El Ministerio Público designó al fiscal Marco Guzmán Baca, a cargo de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial, para que se aboque de manera exclusiva en el caso de María Mamérita Mestanza y las esterilizaciones forzadas.
Además, la resolución da cuenta de que la investigación de este caso es compleja y voluminosa por la trascendencia de los hechos materia de juicio, la gravedad de los mismos, los numerosos testigos y agraviados.
“Es un voluminoso expediente de 118 tomos. Recién esperamos tomar declaraciones de los agraviados que se encuentran en provincias para la quincena de julio”, dijo.
Por este caso son acusados los ex ministros de Salud fujimoristas Alejandro Aguinaga, Eduardo Yong Motta, Marino Costa Bauer, Jorge Parra Vergara, Ulises Jorge Aguilar y otros.
La Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH, informó que en la audiencia de hoy, realizada en la Sala Penal Nacional, el reconocido antropólogo, historiador, Jaime Urrutia, sobreviviente de torturas y testigo en el juicio por el Caso cabitos, reconoció a uno de los militares que lo interrogó en el año 1983 en Ayacucho. Se trata del acusado Pedro Paz Avendaño, quien fue el jefe del destacamento de inteligencia de Huamanga, acantonado en la Casa Rosada. Por su parte, Paz Avendaño no negó los hechos, solo atinó a decir que no recordaba.
En 1983, Jaime Urrutia era profesor de la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga y miembro del Instituto Arguedas, así como colaborador del Diario De Marka. Urrutia fue detenido arbitrariamente por militares encapuchados que irrumpieron en su casa y lo ingresaron al Cuartel los Cabitos.
Para APRODEH, representante de 39 familiares de víctimas, este reconocimiento es de suma importancia, ya que confirma la participación de Paz Avendaño en los interrogatorios y del trabajo que realizaba inteligencia en esa época, al interior del cuartel.
Cabe recordar que la Fiscalía pidió 30 años de cárcel para Avendaño Paz y otros ex militares, quienes afrontan un juicio por las desapariciones y torturas a decenas de personas en el cuartel Ayacuchano en el año 83.
Según el Informe de la Comisión de la Verdad y reconciliación (CVR), El Cuartel Los Cabitos fue la sede del Frente Político Militar de Ayacucho y sirvió como lugar de detenciones, tortura y asesinato entre los años 1983 y 1990. También, la denominada Casa Rosada funcionó como un anexo al cuartel y como un centro de torturas y aniquilamiento.
La doctora Gloria Cano, directora de APRODEH, señaló que hasta la fecha no se conoce el número exacto de cuántos seres humanos fueron llevados a Los Cabitos, torturados y asesinados, sin ningún proceso judicial y cuyos cuerpos fueron quemados en el horno que existe todavía en La Hoyada al lado del cuartel. Los forenses han probado los huesos de 109 personas, pero esto no es un número exacto. Sé teme que sean más.
El día de ayer miércoles 5 de junio se realizó la segunda audiencia por el caso Rodrigo Franco en la Sala Penal Nacional. El Colegiado A presidido por la doctora Inés Bonilla declaró infundado el recurso presentado por la defensa de retirar el término de ‘lesa humanidad’ de la acusación fiscal. Al respecto, la abogada Gloria Cano de Aprodeh, representante de una parte de las víctimas, declaró que los delitos de lesa humanidad son “(…) hechos graves que hieren a la humanidad entera y por lo tanto, son imprescriptible e inamnistiables.”
Sala de audiencias de la SPN. Intervención del Fiscal Luis Landa (Fotografía de M. Rodríguez)En la siguiente audiencia, tanto la fiscalía, la parte civil y la defensa harán la presentación de pruebas, es decir, la lista de testigos y de documentos que se presentarán a lo largo del juicio. Ésta se llevará a cabo el día lunes 10 de junio, de 10.00 am a 1 pm. y de 2.30 a 5.00 pm.
