Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

CASO MARCO BARRANTES: Absuelven a militares procesados por desaparición forzada de teniente en 1988

Un tribunal civil de Lima absolvió hoy a dos exmilitares que fueron procesados por la desaparición forzada, en 1988, del teniente del Ejército Peruano (EP) Marco Barrantes a manos de agentes del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), informó hoy a Efe el abogado de los familiares de la víctima, Carlos Rivera.

.

© La República© La RepúblicaEl letrado detalló que la Sala Penal Nacional que preside la magistrada Mirtha Bendezú, absolvió a los exmiembros del SIE Jorge Ortiz Manta y Gumercindo Zambrano Salazar, a pesar de que ellos aceptaron su participación en el secuestro de Barrantes.

El comandante retirado del EP Harry Rivera Azabache fue considerado responsable de los hechos, pero no se dio a conocer su sentencia porque se encuentra prófugo de la justicia.

Rivera cuestionó la decisión tomada en los casos de Ortiz Manta y Zambrano Salazar, para los que se había pedido 25 años de cárcel, y dijo que el tribunal consideró “que ellos cumplieron labores secundarias”.

“Pero eso no es así, porque en realidad esas dos personas, al igual que un tercer agente que ya está condenado por este mismo caso, participaron en el secuestro de varias personas, que eran las que el SIE había ordenado detener y vigilar en sus calabozos”, detalló.

Rivera añadió que el también exmiembro del SIE Julio Ramos Álvarez ya fue condenado en 2009 a 8 años de prisión por este mismo caso, que ha sido llevado tres veces ante los tribunales.

“Para nosotros esta decisión es bastante cuestionable”, enfatizó antes de señalar que en el juicio se recibió el testimonio del también ex agente de inteligencia Jesús Sosa Saavedra, quien afirmó que participó en el asesinato de Barrantes.

El abogado adelantó que mañana apelará la sentencia y dijo esperar que la Fiscalía haga lo mismo, ya que es un caso que han llevado a los tribunales desde 2007.

“Esperemos que eso sea así para que (la decisión) sea revisada por la Corte Suprema”, concluyó.

Según las investigaciones fiscales y periodísticas, el teniente Marco Barrantes fue desaparecido 18 de marzo de 1988 por agentes del SIE en el complejo militar de Lima conocido como “El Pentagonito”.

El caso solo fue divulgado en 2004, cuando el periodista peruano Ricardo Uceda publicó el libro “Muerte en el Pentagonito”, en el que ofreció detalles de la operación ejecutada para secuestrar y desaparecer a Barrantes, al que se acusó de haber sustraído información clasificada del Ejército.

 

Publicado en Terra el 6 de febrero de 2013

 

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

CNM tomó una decisión política al archivar caso Villa Stein

El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) tomó una decisión política al archivar la investigación que se le siguió a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que preside Javier Villa Stein, que dispuso la reducción de las penas para los miembros del grupo Colina, sostuvo Carlos Rivera, coordinador del Área Legal del IDL.

.

“El propio presidente del CNM no sabe explicar al país cuál es el contenido y por qué razón han tomado esa decisión, es impresionante que una persona que se ha paseado por todos los organismo públicos, hay jueces como el señor [Pablo] Talavera que han resuelto casos de violaciones a los derechos humanos y aquí todo indica que hay, desde nuestro punto de vista, una decisión política de librar de toda responsabilidad a los miembros de la Corte Suprema y permitir una suerte de impunidad solapada en este tipo de procedimiento”, manifestó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

“Ahora entendemos la razón por la cual los demoraron excesivamente, siendo este un procedimiento que debió de terminar a los dos meses y que está terminando a los seis meses, creo que todo tiene sentido, y es evidente que el CNM jugó un rol político, que espero que pase el tiempo para lanzar una resolución que ni ellos mismos saben explicar”, indicó

El coordinador del Área Legal del IDL calificó la decisión del CNM como una burla a la acción de la justicia, a la decisión de los órganos internacionales y a los familiares de las propias víctimas. Remarcó que el pronunciamiento del Consejo contradice las decisiones que tomó la Corte Suprema al anular el fallo que favoreció al grupo Colina y que consagra un mecanismo de impunidad asolapado.

