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Caso Barrios Altos: Suprema anulará fallo de Villa Stein

El Poder Judicial reestructuraría las Salas Penales de la Corte Suprema a fin de dar cumplimiento a la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanossobre la matanza de Barrios Altos, El Santa y Pedro Yauri.

Para ello, y de acuerdo con el procedimiento, se espera la notificación oficial, vía laCancillería y el Ministerio de Justicia, de la resolución emitida por la Corte IDH que exige anular la ejecutoria suprema del 20 de julio pasado sobre el caso Barrios Altos.

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© La Mula© La MulaEn ese momento, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, con los nuevos integrantes, procederá a anular el veredicto.

No habría impedimento legal para reestructurar el tribunal. De hecho, no fueron todos los miembros titulares de ese tribunal los que revisaron la condena al grupo Colina. Dos de ellos fueron recusados y se llamó a jueces de otras salas.

La Sala Penal Permanente es presidida por Javier Villa Stein y la integran Duberly Rodríguez, Josué Pariona Pastrana, Jorge Salas Arenas y José Neyra Flores. El único que no estaría de acuerdo en anular la sentencia de julio sería Villa Stein.

La otra alternativa para anular la resolución del 20 de julio es que se resuelva el amparo que propuso el Ejecutivo, lo cual solo dilataría el asunto, pero al final se tendría que hacer lo mismo.

Para anular el fallo de Villa Stein por la misma Corte Suprema o por el amparo, se utilizará el mismo sustento o argumento: la resolución de la Corte IDH a la que el Perú está sometido por el Pacto de San José de Costa Rica.

Dicha resolución estableció que el fallo de Villa Stein es contradictorio con otras sentencias de la Corte Suprema que consideraron a los crímenes del grupo Colina como crímenes de lesa humanidad en agravio de la población civil.

NUEVA AUDIENCIA

Luego, en el mismo acto de anulación de la sentencia de julio, se dispondrá que el expediente pase a otra Sala Penal para que se vuelva a revisar la condena al ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos y el grupo Colina por las matanzas de Barrios Altos, Pedro Yauri y el Santa.

La sentencia que expidió la Sala Penal Especial de Lima el 1° de octubre del 2010 contra el grupo Colina cobraría nueva vigencia y tendrá que volver a ser revisado, pues en su oportunidad fue apelado por los condenados.

El coronel EP (r) Alberto Pinto Cárdenas, condenado a 15 años de prisión el 2010, y absuelto en el fallo de Stein, tendría que regresar a prisión, mientras se vuelve a revisar su situación jurídica.

NO HAY INTROMISIÓN

En tanto, el viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, José Ávila, rechazó que la resolución de la Corte Interamericana sea una intromisión en nuestro sistema judicial y que, por ello, el Perú deba apartarse de dicho tribunal internacional.

Ávila resaltó la posición del presidente de la Corte Suprema, César San Martín, a favor de cumplir con lo resuelto por el tribunal internacional.

“Las declaraciones del magistrado supremo Javier Villa Stein las respetamos, pero definitivamente no las compartimos. Creo que la opinión pública tiene que valorar la posición que ha fijado el doctor César San Martín, la de un presidente del Poder Judicial de un país respetuoso y creo que eso es lo que debemos hacer caso, esa es la posición seria, respetuosa del Sistema Interamericano”, declaró Ávila.

Igualmente rechazó algunas propuestas, como la del ex ministro de Defensa Rafael Rey para retirarnos de la Corte. “No podemos negar al ciudadano de a pie recurrir a tribunales internacionales cuando no tenemos justicia en el país. Ese es un derecho importantísimo y del siglo XXI”, explicó.

“Tomar la decisión de retirarnos del Sistema Interamericano –continúo Ávila– es prácticamente cortar y anular esa posición que tenemos los ciudadanos de recurrir a la jurisdicción supranacional”.

El viceministro anotó que, independiente de las acciones que desarrolle la Corte Suprema de Justicia, el procurador supranacional pondrá en conocimiento del juez que ve el amparo la resolución de la jurisdicción supranacional para que la tome en cuenta al momento de resolver.

“Se va a presentar esta sentencia formalmente al juez que conoce el amparo y, evidentemente, él tendrá que hacer un análisis de contexto, y ver todos estos elementos y el propio contenido de la sentencia de la Corte”, concluyó.