A continuación les alcanzamos dos notas sobre el caso:
Sala Penal Nacional rechaza pedido de Agustín Mantilla
La Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH, saludó la decisión de la Sala Penal Nacional de rechazar el pedido de la defensa de Agustín Mantilla sobre el tema de lesa humanidad. Con esta acción, APRODEH considera que la Sala ha dispuesto que dicho aspecto del caso debe ser debatido y discutido durante el juicio público, el cual será materia de pronunciamiento con la emisión de sentencia correspondiente. La Sala también rechazó el pedido de excepción de prescripción presentada por la defensa de Melgar Moscoso y Farfán Yacila, presuntos miembros del CRF, porque dicho pedido ya se había plantado anteriormente, el mismo que había sido desestimado por la Sala Penal Nacional, al considerar que los hechos son imprescriptibles.
Mantilla, asediado por la prensa a la salida de la SPNCabe recordar que Mantilla cuenta en su defensa con 3 abogados: José Abanto Verástegui, fue asesor del aprista Luis Alva Castro y ex gerente de la compañía de Exploraciones Algamarca S.A, una empresa del clan de los hermanos Sánchez Paredes; Mario Cavagnaro fue uno de los procuradores de confianza de Alberto Fujimori. Según lo dicho por Rafael Merino Bartett, analista de Montesinos, Cavagnaro escribió varias de las resoluciones referidas al caso Ivcher bajo el dictado de Pedro Huertas y del propio Vladimiro Montesinos en el SIN. Y quien fuera su secretaria cuando era procurador, Susana Oyarce, esposa del hermano de Agustín Mantilla, Jorge Luis, dijo que Cavagnaro recibió más de ciento cincuenta mil dólares que provendrían del dinero de Montesinos; María Silva Mezzich fue abogada del partido Aprista ante el Jurado Nacional de Elecciones.
Datos
Agustín Mantilla es juzgado por haber dirigido el autodenominado “Comando Rodrigo Franco” (CRF), organización criminal a la que se le responsabiliza del secuestro y asesinato de Manuel Federico Febres Flores y los dirigentes sociales Saúl Cantoral Huamani y Consuelo García Santa Cruz. Además, de los asesinatos de Miguel Pasache Vidal y Sócrates Porta Solano. Cabe recordar que APRODEH es representante legal de la parte civil en este proceso.
Los miembros del Comando Rodrigo Franco, implicados en el proceso como autores inmediatos son Jesús Miguel Ríos Saenz, Walter Elías Lauri Morales y Walter Elias Ruiz Miyasato, Jorge Mauro Huamán Alacute, Enrique Melgar Moscoso, Carlos Rogelio Farfán Yacila, Oscar Exequiel Urbina Sandoval, Gino Fiori Gonzáles.
Caso Rodrigo Franco: Sala declaró infundado recurso para retirar término lesa humanidad
José Abanto Verástegui, abogado principal de Agustín Mantilla, fue asesor del aprista Luis Alva Castro y ex gerente de la compañía de Exploraciones Algamarca S.A, una empresa del clan de los hermanos Sánchez Paredes (Fotografía M. Rodríguez)La Sala Penal Nacional declaró infundado hoy el recurso presentado por la defensa del ex ministro del Interior Agustín Mantilla para que se retire el término lesa humanidad de la acusación por los asesinatos de un grupo de dirigentes sindicales cometidos por el Comando Rodrigo Franco en el primer lustro aprista.
El tribunal consideró que la condición de lesa humanidad se establecerá mediante avance el proceso. Además, el colegiado rechazó otros pedidos hechos por los coprocesados. Uno para que el caso sea declarado prescrito, porque ha pasado 25 años desde los crímenes que se les imputa.
Y el segundo, en que pedían que la nulidad de la declaración de complejo del proceso, tampoco fue admitida. La audiencia contra Mantilla y los integrantes del supuesto comando Rodrigo Franco fue suspendida y reprogramada para el lunes 10 de junio.
El ex ministro del Interior aprista se fue de la Sala Penal Nacional sin declarar a la prensa.
La fiscalía ha solicitado que Mantilla y sus coprocesados sean condenados a 25 años de prisión por los presuntos delitos de secuestro y homicidio calificado contra cinco personas.