“Hay un hecho claro sobre el cual hay que confrontar esta situación, la resolución de la Corte Suprema del 27 de setiembre del año pasado, con la cual se anula la sentencia de Javier Villa Stein. Digamos si desde el punto de vista de los señores del CNM no hay nada irregular, entonces ¿Por qué razón la Corte Suprema anuló la sentencia de Villa Stein? Esa es una pregunta elemental que hay que hacer”, declaró.

“¿Cuál es la razón o el motivo por el cual la propia Corte Suprema decide anular una sentencia? Y meses después el CNM dice que en esa sentencia anulada no hay nada irregular, es bastante contradictoria sinceramente y me parece que lo único que expresa es una decisión política que no saben fundamentar, que no saben explicar por qué; justamente me parece arbitraria e ilegal la decisión del CNM y que, simplemente, ha terminado de consagrar un mecanismo de impunidad asolapado a favor de quienes emitieron esta resolución abiertamente ilegal”, acotó.

Publicado el 25 de enero de 2013 por IDL Radio

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Polémica por nuevo jefe de fuero militar

LIMA, Perú – El nombramiento del presidente del máximo tribunal de justicia militar ha causado sorpresa y polémica en Perú por tratarse de un ex general que afronta procesos judiciales por actos de corrupción.

.

El general en situación de retiro Hugo Pow Sang designado esta semana como Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar, enfrenta dos juicios en el fuero común por haber procesado indebidamente a un general y por legitimar una compra fraudulenta de equipos para el Ejército y el Servicio de Inteligencia Nacional.

Además fue uno de los altos oficiales militares que firmó en 1999 una cuestionada acta de sujeción por el que la oficialidad respaldó el autogolpe del presidente Alberto Fujimori en abril de 1992.

Pow Sang fue nombrado por los integrantes del Consejo Supremo de Justicia Militar luego que el ejecutivo cesó a su entonces presidente, el contraalmirante Carlos Mesa.

El presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez, anunció el jueves que el ejecutivo evaluará la designación de Pow Sang, y explicó que el relevo de Mesa no fue una decisión “arbitraria ni unilateral”. “Entiendo que esta persona (Mesa) tenía bastante años en la justicia militar ejerciendo la presidencia, y es bueno como parte de la democracia la alternancia de poderes, así que las personas que cumplan un ciclo dejen el puesto para que otros funcionarios, que también tiene derecho a acceder a este cargo”, manifestó en comunicación telefónica con la emisora Radioprogramas desde Suiza.

Gloria Cano, activista y abogada en sonados juicios de violaciones a los derechos humanos, dijo el jueves que es muy preocupante la designación de Pow Sang que consideró una “total equivocación”. “El participó en el Consejo Supremo de Justicia Militar en los casos Cantuta, Barrios Altos, en unos pseudo procesos que garantizaban impunidad a los miembros del destacamento Colina así como a (ex jefe del Servicio de Inteligencia Nacional) Vladimiro Montesinos”, declaró Cano a la AP.

Las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta fueron los más sonados casos de violaciones a los derechos humanos perpetrados por el escuadrón de aniquilamiento del ejército, conocido como Grupo Colina, que operó durante los primeros años del gobierno de Fujimori (1990-2000). Sus miembros fueron inicialmente juzgados en el fuero militar, y luego amnistiados por Fujimori. Actualmente purgan condenas de cárcel tras ser nuevamente juzgados en el fuero civil. Fujimori cumple desde 2007 una condena de 25 años de prisión por ambas matanzas.

Publicado el 25 de enero de 2013 por THE ASSOCIATED PRESS

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Anulada la sentencia Villa Stein, nueva sala de la Corte Suprema verá caso Barrios Altos-Pedro Yauri-Santa

Mañana se realizará la vista a la causa Barrios Altos-Pedro Yauri-desaparecidos de Santa por una nueva sala recientemente conformada por la Corte Suprema del Perú.

