente para el juzgamiento de casos de violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.

En dicho tribunal se debe solicitar la correspondiente acumulación de los procesos ya que ambos responden a la misma voluntad criminal y por ello es indispensable realizar un solo juzgamiento.

Lima, 21 de setiembre de 2015

FUENTE: INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL/AREA LEGAL

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Caso Fujimori: Indulto a Fujimori violaría la ley y la voluntad popular

Por Jo-Marie Burt

Ante la creciente oleada de presión de parte de los sectores fujimoristas para que el gobierno de Alan García aplique el beneficio del indulto a Alberto Fujimori antes de dejar el poder el 28 de julio, La República publicó los resultados de una encuesta (1) nacional realizada por la firma de opinión pública APOYO según la cual la gran mayoría —65%— de los peruanos rechazan un posible indulto para Alberto Fujimori. Esta encuesta confirma los hallazgos de una encuesta previa que encargué al Instituto de Opinión Pública de la Pontificia Universidad Católica del Perú a fines del año pasado. Como afirmé en un artículo (2) publicado en La República hace algunos meses, dos tercios de los peruanos —63%— no están de acuerdo con un indulto para Fujimori.(3)

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En nuestra encuesta, también se preguntó a los encuestados las razones por las cuales creían que se le debería o no otorgar el beneficio del indulto al ex presidente Fujimori. Del 63.3% que dijeron no estar de acuerdo con un indulto para Fujimori, 58.8% dijeron que el principal motivo era porque “es culpable y debe cumplir su condena”, mientras 19.9% dijo porque “sería una burla con las víctimas”. El 18.3% dijeron que “sería injusto y generaría impunidad”.

De los 36.6% que dijeron estar de acuerdo con el indulto, era notable que la vasta mayoría —76.6%— considerara que se le debía otorgar ese beneficio no porque consideraban que Fujimori era inocente de los crímenes por los cuales fue condenado, sino porque “salvó el país del terrorismo” (57%) o porque “fue un buen presidente” (19.6%). Sólo el 18.7% dijo que debería ser indultado por razones humanitarias.

También es importante notar que 77.5% de los encuestados se mostraron favorables a la sentencia condenatoria a Fujimori: 53.5% dijeron que estaban plenamente de acuerdo con la sentencia, mientras un 24% afirmó estar de acuerdo con la sentencia aunque creía que el número de años debía ser menor. Sólo el 9.4% dijeron no estar de acuerdo con la sentencia porque consideraban que Fujimori era inocente, mientras el 12.8% afirmó que consideraban que Fujimori era culpable pero no debería estar en la cárcel.

Los resultados de la encuesta son notables, pues demuestran que la sentencia condenatoria a Fujimori goza de una fuerte legitimidad ante el pueblo peruano. Encuestas realizadas al final del juicio a Fujimori (4) también demostraron que la mayoría de los peruanos consideraban que el juicio había sido llevado a cabo por jueces independientes e imparciales, y que el proceso judicial respetó el debido proceso del acusado, opinión compartida por juristas nacionales e internacionales. (5)

Nuestra encuesta, así como la de APOYO, demuestra que la legitimidad del proceso judicial y la sentencia a Fujimori se han consolidado en la opinión pública peruana. Eso es un dato muy relevante sobre todo ahora, cuando los sectores fujimoristas siguen presionando (6) al gobierno actual (y de paso al presidente electo) para que indulten a Fujimori. Vale aclarar que el tema del indulto no debe decidirse ni por presiones de ciertos grupos de poder ni por la opinión pública, como he dicho en ocasiones anteriores, sino debe regir el derecho peruano e internacional, según el cual no sería permitido el beneficio del indulto. Los resultados de nuestra encuesta y la de APOYO son importantes porque demuestran que el tema de un indulto a Fujimori no divide el país, como algunos han sugerido interesadamente. Le quita el sueño sólo a los miembros del núcleo duro del fujimorismo, ya que consideran que sin su líder fuera de prisión, el futuro de su movimiento tambalea.