Como parte de una clara maniobra mediática para promover su indulto, Alberto Fujimori envió un audio a través de RPP Noticias, aduciendo que su salud es de “pronóstico reservado” y que su encierro se trata de un “(…) cuasi aislamiento celular y con régimen de silencio obligado”. Sin embargo, el INPE ha demostrado que entre noviembre de 2012 y enero de 2013 Fujimori ha recibido a 80 congresistas en la DIROES, lo cual estaría contradiciendo lo vertido sobre su supuesto aislamiento.
El audio ha generado el rechazo de sectores del gobierno y la sociedad civil, tales como el Ministro de Interior Wilfredo Pedraza, el ex Fiscal Supremo Avelino Guillén y la ong Aprodeh.
Al respecto, les alcanzamos las declaraciones de Jo-Marie Burt, Directora del Proyecto Juicios por Derechos Humanos en Perú y Asesora Principal de WOLA, recogidas hace 2 semanas por diversos diarios locales, donde indica que Fujimori no reúne los requisitos suficientes para ser beneficiario del indulto humanitario.
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WOLA: Las condiciones para un indulto a Alberto Fujimori no están dadas
Jo-Marie Burt pidió a los seguidores fujimoristas y a su familia dejar de presionar por esta gracia presidencial y reflexionar sobre el pedir perdón a las víctimas.
La Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) refirió que no existen elementos que justifiquen realmente el otorgamiento del indulto humanitario solicitado por la familia de Alberto Fujimori a favor del sentenciado expresidente.
La asesora principal de este organismo, Jo-Marie Burt, precisó que un indulto solo se otorga a los presos que están en un estado de salud grave y que sus condiciones de encarcelación no son las adecuadas para seguir con el tratamiento médico. En el caso de Fujimori, estos requerimientos no se cumplen.
Consideró que un eventual indulto humanitario propiciaría una condena moral a nivel nacional e internacional, sin embargo, mostró su confianza en que esta gracia presidencial no será dada.
“Vemos que el Gobierno peruano tiene claro que las condiciones para un indulto no están dadas”, manifestó a la Agencia Andina.
Al ser consultada por el internamiento de urgencia del exgobernante en una clínica local por un cuadro de gastritis, afirmó que no se trata de una enfermedad grave y que puede ser tratada médicamente sin poner en riesgo su salud.
Explicó que existe una fuerte presión por parte de la familia y los seguidores fujimoristas para que se otorgue este indulto. Asimismo, les exhortó que acepten la condena que pesa sobre él, porque no está por encima de la ley.
“Lo que tendrían que hacer es pensar por qué él está donde está, revisar lo que hizo y reflexionar, pedir perdón a las víctimas. […] También deberían aceptar la condena como cualquier persona, pero siguen creyendo que Fujimori no debe responder a la ley, que está por encima de la ley, y eso no es verdad”, concluyó.
Recuerdan que los indultos solo son para casos graves
El ex mandatario Alberto Fujimori no reúne las condiciones necesarias que justifiquen la viabilidad de un indulto humanitario, según la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA).
“El indulto solo se otorga a reos en grave estado de salud y cuando las condiciones carcelarias no son adecuadas para su tratamiento médico. No ha sido el caso hasta ahora del señor Fujimori”, aclaró Jo-Marie Burt, asesora principal de WOLA, quien agregó que de otorgar la gracia presidencial al líder fujimorista se podría generar una condena moral a nivel nacional e internacional.
Sin embargo, Burt agregó que confía en que el gobierno peruano no concederá el indulto para el encarcelado ex presidente, debido a que está claro que no están dadas las condiciones como para otorgarle un beneficio de esa magnitud.
Cabe recordar que Alberto Fujimori fue dado de alta ayer luego de permanecer internado en una clínica local por habérsele presentado un cuadro de gastritis aguda, lo cual para el WOLA no es considerado como una enfermedad que ponga en riesgo la salud.
Por otro lado, Jo-Marie Burt criticó el hecho de que la familia y los seguidores de Alberto Fujimori ejerzan una fuerte presión para que este sea beneficiado con la gracia presidencial.
“Lo que tendrían que hacer es pensar por qué él está donde está, revisar lo que hizo y reflexionar, pedir perdón a las víctimas”, sentenció la autoridad del WOLA.
WOLA: no hay ningún elemento que justifique otorgar indulto a Fujimori
La Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) consideró hoy que hasta la fecha no existen elementos que justifiquen realmente el otorgamiento del indulto al sentenciado expresidente Alberto Fujimori (1990-2000).