Como se recordará, la Sala Penal Permanente, una sala de la Corte Suprema dirigida por el cuestionado magistrado Javier Villa Stein, anuló la sentencia emitida por la Primera Sala Penal Especial en octubre de 2010 en esta mega-causa.

.

© Peru.com© Peru.comLa sentencia de la Primera Sala Penal Especial había encontrado culpable a 18 miembros del Grupo Colina de los delitos de homicidio calificado, secuestro agravado, y asociación ilícita. Los principales responsables —Vladimiro Montesinos, Nicolás Hermoza Ríos, Santiago Martin Rivas, y Carlos Pichilingüe— recibieron condenas de 25 años de cárcel. A su vez, la sentencia reconoció que las víctimas fueron civiles y que su supuesta afiliación con Sendero Luminoso nunca fue demostrada.

La sentencia Villa Stein, que anuló dicha sentencia, fue duramente cuestionada por una serie de razones: redujo las penas de los condenados como ‘recompensa’ por la dilación excesiva del proceso; determinó que los crímenes no constituían crímenes de lesa humanidad; y argumentó que los integrantes del Grupo Colina pensaban que los blancos eran miembros de Sendero Luminoso y por lo tanto no se les consideró como población civil. A su vez, ordenó una investigación a las magistradas de la Primera Sala Penal Especial, todos ellas mujeres.

© La República© La RepúblicaDado que el caso Barrios Altos tiene una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), los organismos de derechos humanos solicitaron una revisión de la sentencia. En el mes de septiembre, la Corte IDH emitió una resolución exigiendo la anulación de la sentencia Villa Stein. Dos días después, la Corte Suprema anunció la anulación de la misma. A raíz de todo eso, el Concejo Nacional de la Magistratura (CNM) abrió una investigación a Javier Villa Stein, pero hasta ahora este organismo no ha emitido una decisión en el caso, lo cual ha sido motivo de crítica de parte de los organismos de derechos humanos.

La anulación de la sentencia Villa Stein ha sido importante para la causa de los derechos humanos en el Perú, pero el panorama del proceso de judicialización se vislumbra grave. Será importante ver qué pasa en este proceso pues puede representar una oportunidad para repuntar de nuevo el proceso de judicialización, pero el bloque de la impunidad está haciendo lobby para que no sea así.

Reportaje de rightsperu.net, 9 de enero de 2013

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Acusación fiscal sobre matanza de El Frontón alcanzaría a Alan García

Ministerio Público presenta acusación fiscal y plantea juicio oral sobre este caso a nivel de Corte Superior. A la postre, el dictamen y la investigación sustentatoria podrían sentar en el banquillo de los acusados al ex presidente Alan García Pérez y a otras altas autoridades políticas y militares de 1986. Monumental expediente precisa tres momentos críticos de los luctuosos hechos.

por Edmundo Cruz

El nuevo año se insinúa memorioso y retador. El jueves 3 por la tarde, el Ministerio Público interpuso acusación fiscal sobre la matanza en el penal El Frontón, Callao, ocurrida hace 26 años y 6 meses.

.

18-19 junio de 1986. El Fronton. Número de víctimas aumenta. 118 al inicio. Subieron a 124 en veintitantos años. Hoy se reportan 133 muertes probadas18-19 junio de 1986. El Fronton. Número de víctimas aumenta. 118 al inicio. Subieron a 124 en veintitantos años. Hoy se reportan 133 muertes probadasLa autora del dictamen acusatorio es la magistrada Luz del Carmen Ibáñez Carranza, titular de la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional.

La acusación fiscal que solicita la apertura del juicio oral y su monumental expediente de sustento (ver despiece) fueron entregados en la Mesa de Partes de la Sala Superior Penal Nacional del Poder Judicial que preside Ricardo Brousset Salas.

De fuente extraoficial, La República supo que el número de acusados señalados alcanzaría a 33 personas, la gran mayoría efectivos subalternos de la Marina de Guerra del Perú. Entre ellos solo figurarían cuatro oficiales que apenas alcanzaban al grado de tenientes cuando ocurrió la matanza.

Se mencionan los nombres de Carlos Alberto Tello Aliaga, César Enrique Patrón Valle, Luis Enrique Román Rodríguez y Carlos Augusto Garrido Cabrera.