EL PERÚ ACATARÁ RESOLUCIÓN

El presidente de Perú, Ollanta Humala, confirmó ayer que su país acatará resolución de Corte IDH que ordenó corregir una sentencia que redujo condenas a los autores de matanza de Barrios Altos.

Publicado en La República, el 26 de setiembre de 2012

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Caso Barrios Altos: Presidente Humala asegura que Perú cumplirá con fallo de Corte IDH sobre Grupo Colina

Presidente Humala aseguró que Perú cumplirá con fallo Corte IDH sobre Grupo Colina

El presidente de la República, Ollanta Humala, aseguró que, como Estado, el Perú cumplirá con la sentencia de la Corte IDH que pide anular la reducción de condena a los integrantes del grupo Colina, por el caso de Barrios Altos.

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“Estamos dentro de un sistema internacional que reconoce la Corte de Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Si uno reconoce como instancia superior debe cumplir como Estado“, dijo el mandatario en comunicación con TV Perú.

Consultado sobre una supuesta intromisión de la Corte de San José en asuntos internos del Perú, el jefe de Estado dijo que “todos tienen derecho a criticar. Y a mí me parece que un fallo polémico da este tipo de cosas”, refiriéndose a la sentencia de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por Javier Villa Stein.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al Estado peruano anular el fallo de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que reduce las penas de los integrantes del grupo Colina, en el caso de la matanza de Barrios Altos, que favoreció también a Vladimiro Montesinos.

 

Publicado por El Comercio, 25 de setiembre de 2012

 

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Presidente del Poder Judicial Sugiere que la Sala Villa Stein anule su propio falle en el caso Barrios Altos

La resolución de la Corte IDH que dispone se corrija la sentencia que favorece a los miembros de Colina se deberá cumplir porque de lo contrario se comete un delito, consideró hoy el titular del Poder Judicial, César San Martín.

“Desde luego la opinión del Poder Judicial, al que represento, es jurídica. Estamos integrados al Sistema Interamericano de protección de Derechos Humanos y las decisiones a las que libremente nos hemos sometido de la Corte se cumplen sí o sí, y si no lo hacemos cometemos delito, en eso sí soy mucho más enfático”, manifestó en Radio San Borja.

DOS ALTERNATIVAS

San Martín explicó que para dar cumplimiento a la resolución de ese organismo supranacional, resultaría mucho más expeditivo y razonable que la propia Sala Penal Permanente, que preside Javier Villa Stein, anule su propio fallo y que convoque a los nuevo vocales que revisarán el Caso Barrios Altos.

Mencionó que la otra opción, y que plantea la corte, es a través del amparo presentado por el Ejecutivo contra el fallo de la sala Villa Stein.

“Con independencia, la sala [Penal Permanente] la integran cinco jueces, y los cinco jueces deben decir y si esa sala opta por no hacerlo, […] sencillamente está pendiente la acción de amparo”, opinó.

 

Publicado por El Comercio, 25 de septiembre de 2012

 

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Corte Interamerican enterró con esta resolución lo que ya era cadáver jurídico

Como una situación altamente previsible y que evita condiciones de impunidad calificaron el ex ministro de Justicia Víctor García Toma y el ex fiscal del Caso Fujimori, Avelino Guillén, al pronunciamiento de la Corte IDH que exige la aulación del fallo a favor del Grupo Colina emitido por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, en julio último.

En diálogo con elcomercio.pe, Guillén indicó que la sentencia de la sala encabezada por el vocal Javier Villa Stein permitía, por ejemplo, impunidad en caso de asociación ilícita para delinquir. “Esa es la situación que la Corte IDH ha advertido y es por eso que ha dictado la resolución de supervisión, porque al quitarse la calificación de lesa humanidad a la matanza de Barrios Altos había la posibilidad que se den casos de prescripción en ese tipo de delitos”, señaló.

“La sentencia de la Corte IDH dice que el fallo de Villa Stein es incompatible con la Convención Americana de DD.HH. En tal sentido concuerdo con el fallo del tribunal internacional”, acotó.

El ex fiscal refirió que la Corte de San José abre con este veredicto un “compás de espera y vigilancia” hasta que se resuelva la acción de amparo presentada en contra del fallo que reduce penas al grupo Colina y le quita la denominación de lesa humanidad a la matanza de Barrios Altos.