Jo-Marie Burt, asesora principal de WOLA, dijo que “el indulto solo se otorga a los reos en grave estado de salud y cuando las condiciones carcelarias no son las adecuadas para su tratamiento médico. No ha sido el caso hasta ahora del señor Fujimori”.
En su opinión, un eventual indulto humanitario propiciaría una condena moral a nivel nacional e internacional, pero expresó su confianza en que esta gracia presidencial no se dará.
“Vemos que el gobierno peruano tiene claro que las condiciones para un indulto no están dadas”, estimó.
Respecto a la depresión atribuida al exmandatario -quien fue internado esta semana por un cuadro de gastritis- consideró que no se trata de una enfermedad grave y que puede ser tratada médicamente sin poner en riesgo su salud.
Consideró que existe una fuerte presión de la familia y los seguidores de Fujimori para que este reciba la gracia presidencial.
“Lo que tendrían que hacer es pensar por qué él está donde está, revisar lo que hizo y reflexionar, pedir perdón a las víctimas”, indicó.
“También deberían aceptar la condena como cualquier persona, pero siguen creyendo que Fujimori no debe responder a la ley, que está por encima de la ley, y eso no es verdad”, añadió.
La asesora de WOLA recordó que la condena de 25 años de prisión por corrupción y delitos de lesa humanidad que pesa sobre el expresidente se dio en un juicio donde se probó su culpabilidad.
La Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) consideró que, a la fecha, no existen elementos que justifiquen realmente el otorgamiento del indulto al sentenciado expresidente Alberto Fujimori (1990-2000).
OFICINA EN WASHINGTON PARA ASUNTOS LATINOAMERICANOS”
Jo-Marie Burt, asesora principal de WOLA, recalcó que “el indulto solo se otorga a los reos en grave estado de salud y cuando las condiciones carcelarias no son las adecuadas para su tratamiento médico.
No ha sido el caso hasta ahora del señor Fujimori”.
El Segundo Juzgado Penal Nacional del Poder Judicial declaró improcedente el beneficio de semilibertad solicitado por el coronel (r) de la Policía Nacional del Perú (PNP) Juan Carlos Mejía León, condenado por el delito contra la humanidad-desaparición forzada en agravio del estudiante universitario Ernesto Rafael Castillo Páez el 21 de octubre de 1990.
La resolución emitida por el referido juzgado sostiene que si bien el procesado puede solicitar dicho beneficio, este no le puede ser concedido al tener en cuenta la gravedad de los hechos por los que fue condenado, y porque hasta la actualidad no se ha ubicado el paradero del agraviado.
Asimismo, el sentenciado ha mostrado poco interés en el pago de la reparación civil, debido a que solo abonó la suma de 2 mil 600 soles de los 30 mil que debía pagar a favor de los familiares del agraviado.
Por ello, el Juzgado consideró pertinente que el pago íntegro de la reparación civil resulta importante, ya que con ello el interno demuestra su real arrepentimiento por el delito cometido y cobra conciencia sobre de su situación jurídica.
En el 2006, la Sala Penal Nacional condenó a Mejía León a 16 años de prisión, pena que vencerá el 19 de marzo del 2022.
Cumplidos 10 años desde la publicación del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), que determinó más de 73 casos de graves violaciones a los Derechos Humanos (DDHH) entre los años 1980 y 2000, las principales organizaciones de defensa de los familiares de las víctimas denuncian que instancias gubernamentales como el Poder Judicial (PJ) y el Ministerio de Defensa han tomado una actitud que parece destinada a dejar impunes los casos de desapariciones forzadas y demás atrocidades perpetrados, sobre todo, por el propio Estado.
Acusan interferencia política en juicios por violaciones a los Derechos Humanos, la mayoría de ellas ocurridas en los gobiernos de Alan García y Alberto Fujimori.La investigación de la CVR no fue poca cosa. Finalizada la década de dictadura fujimontesinista, y a lo largo de 2 años, se recogió para la investigación el testimonio de 16 mil 985 personas, y se organizaron 21 audiencias a las que asistieron más de 9500 familiares y víctimas de la violencia, así como entrevistas a los implicados y testigos.