El número, nombre y grado de los acusados no serían el eje del dictamen, sino la calificación de los delitos cometidos (de lesa humanidad), así como la reconstrucción de la cadena de mando que los inspiró. Por esta línea se alcanzaría a las autoridades del Estado de esa época, hasta hoy inimputables.

RETROCESOS Y AVANCES

El caso empezó a investigarse el 2001, respondiendo a sentencias de la Corte Interamericana. Diligencias realizadas en Lima y Callao se juntaron en la novísima Fiscalía de Ejecuciones Extrajudiciales y Desapariciones Forzosas.

El 2004 se abrió el expediente 125-2004, hoy día en trámite, pero hasta el 2008 el proceso no pasó de la instrucción en primera instancia.

El caso subió a segunda instancia recién el 2009 para su revisión por una fiscal superior: Ibáñez Carranza. La revisora planteó dos acciones: la acumulación de otro juicio sobre los mismos hechos y la inclusión en la investigación de oficiales jefes con evidente mayor responsabilidad en el caso.

Las peticiones fueron aceptadas, pero el año pasado, la autoridad judicial dio marcha atrás. Sacó del expediente 125 el caso acumulado el 2009 y también a dos oficiales comprendidos en la investigación.

El retroceso tiene un antecedente. En marzo del 2007, el fiscal superior Edgar Chirinos archivó la investigación por los sucesos de El Frontón que se seguía a Alan García Pérez, Luis Giampietri Rojas y Agustín Mantilla. Las resoluciones fiscales no tienen para el caso categoría de cosa juzgada. Pero muestran una constante.

Sobre el protagonismo de García Pérez, el expediente incluiría un documento del personal militar destacado a El Frontón, elevado al Comando Conjunto el 30 de junio de 1986. En él –según la versión–los firmantes declaran que ellos no hicieron sino lo que el presidente García ordenó.

TRES MOMENTOS

La investigación fiscal alcanza a precisar los tres momentos claves de los hechos.

Primero, el denominado homicidio por ferocidad. Se desencadenó a las 13:50 horas del día 19, cuando los internos salieron de sus escondites y se rindieron. Se separó a los que se consideraba líderes y se les llevó detrás del Pabellón Azul. Determinados oficiales les ordenaron que corrieran a la playa, que estaban libres. Así lo hicieron, pero los mismos oficiales dieron otro grito, dijeron: se escapan, hay que disparar. Les dispararon y los mataron por la espalda.

Segundo momento. Después de las 2 de la tarde, las rendiciones continuaron y los internos fueron apiñados en la parte posterior del Pabellón Azul, de 15 en 15, de 20 en 20. Según los testimonios recopilados por la fiscalía, se les maltrató, humilló y torturó. Finalmente, entre 70 y 80 reclusos resultaron ultimados con bayoneta y cuchillo.

El tercer momento, calificado como homicidio por explosión, ocurrió después de las 4:40 pm, cuando llegó al lugar el Fiscal de la Nación César Elejalde Estensoro acompañado del vocal supremo Carlos Torres y de un periodista de Andina Televisión.

Los fusilamientos cesaron y el fiscal de la Nación intentó un llamado a la rendición pero, según pruebas recogidas, los internos ya estaban rendidos.

El fiscal de la Nación se retiró del área del Pabellón Azul, pero no de El Frontón. En esas circunstancias, la fuerza armada procedió a demoler por completo con cargas explosivas las instalaciones del Pabellón Azul. Pese a que se sabía que en su interior quedaban reclusos heridos y muchos otros con vida.

MEGAEXPEDIENTE COMPRENDE 88 TOMOS Y UNOS 300 COMPLEMENTOS

El dictamen acusatorio de la fiscal superior Ibáñez está impreso en 506 páginas.

El expediente madre sustentario cuenta 30.616 folios cosidos en 88 tomos.

55 cuadernos suman los anexos del expediente principal y los actuados del fuero militar, con sus 12 anexos.

Los incidentes están registrados en 29 cuadernos, el peritaje de la parte civil en 2, más 45 anexos de ambos.