Un indulto para Fujimori sería ilegal e impopular

En términos legales, un indulto a Fujimori sería contrario tanto al derecho peruano como al derecho internacional. En términos del derecho peruano, en mayo de 1995, el Congreso Constituyente Democrático, controlado por la bancada fujimorita, excluyó a las personas condenadas por el delito de secuestro agravado del beneficio del indulto. Por lo tanto según el derecho peruano no sería legal un indulto para Fujimori, quien en abril de 2009 fue sentenciado (7) —entre otros graves delitos— por secuestro agravado. El 30 de diciembre de 2009 la sentencia fue ratificada por la Corte Suprema y entonces legalmente es ya una sentencia firme, sin mayores posibilidades de apelación. (8)

Pero más allá del derecho nacional es el derecho internacional, que el Perú está obligado a respetar, el que impide que se beneficie con un indulto a quienes han sido condenados por crímenes de lesa humanidad. En el caso de Fujimori, la sentencia de abril de 2009 dice expresamente que los crímenes por los cuales fue condenado —el homicidio calificado de 25 personas (15, entre ellos un niño de ocho años, de la masacre de Barrios Altos, y los 9 estudiantes y un profesor de la Universidad La Cantuta); el asalto agravado de 4 personas que quedaron gravemente heridas luego de esa masacre; y el secuestro agravado del periodista Gustavo Gorriti y del empresario Samuel Dyer— constituyen crímenes de lesa humanidad en el derecho internacional por tener un carácter sistemático y generalizado.

La sentencia menciona específicamente que el Grupo Colina, el temido escuadrón de la muerte que nació en el seno de los servicios de inteligencia de las Fuerzas Armadas, fue responsable no sólo de la masacre de Barrios Altos y la desaparición de los estudiantes y el profesor de La Cantuta, sino de una serie de atrocidades, entre ellas la desaparición forzada de campesinos de Santa; la desaparición forzada del periodista Pedro Yauri; el asesinato de la familia Ventocilla; entre varios otros; y que durante el gobierno de Fujimori se cometió una serie de crímenes más, incluso la desaparición forzada de miles de peruanos, que justificaba la caracterización de las violaciones de derechos humanos cometidos durante su régimen como crímenes sistemáticos y generalizados.

Indultar a Fujimori violaría el derecho internacional, y los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, (9) que han considerado probada en numerosas sentencias la responsabilidad del Estado peruano por graves violaciones a los derechos humanos, incluyendo ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y torturas, cometidas durante el mandato del ex Presidente Fujimori. En varias decisiones —y ante impunidad reinante en el Perú ante tales crímenes— la Corte Interamericana ha exigido la investigación, sanción y castigo de los responsables al más alto nivel.

Si bien la decisión sobre el tema del indulto debe basarse en la ley y no en la opinión pública, el hecho es que siguen habiendo fuertes presiones políticas de parte de los fujimoristas hacia el gobierno de García para que indulte a Alberto Fujimori. Igualmente, hay muchas especulaciones de que García estaría midiendo los beneficios y riesgos que tal decisión implicaría. Por ello, es importante reiterar que la opinión pública se opone a un indulto para Fujimori, como ha sido comprobado en dos encuestas nacionales. Un indulto para Fujimori no sólo violaría la ley peruana y el derecho internacional; también violaría la voluntad popular.

Notas:

1. Enlace original / En nuestro sitio (^^^

2. Enlace original / En nuestro sitio (^^^)

3. La encuesta, que se realizó a nivel nacional a 1205 personas en 19 regiones del país, fue realizada como parte de una investigación dirigida por la autora sobre el juicio a Fujimori.  (^^^)

4. Enlace original / En nuestro sitio (^^^)

5. Enlace original / En nuestro sitio (^^^)

6. Enlace original / En nuestro sitio (^^^

7. Enlace original  (^^^)

8. Enlace original  (^^^)

9. Enlace original   (^^^)

 

Publicado originalmente en Noticias SER el 22/06/2011