De los 73 casos registrados –muchos de los cuales eran tan complejos que implicarían más de un juicio adicional–, la CVR recomendó en su informe final la judicialización de 47 de ellos, recomendando justicia, reparaciones a las víctimas y la aplicación de reformas de Estado para evitar que esa tragedia vivida se volviera a repetir.
La otra cara de la moneda es cómo se han llevado hasta hoy esos juicios, sobre todo en la controvertida Sala Penal Nacional, que ha llevado 37 casos, 22 de ellos con fallo absolutorio.
Otra muestra de que la impunidad se está convirtiendo en moneda corriente en los juicios por esos crímenes es el trabajo de la investigadora de Human Rights, Jo-Marie Burt, que apunta que de 49 casos abiertos en el PJ –que implican a 211 víctimas–, se han emitido 28 fallos absolutorios.
Asimismo, se dieron 15 veredictos mixtos –considerando que algunos implicados eran culpables, otros inocentes y algunos no habidos– y, a pesar de las pruebas recogidas por la CVR y por los propios abogados de las víctimas y sus familias, solo 5 fallos condenatorios.
“IMPUNIDAD”
Si bien cabe acotar que muchas de ellas han sido apeladas, y otras se encuentran en segunda o tercera instancia, para el abogado Carlos Rivera, del Instituto de Defensa Legal (IDL), estas alarmantes cifras solo tendrían una explicación.
“No ha sido solo el número de sentencias condenatorias y absolutorias, pese a que la mayoría hasta ahora pertenece a este último grupo. Al reparar en el contenido de los veredictos se descubre que son una suerte de alegatos a favor de la impunidad”, afirma.
“Ante esta realidad, solo podemos dar una explicación política al asunto. Por el lado jurídico, ya no se puede”, agrega.
SON PERSONAS NO CIFRAS
A las organizaciones a favor de los Derechos Humanos no les falta razón en sus reclamos. Revisando la lista de los 49 procesos llevados hasta ahora en el PJ –que aparece en el informe de Jo-Marie Burt– diario 16 descubrió que de los 28 casos que tuvieron veredictos absolutorios 16 pertenecen a crímenes cometidos en el gobierno de Fujimori (1990-2000), y 11 al primer gobierno de Alan García (1985-1990).
En los fallos mixtos, tampoco les fue mal a las gestiones de Fujimori y García. De los 15 que se emitieron, el período fujimorista obtuvo 12 sentencias de ese tipo, mientras que el primer gobierno aprista, 3.
“La segunda llegada de Alan García al poder significó un cambio en el criterio de valoración de los casos que se llevaban en el PJ. Él abogó por los militares acusados de violaciones a los derechos humanos, hizo que el Ministerio de Defensa pagara los abogados de militares acusados de crímenes, e incluso lamentó que haya una ‘persecución’ contra ellos”, explica Rivera al respecto.
Y es cierto. En setiembre del 2010, Alan García emite el Decreto Legislativo Nº 1097, que señalaba que los delitos de lesa humanidad sólo podían ser considerados como tales desde 2003, cuando el Perú suscribió acuerdos internacionales en la materia.
Este decreto, finalmente derogado por presiones de instituciones de defensa de los Derechos Humanos y por el Congreso, en la práctica permitía que los crímenes cometidos por militares y policías antes de esa fecha gozaran del beneficio de la prescripción, entre ellos quienes actualmente luchan por que prescriban sus crímenes: el Comando Rodrigo Franco y su fundador, el exministro del interior de García, Agustín Mantilla.
“Además, cuando en el segundo gobierno aprista se acusa a los jueces de ser ‘subsidiados por las ONG’, estos se sensibilizaron y empezaron a actuar en consecuencia”, agrega Rivera, dando paso, en el tema judicial, a la abogada Gloria Cano, de Aprodeh.
El padre del desaparecido estudiante Ernesto Castillo Paéz denunció ante la Corte Interamericana de derechos humanos (CIDH) la semilibertad otorgada a los exPolicías Manuel Santiago Arotuma y Juan Fernando Aragón, condenados a 15 años de cárcel por el secuestro y la desaparición del joven universitario.