Hay 25 cuadernos sobre exhumaciones, 10 de quejas, 2 de excepciones y 2 sobre la investigación congresal.

15 anexos con identificaciones forenses y uno con los aportes de la CVR.

Las fichas para identificar restos humanos y las pericias balísticas se guardan en 4 cajas, y los protocolos de necropsias, en 6.

También figuran 2 libros del Instituto de Medicina Legal, declaraciones de testigos claves y pruebas ADN.

 

Publicado originalmente el La República el 08 de enero de 2013

 

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Justicia Transicional. Manual para América Latina

RightsPeru—Está disponible aquí en inglés y español el nuevo libro, Justicia Transicional. Manual para América Latina / Transitional Justice Handbook for Latin America. El libro, editado por Félix Reategui, fue publicado por la Comisión de Amnistía del Ministerio de Justicia de Brasil y el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ).

.

ManualEn el libro, destacados investigadores publican diversas notas sobre la justicia transicional desde la teoría y la práctica. Entre ellos están el actual relator de las Naciones Unidas para Justicia Transicional Pablo de Greiff; el reconocido defensor de los derechos humanos Juan Méndez; el ex presidente de la Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos (CIDH) Santiago Cantón; el presidente de la Comisión de Amnistía de Brasil Paulo Abrão; y las académicas Ruti Teitel, Naomi Roht-Arriaza, y Jo-Marie Burt, la directora del proyecto Peru Human Rights Trials.

En su artículo, “Desafiando la impunidad en tribunales nacionales: juicios por derechos humanos en América Latina,” la Dra. Burt reflexiona sobre la trayectoría de la justicia transicional en América Latina, con especial enfasis en los esfuerzos de investigar y sancionar los responsables de graves violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad. Estudia en profundidad los casos del Perú, Argentina, Chile, y Uruguay, países en los cuales la autora argumenta que luego de varios años de impunidad se ha logrado llevar a los tribunales domésticos importantes cases de graves violaciones de derechos humanos.

Estos juicios exitosos por casos de graves violaciones de derechos
humanos ilustran un cambio notable en una región por mucho tiempo
caracterizada por una impunidad institucionalizada, esto es, con
mecanismos formales o informales impuestos o apoyados por políticas de
Estado que garantizan que los responsables por graves violaciones de los
derechos humanos no sean castigados. Estos juicios son notables también
dada la debilidad histórica de los poderes judiciales latinoamericanos,
la notoria falta de voluntad por parte de las élites del poder de hacer
que los responsables de tales crímenes rindan cuentas, y la creencia,
aun entre algunos progresistas, de que los juicios por derechos humanos
no eran factibles, que perpetuaban el conflicto, o que socavaban las
oportunidades de reconciliación. Sin embargo, un cambio global en las
normas que favorece la rendición de cuentas combinado con el activismo
persistente de organizaciones de base en búsqueda de la verdad y la
justicia, no obstante los tremendos elementos en contra y lo improbable
de las victorias, algunas veces ha abierto espacios nuevos, por lo menos en
algunas partes de América Latina, para que se den esfuerzos renovados
para procesar a aquellos acusados de ordenar o llevar a cabo graves
violaciones de los derechos humanos. (pp. 309-310)

También publican artículos dos colegas peruanos con una larga trayectoría de trabajo en la justicia transicional, Félix Reátegui, investigador principal del Idehpucp, y Eduardo González-Cueva, director del proyecto sobre Verdad y Memoria de ICTJ..

 

Descargar el libro aquí: Justicia Transicional.Manual para América Latina (Enlace Original / Enlace en nuestro sitio)

Download here: Transitional Justice – Handbook for Latin America (in english)

Publicado en IDEHPUCP

 

 

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Gloria Cano: “Ineficacia de MP permitiría excarcelación de Martín Rivas”

Abogada de Aprodeh indicó que pedirán a la CIDH una resolución de incumplimiento contra el Estado peruano por caso Barreto

La demora en la emisión de una resolución por parte del Ministerio Público (MP) en el caso de la exagente Mariela Barreto -quien fuera asesinada por el Grupo Colina- y que ya tiene más de un año y medio de espera, permitirá que Santiago Martín Rivas, exjefe del Grupo Colina, sea librado de la acusación y con ello su libertad si no pesara sobre él otras condenas.