La Corte abre un compás de espera hasta enero del 2013. Ahí debe resolverse la acción de amparo. Por el momento, la sentencia de la sala Villa Stein no pierde vigencia sino que se mantiene. La Corte de San José no puede invadir nuestro fuero interno, es decir, no puede anular la sentencia, pero permanecerá vigilante a ver qué se resuelve”, manifestó”.

Por su parte, García Toma detalló que el tribunal internacional ha “enterrado” con este fallo lo que era ya un “cadáver jurídico” pues la sala de Javier Villa Stein había incurrido en un error grosero que no debía ser corregido. Sobre el particular, precisó a elcomercio.pe: “Si ya la propia Corte IDH había calificado estos hechos como crímenes de lesa humanidad, y le había asignado la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de su sentencia en los términos que dispuso, no iba a aceptar un fallo (de la sala de Villa Stein) que contravenía esto. Ha sido la crónica de una muerte anunciada”.

En tanto, el abogado del Instituto de Defensa Legal Carlos Rivera refirió que no hay otra interpretación para la resolución expedida hoy por la Corte IDH, que “la búsqueda de un mecanismo para que el Poder Judicial emita un nuevo fallo en el caso Barrios Altos de acuerdo con los estándares del derecho internacional”.

“EX JEFE DEL SIE DEBE VOLVER A PRISIÓN”

Finalmente, el ex procurador anticorrupción Ronald Gamarra consideró que la resolución de la Corte IDH es “razonada y absolutamente esperada” por cuanto la sentencia pro Colina dictada por la sala de Javier Villa Stein no era consecuente con la jurisprudencia peruana interna y la presentada ante el tribunal internacional.

“La Corte dice que la actuación del grupo Colina fue indiscriminada contra la población civil y que esa práctica se dio en un contexto sistemático, es decir que generó crímenes de lesa humanidad. Cuestiona los argumentos centrales de la sentencia Villa Stein“, explicó.

Subrayó además que, sobre la base de la resolución de la Corte IDH, el Estado debe declarar nula la sentencia del vocal Villa Stein. “Así cobrará vigencia el fallo emitido por la Sala Penal de la Corte Superior de Lima que impuso penas más graves a los del grupo Colina, y que sostuvo que sus crímenes eran de lesa humanidad”, dijo.

Gamarra señaló que al anularse lo dictado por la Sala Penal Permanente, el ex jefe del SIE, Alberto Pinto Cárdenas, quien quedó libre gracias al polémico fallo, debe volver a prisión. “Apenas se declare la nulidad de la sentencia Villa Stein, Pinto Cárdenas debe ser capturado por la policía”.

 

Publicado por El Comercio, 24 de septiembre de 2012

 

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Caso Barrios Altos: Corte Inateramericana publica Resolución sobre la sentencia Villa Stein

  • La Corte Interamericana de Derechos Humanos publicó una resolución, con fecha de 7 de septiembre de 2012, sobre el cumplimiento de la sentencia del caso de la masacre de Barrios Altos.

“Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 7 de setiembre de 2012. Caso Barrios Altos vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia.” 
Enlace original / En nuestro sitio

El comunicado de prensa de la Corte IDH sobre la resolución:

COMUNICADO DE PRENSA SOBRE RESOLUCIÓN DE SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA EN EL CASO BARRIOS ALTOS

San José, Costa Rica, 24 de septiembre de 2012.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió el 7 de septiembre una resolución sobre supervisión de cumplimiento de sentencia en el Caso Barrios Altos vs. Perú, en lo que atañe, específicamente, a la obligación de investigar los hechos. La resolución ha sido notificada el día de hoy.

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Al respecto, la Corte valora que Perú haya llevado a cabo avances importantes en el cumplimiento de la medida de reparación correspondiente al deber de investigar los hechos. Sin embargo, los representantes, el Estado y la Comisión coincidieron en manifestar que la Ejecutoria Suprema emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia el 20 de julio de 2012 es incompatible con los compromisos adquiridos por el Perú al ratificar la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A su vez, el Estado indicó que dicha decisión está siendo objeto de una demanda de amparo presentada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Como se expresa en la resolución, la Corte establece que si no se subsana esta incompatibilidad por medio de la acción de amparo ya interpuesta, la Ejecutoria Suprema del 20 de julio presentaría serios obstáculos para la consecución de la medida de reparación ordenada respecto al deber de investigar los hechos del presente caso. Entonces, de no subsanarse se mantendría la violación del derecho de las víctimas o sus familiares a obtener de los órganos competentes del Estado el esclarecimiento de los hechos violatorios, a través de la investigación, juzgamiento y sanción de todos los responsables.