Fotografía de La Primera: Plantón realizado por la Coordinadora Contra la Impunidad (CCI) el día 22 de mayo, en el frontis del Poder Judicial, en rechazo a la semilibertad de los implicados en la desaparición forzada de Ernesto Castillo PáezCronwell Castillo, padre del estudiante desaparecido, envió una carta a la Corte sobre impunidad de cuatro policías responsables.”
AGRAVANTE Los cuatro expolicías hallados culpables se rehusaron a informar dónde están los restos de Ernesto Castillo Páez, pese a que la sentencia de la CIDH ordena que sean ubicados para su sepultura.
Cronwell Castillo, dijo a LA PRIMERA haber enviado una carta a la CIDH “haciendo ver que están violando la sentencia porque establece que para delitos de lesa humanidad no debe haber beneficios”. La iniciativa se suma a un plantón realizado el último miércoles por familiares de Castillo Páez e integrantes del Colectivo Contra la Impunidad, para exigir al Poder Judicial que revoque esta polémica decisión; y para que tampoco otorguen el beneficio a Juan Carlos Mejía León, otro de los condenados por el crimen cometido en 1990. Informó que la Sala Penal Nacional programó para el jueves una audiencia para tratar el pedido de semilibertad de Mejía León, quien dirigió la operación en la que Castillo fue detenido. Según fuentes no oficiales, él fue quien ordenó el traslado de Castillo Páez a otra comisaría. Cronwell Castillo indicó además que los jueces Marco Cerna Bazán, María Vidal La Rosa Sánchez, Teófilo Armando Salvador Neyra y Enma Rosaura Benavides Vargas habrían ignorado los continuos pedidos de la Fiscalía para que denieguen a los exPolicías el beneficio de semilibertad. “Ya denunciamos lo que ha pasado, no sé si habrá servido para algo. Mi abogado trató de hablar con el fiscal que iba a defender nuestra posición y que exigiría que se declare este pedido como improcedente”, detalló. La solicitud de los exPolicías condenados por secuestro y desaparición queda a voluntad de los jueces pese a la oposición de la Fiscalía. Dos de los cuatro culpables que pidieron acogerse a beneficios penitenciarios se encuentran libres y un tercero podría ser liberado en los próximos días.
Tras 24 años del asesinato de los dirigentes mineros Saúl Cantoral y Consuelo García, iniciará hoy el juicio contra los implicados del comando Rodrigo Franco: Agustín Mantilla, Franco Jesús Ríos (alias ‘Chito Ríos’), Jorge Huamán, Enrique Melgar y Carlos Farfán
Según el Informe Final CVR, Cantoral había sido secuestrado y torturado en dos ocasiones anteriores a su asesinato, por miembros del comando Rodrigo Franco.
La Fiscalía ha pedido para los acusados 25 años de prisión por la presunta comisión de los delitos de secuestro y homicidio por los casos Cantoral y García, y también por la ejecución extrajudicial de los estudiantes Luis Miguel Pasache Vidal y Javier Porta Solano, así como del abogado Manuel Febres Flores. Para la Fiscalía, se tratarían de crímenes de lesa humanidad.
El inicio del juicio es el día de hoy a las 11.00 am. en la Sala Penal Nacional. La parte civil será representada por APRODEH.
… … …
A las 8 de la mañana, la Sala Penal Nacional dará inicio al juicio contra el ex ministro del Interior, Agustín Mantilla, y los presuntos integrantes del Comando Rodrigo Franco por crímenes de lesa humanidad perpetrados durante el primer gobierno aprista (1985-1990).
El fiscal Luis Landa sustentará ante el tribunal presidido por la jueza Inés Villa Bonilla su acusación contra los imputados por el secuestro y desaparición de los dirigentes Saúl Cantoral y Consuelo García en 1989. Además, se les encuentra responsables de las ejecuciones extrajudiciales contra miembros del MRTA.
En la acusación fiscal, Mantilla está imputado como coautor del delito de lesa humanidad, por supuestamente haber creado el Comando Rodrigo Franco y coordinado con este las eliminaciones selectivas.