.

gloria-buenas-nochesAsí lo denunció la abogada de Arodeh, Gloria Cano quien sostuvo que en el MP “hay una situación a favor de la salida de Martín Rivas”, por la omisión del MP de no emitir un dictamen en el caso Barreto –que tiene más de un año y medio en el despacho de la Fiscalía- “sin que esta emita un dictamen acusatorio o no”.

“Los plazos se vencieron y la Cuarta Sala Penal Liquidadora se ha visto obligada a emitir una resolución dando la excarcelación de Santiago Martín Rivas y de otro exmiembro del Grupo Colina”, denunció Cano en entrevista para “Buenas Noches” y añadió que “saldrían libres si no tuvieran otras condenas”.

La defensora de Derechos Humanos aseguró que el problema es la omisión y la falta de eficacia del Ministerio Público para llevar a cabo estos procesos penales, además, se mostró preocupada porque no es el único caso: “en el caso Cantuta ya se cumplió un año paralizado sin dictamen acusatorio”.

Gloria Cano hizo un llamado al Fiscal de la Nación, José Peláez, a quien criticó por tener procesos complejos y casos de violaciones de derechos humanos en fiscalías que son desactivadas.

“Creo que no hay interés en el MP de llevar a buen fin los temas de derechos humanos y corrupción, denunció.

“Esta excarcelación dictada a Santiago Martín Rivas debe ser el sacudón que necesita el fiscal de la Nación para poner orden en ese sector”, añadió Cano.

La letrada adelantó que pedirán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que emita una resolución de incumplimiento en el caso de Mariela Barreto “porque desde el 2002 esperamos que se cumpla la sentencia”.

Publicado en TuTeve.tv el 18 de diciembre de 2012

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Disponen excarcelación de dos integrantes del Grupo Colina

  • Por demora en la Fiscalía Superior en la tramitación del caso Mariela Barreto.

Por exceso de carcelería, la Cuarta Sala Penal Liquidadora de Lima, dispuso la excarcelación de los integrantes del Grupo Colina Santiago Martín Rivas y José Alarcón Gonzáles por el caso de secuestro, tortura y muerte de la ex agente de inteligencia Mariela Barreto Riofano. Mediante resolución del 12 de diciembre del 2012, Sala también ordenó que se les imponga las medidas de Comparecencia e impedimento de salida del país.

.

© Perú.com© Perú.comA pesar que los otros juicios pendientes que ambos procesados tienen, evitarían su pronta libertad, los abogados de la ex agente se mostraron sumamente preocupados por la excesiva demora por parte del Ministerio Público tras haber transcurrido casi dos años sin que ellos (el Ministerio Publico) se pronunciaran de acuerdo a sus atribuciones para emitir acusación o no.

La doctora Gloria Cano, Directora de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) y representante de la víctima, indicó que esta demora perjudica a los familiares de Mariela Barreto, quienes durante años han venido realizando acciones ante diversos órganos nacionales e internacionales en busca de justicia y verdad.

Asimismo, señaló que “esta demora por parte de las fiscalía, será informada a la Comisión interamericana de Derechos Humanos, organismo ante la cual el Estado Peruano suscribió un acuerdo de Solución Amistosa con la familia de la agraviada, situación que consideramos como un incumplimiento a dicho acuerdo”.

“No hay justificación para este retraso, esperamos que las autoridades del Ministerio Publico inicien una investigación administrativa sobre el por qué se viene dilatando en forma constante los procesos por violación a derechos humanos, lo cual genera responsabilidad internacional por parte del Estado peruano” resaltó la Dra. Cano.

Cabe recordar que entre otras, Alarcón Gonzáles tiene una sentencia condenatoria consentida por el caso La Cantuta, y ambos, han sido condenados por los casos de Pedro Yauri y El Santa, sentencia que está en apelación en la Corte Suprema.