A partir de las consideraciones de la Corte y la buena fe del Estado en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales, los tribunales internos están obligados a remover cualquier práctica, norma o institución procesal inadmisible en relación con el deber de investigar graves violaciones a los derechos humanos.

De este modo, si no se subsanan las causas que podrían generar impunidad, a través de los mecanismos internos disponibles y conducentes, se estaría incumpliendo con lo ordenado por este Tribunal. Es por ello que, de ser el caso, la Corte podrá emitir en su debida oportunidad un pronunciamiento sobre los efectos jurídicos de cualquier resolución dictada en el marco de las investigaciones del presente caso y mantendrá, en consecuencia, abierta la supervisión de dicha medida de reparación.

La composición de la Corte para esta resolución sobre supervisión de cumplimiento fue la siguiente: Manuel E. Ventura Robles (Costa Rica), Presidente en ejercicio; Leonardo A. Franco (Argentina); Margarette May Macaulay (Jamaica); Rhadys Abreu Blondet (República Dominicana); Alberto Pérez Pérez (Uruguay); y Eduardo Vio Grossi (Chile).

El Juez Diego García-Sayán, de nacionalidad peruana, no conoció el presente caso, de conformidad con los artículos 19.2 del Estatuto de la Corte y 19 del Reglamento de la Corte.

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Artículo de El Comercio sobre la sentencia:

Corte IDH ordenó al Perú anular fallo que favorece a Montesinos y miembros del grupo Colina

El tribunal internacional indicó en su resolución sobre la matanza de Barrios Altos que el Estado peruano tiene hasta el 20 de enero próximo para cumplir esta medida

Lima, 24 de septiembre de 2012 -La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al Estado peruano anular el fallo de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que reduce las penas de Vladimiro Montesinos y los integrantes del grupo Colina, que perpetraron la matanza de Barrios Altos, y que le retiró la calidad de crimen de lesa humanidad al caso.

Por medio de una resolución emitida el último 7 de setiembre, la Corte IDH señaló que el fallo, aprobado en julio último por el tribunal encabezado por Javier Villa Stein, “presentaría serios obstáculos para la consecución de la medida de reparación ordenada respecto al deber de investigar los hechos del presente caso”.

El organismo internacional recordó que el Perú es parte de la Convención Americana, en la que se compromete a respetar sus decisiones. En ese sentido, le da al Estado peruano hasta el 20 de enero del próximo año para cumplir con lo dispuesto en la última resolución, es decir, anular el fallo pro Colina y que emita una nueva que respete a las víctimas de Barrios Altos.

“Si no se subsanan las causas que podrían generar impunidad, a través de los mecanismos internos disponibles y conducentes, se estaría incumpliendo con lo ordenado por este Tribunal. Es por ello que, de ser el caso, la Corte podrá emitir en su debida oportunidad un pronunciamiento sobre los efectos jurídicos de cualquier resolución dictada en el marco de las investigaciones del presente caso y mantendrá, en consecuencia, abierta la supervisión de dicha medida de reparación”, señaló la Corte IDH en un comunicado.

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Para leer sobre la sentencia “Villa Stein”:

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Caso Barrios Altos: Corte IDH puso los elementos para que CNM aplique sanción contra Villa Stein

  • Corte señaló que fallo generó incumplimiento. Carlos Rivera Paz, abogado del IDL, comentó así la resolución emitida por este organismo supranacional respecto al caso Barrios Altos

Ideeleradio.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) está poniendo los elementos en el tapete para que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) aplique una sanción a raíz de la sentencia emitida en el caso Barrios Altos, que redujo las pena a los miembros del grupo Colina, afirmó Carlos Rivera Paz, abogado del IDL, al comentar la resolución emitida por este organismo supranacional que pide la nulidad del fallo.