Jesús Ríos Sáenz, Jorge Huamán Alacute, Enrique Melgar Moscoso, Carlos Farfán Yacila, Oscar Urbina Sandoval, Gino Fiori González y Walter Lauri Morales son también acusados por este caso, por presuntamente pertenecer al grupo paramilitar. También estará Juan Pampa Quilla como cómplice primario. Contra ellos, el fiscal Luis Landa pedirá 25 años de cárcel y el pago de una reparación civil de 200 mil soles.
El ex presidente Alan García sería citado como testigo por este caso.
Para asombro y repudio de la sociedad que reclama constantemente al Poder Judicial que aplique la ley con contundencia contra quienes cometen crímenes de lesa humanidad y de entre ellos el de mayor ferocidad como es el de la desaparición forzada, la SALA PENAL NACIONAL(SPN) ha concedido hasta hoy el beneficio penitenciario de semilibertad a dos de los cuatro policías que fueron condenados, tres a 15 años y uno a 16 años de pena privativa de libertad, como responsables de la detención y desaparición del estudiante universitario Ernesto Rafael Castillo Páez.
Por determinación de los siguientes jueces integrantes de esta Sala:
Marco Cerna Bazán,
María Vidal La Rosa Sánchez,
Teófilo Armando Salvador Neyra
Enma Rosaura Benavides Vargas.
La SPN después de que los familiares durante un largo proceso de 16 años denunciaran al Estado como responsable de la comisión de este cruel delito, emitió su sentencia condenatoria contra cuatro de los 16 policías acusados, el 20 de marzo de 2006, comprendiendo, aparte de los dos antes mencionados,a:
Carlos Manuel Depaz Briones, y
Juan Carlos Mejía León,
A excepción de Mejía, que fue sentenciado a 16 años de cárcel, con vencimiento el 19 de marzo del 2022,los otros policías sólo recibieron 15 años, a cumplirlos hasta el 19 de marzo del 2021.
El reo Manuel Santiago Arotuma salió en libertad condicional el 15 de febrero del 2012, y al sentenciado Juan Fernando Aragón Guibovich lo liberaron el 13 de julio del 2012.
Se encuentra en proceso avanzado para obtener este beneficio el del principal sentenciado, ex-Crnl. PNP Juan Carlos Mejía León para quien ya la SPN ha fijado llevar a cabo una Audiencia Previa de Beneficio Penitenciario, para el próximo jueves 23 de mayo en el penal Miguel Castro Castro.
Respecto del otro reo, Carlos De Paz, suponemos que también ha solicitado el mismo beneficio pero su expediente aún no ha regresado a la SPN.
Merece atención especial el destacado papel ejercido por la Fiscalía de la Nación cuyos representantes en todo momento se han opuesto a los recursos presentados por los reos reclamando este beneficio, estableciendo que no les corresponde, pero la SPN ignoró sus argumentos y convalidó con sus sentencias esta violación al imperio de la justicia en nuestro país, dejando de esta manera el camino abierto a la impunidad descaradamente.
No debemos dejar que prospere semejante situación, y nuestra primera reacción debe ser el denunciar ante la opinión pública este grave atentado contra el derecho de acceso a la justicia en casos de graves violaciones de derechos humanos, por culpa de este Tribunal que ha equivocado frontalmente su misión.
FAMILIA CASTILLO PÁEZ
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PJ evalúa libertad de policía que desapareció a estudiante
El próximo jueves 23, el Juzgado Supraprovincial Penal del Poder Judicial le ha concedido una audiencia al principal involucrado en este caso, el ex coronel PNP Juan Carlos Mejía León, quien recibió sentencia de 16 años de prisión, para decidir si se le otorga el beneficio penitenciario.
Este hecho ha puesto en alerta a los padres de la víctima, puesto que fue Mejía León quien dirigió el operativo para detener y desaparecer a su hijo. Además, en el 2012 la Sala Penal Nacional ya otorgó semilibertad a los policías sentenciados Manuel Arotuma Valdivia y Juan Aragón Guibovich.
Al respecto, Cromwell Castillo, padre de la víctima, cuestionó la flexibilidad que el PJ está teniendo en este caso, ya que está demostrado que fueron los cuatro policías quienes detuvieron al joven en octubre de 1990 y desde entonces no han develado dónde se encuentra el cuerpo de su hijo.