Datos:

 

Como se recordará, a finales de marzo de 1997, Mariela Barreto Riofano, agente de inteligencia del Ejército, salió de su domicilio rumbo al Hospital Militar pero no regresar más. Luego de tres días de búsqueda por parte de sus familiares, su cuerpo fue encontrado en el kilómetro 25 de la carretera a Canta en el sector denominado Punchauca, a las afueras de Lima. El presunto móvil del secuestro y posterior muerte de Barreto Riofano, esgrimido por la fiscalía, es que se debió a la aplicación del Plan Tigre 96 destinado a detectar a miembros del ejército que filtraban información a la prensa sobre la ejecución de planes de inteligencia, siendo ella una de las agentes que realizaba dicha fuga de información.

Publicado en Aprodeh el 17 de diciembre de 2012

 

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Proceso a “Artemio” quedó listo para el juicio público

El colegiado “C” de la Sala Penal Nacional efectúo ayer una audiencia de control de la acusación que presentó la Fiscalía contra el cabecilla senderista José Eleuterio Flores Hala (a) “Artemio”, por terrorismo, lavado de activos y tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado peruano.

.

© La República© La RepúblicaCon esta audiencia, el caso quedó listo para que se fije fecha para el inicio del juicio público respectivo, que se realizará en la sede judicial de la Base Naval del Callao.

El colegiado, que integran las juezas superiores Clotilde Cavero Nalvarte y María Luz Vásquez Vargas, y el magistrado Cayo Alberto Rivera Vásquez, convocó esta audiencia en salvaguarda del derecho de defensa de Flores Hala, a cargo de un abogado de oficio.

La audiencia de control jurisdiccional de la acusación fiscal consiste en subsanar los errores materiales, de fondo y forma, que pudiera contener el dictamen acusatorio del Ministerio Público, para lo cual el documento del Ministerio Público fue oportunamente notificado a los abogados de las partes.

El fiscal superior Luis Landa solicitó cadena perpetua para “Artemio” debido a sus múltiples delitos

Publicado en La República el 01 de diciembre de 2012

Categories
News Reports on Transitional Justice in Peru

Caso Lucho Manrique: Mañana dictarán sentencia al alcalde de San Borja por caso de desaparición forzada

La Sala Penal Nacional (SPN) dictará sentencia mañana jueves 29 de noviembre, al coronel EP en retiro y actual alcalde de San Borja, Marco Antonio Álvarez Vargas, por la desaparición forzada de Luis Manrique Escobar, ocurrida en noviembre de 1989 cuando Álvarez Vargas se desempeñaba como jefe político militar de Huancavelica.

.

© Americanoticias.pe© Americanoticias.peEl tribunal de la sala presidido por la magistrada Mirtha Bendezú e integrado por María Vidal La Rosa y Miluska Cano, emitirá finalmente su fallo, luego de un año de iniciado el juicio oral y tras haber recogido todas las pruebas aportadas. La diligencia se realizará mañana jueves 29 de noviembre a las 3 pm., en la sede de la SPN ubicada en la cuadra 1 de la av. Uruguay.

Cabe señalar que la fiscalía ha solicitado 25 años de pena privativa de libertad; asimismo, para la fiscalía y para la parte civil, los hechos están debidamente demostrados, así como la responsabilidad penal del acusado Álvarez Vargas.

Como se recuerda, la Tercera Fiscalía Penal Superior a cargo del fiscal Luis Landa Burgos, formuló acusación contra el actual alcalde de San Borja como autor mediato del delito de desaparición forzada de Luis Manrique Escobar. El hecho ocurrió la madrugada del 6 de noviembre de 1989. Ese día, Luis Manrique fue secuestrado en su domicilio por elementos del ejército que en ese entonces se encontraban al mando de Álvarez Vargas.

Por tal motivo, la fiscalía y la parte civil han señalado que en la fecha que se produjeron los hechos, el coronel Álvarez Vargas se desempañaba como Jefe Político Militar de Huancavelica, y, con ese cargo, dictó disposiciones para que Manrique Escobar sea detenido y desaparecido por colaborar con la impresión de unos volantes de Sendero Luminoso los días previos a las elecciones municipales de noviembre de ese año.

Publicado en La Mula el 28 de noviembre de 2012