“Estoy muy decepcionado de la justicia en el Perú. Cómo es posible que cuando todavía no se ha terminado la investigación empiecen a salir en libertad los culpables sin ni siquiera culminar su condena en prisión”, cuestionó Castillo.
Recordó que existe una sentencia definitiva de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) en la que ordena el juzgamientos de los efectivos y una sentencia del 2006 que los encuentra culpables de la detención y desaparición del entonces estudiantes de la Universidad Católica.
RECONOCIÓ DELITO
En opinión del abogado de la familia, Carlos Rivera, el Poder Judicial habría concedido de manera “ilegal e irregular” la semilibertad de los involucrados.
Por lo que concederle el beneficio a Mejía León sería un hecho sin precedentes y que violaría las propias leyes del PJ.
“Existe una declaración del propio ex coronel al psicólogo del INPE en la que reconoce su culpabilidad en la desaparición de Ernesto, y ello es una prueba importante en el caso”, dice Rivera.
El letrado afirma que impugnarán una decisión favorable de dicha instancia que beneficie al condenado, porque aún no ha culminado el proceso penal. Asimismo, refirió que el Ministerio Público ya emitió un cuestionamiento en torno a los fallos del PJ en este caso.
Izq. . Der.: Wilmer Yarlequé, ex agente del grupo Colina.
TC rechazó pedido para excarcelar al ex presidente Alberto Fujimori
Por Gabriel Mazzei
El Tribunal Constitucional declaró improcedente recurso de hábeas corpus que buscaba anular la condena del ex presidente Alberto Fujimori de 25 años por delitos de lesa humanidad y ponerlo en libertad.
Alberto Fujimori y última misiva enviada desde la DIROESLa demanda fue presentada por el militar en retiro Gregorio Parco Alarcón, quien aducía que Fujimori debía ser excarcelado por su edad, por las condiciones del centro penitenciario donde está recluido.
En su solicitud, afirma que Fujimori se encuentra preso en la Base Naval del Callao “por orden judicial”, pero ignora u omite que el ex mandatario cumple prisión en la Diroes, desde que fue extraditado para ser juzgado por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema.
Además, el abogado argumentaba que Fujimori, en su opinión, ya no representa un peligro para la sociedad.
El TC estableció que “mediante el hábeas corpus correctivo no se puede pretender que se disponga la libertad del condenado, esto es la excarcelación, como si la condena judicial hubiera sido cumplida o aquella no surtiese efecto”.
Además, advierte que al dictar sentencia el tribunal no establece en cuál de los centros de reclusión se cumplirá la sentencia, pues eso es una facultad del INPE.
Una carta más
Mientras tanto, Fujimori volvió a enviar una misiva a un medio de comunicación, en donde asegura que existen intereses que buscan que no se le otorgue el indulto humanitario.
“La evaluación se llevó a cabo el 22 de febrero. La comisión también visitó el Penal Barbadillo, donde permanezco en silencio y aislado cuatro días a la semana”, dijo en la carta titulada “Memorias desde mi encierro #6”. “Las dilaciones inexplicables me llevan a pensar que hay intereses que buscarían que la comisión se pronuncie desfavorablemente”, agrega Fujimori.
Ex agente del grupo Colina Wilmer Yarlequé continuará en prisión
Wilmer Yarlequé, ex agente del grupo ColinaEl Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda de amparo presentada por la defensa de Wilmer Yarlequé Ordinola, ex integrante del Grupo Colina, quien viene cumpliendo condena por los delitos de homicidio calificado, secuestro agravado y desaparición forzada.
El TC resolvió rechazar la demanda, porque los fundamentos que la sustentan no están referidos en forma concreta al contenido constitucional y por no ser atribución de ese organismo sustituir a la justicia ordinaria.
Además, este organismo rechazó las demandas de hábeas corpus presentadas por la defensa de Julio Salazar Monroe, ex jefe nominal del SIN, y de Juan Briones Dávila, ministro fujimorista.
Las resoluciones del TC no contaron con la firma del magistrado Ricardo Beaumont, a quien el Tribunal decidió vacar por haber presentado su carta de renuncia.