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Fue al referirse a la investigación preliminar del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) contra los miembros de la Sala Penal Permanente, presidida por el vocal Javier Villa Stein, a raíz del polémico fallo que favoreció a los integrantes del destacamento Colina y anuló los delitos de lesa humanidad en las matanzas de Barrios Altos, El Santa y el asesinato del periodista Pedro Yauri.

“Creo que la Corte está poniendo sobre el tapete todos los elementos para que el Consejo Nacional de la Magistratura aplique una sanción. Aquí ya no hay ningún criterio de interpretación, simplemente la Corte está diciendo que esa resolución es la que está generando un incumplimiento de esas obligaciones y una responsabilidad internacional del Estado Peruano”, indicó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

“Eso no es gratuito, eso se debe al desconocimiento o a la intencionalidad política de algunos magistrados como Javier Villa Stein que han buscado lesionar el juzgamiento, el contenido de los fallos emitidos en el caso Barrios Altos y emitir fallos fuera del derecho como se advirtió desde un primer momento”, anotó.

Rivera Paz indicó que la resolución señala que la sentencia emitida el 20 de julio por la Sala Penal Permanente generó un incumplimiento de obligaciones internacionales y que, consecuentemente, ha generado impunidad de acuerdo al criterio y punto de vista de los jueces del tribunal internacional.

“Además acá se deja notar en el contenido de la resolución que hay un cuestionamiento de la independencia e imparcialidad de uno de los magistrados”, manifestó.

Al respecto, Rivera Paz informó que mañana martes se estará enviando una copia de la resolución emitida por el organismo supranacional al Consejo Nacional de la Magistratura para que pueda ser analizada respecto a las graves irregularidades que se cometieron en el caso.

“De seguro mañana mismo se estará haciendo llegar esta resolución de cumplimiento, para que el Consejo de la Magistratura pueda evaluar la dimensión y la gravedad de las irregularidades y las decisiones que la Sala de Villa Stein había emitido el 20 de julio”, mencionó.

Finalmente, consideró que la resolución emitida por la Corte Interamericana ha tomado en consideración la opinión del exprocurador supranacional Óscar Cubas, que fue emitida ante dicho ente. No obstante, aclaró que no se trata de un llamado de atención.

“La resolución de la Corte ha tomado en consideración la opinión del procurador Cubas. Para la Corte la posición es de cuestionamiento a la sentencia Villa Stein y por eso da cuenta inclusive de la acción de amparo. Hasta donde he podido revisar no hay un llamado de atención, en realidad la Corte no suele hacer ese tipo de cosas, pero sí asume que la posición del Estado es la expresado por el procurador Cubas”, finalizó.

Publicado en Ideeleradio, el 24 de septiembre de 2012

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APRODEH denuncia que nuevo fiscal de casos de DDHH es esposa de abogado de militares

La Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) ha denunciado que acaban de nombrar como fiscal de casos de derechos humanos en Ayacucho a Luisa Genoveva Palomina Bonilla, esposa de Arturo Conga Soto, abogado de varios militares actualmente acusados de graves violaciones de derechos humanos. Conga representa a tres de los acusados por el caso Los Cabitos, actualmente en juicio oral por la Sala Penal Nacional.

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Aquí la denuncia de APRODEH:

Designan como fiscal de casos de violaciones de DDHH a esposa de abogado de los militares acusados en dichos procesos

Juicio oral por el caso Los Cabitos en Huamanga, agosto de 2012. Arturo Conga está sentado a la extrema derecha de la foto en la mesa de los representantes de los acusados. Las dos personas sentadas de espalda son los imputados Edgar Paz Avendaño y Humberto Orbegozo Talavera, representados por el Sr. Conga (Foto de J. Burt)Juicio oral por el caso Los Cabitos en Huamanga, agosto de 2012. Arturo Conga está sentado a la extrema derecha de la foto en la mesa de los representantes de los acusados. Las dos personas sentadas de espalda son los imputados Edgar Paz Avendaño y Humberto Orbegozo Talavera, representados por el Sr. Conga (Foto de J. Burt)21 de setiembre de 2012

Por existir un conflicto de interés, la Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH, expresa su preocupación ante la designación de la señora Luisa Genoveva Palomino Bonilla a la Fiscalía Supraprovincial de Huancavelica con sede en Ayacucho, quien es esposa de Arturo Conga Soto, abogado de varios miembros y ex miembros del Ejército Peruano involucrados en denuncias y procesos judiciales contra los derechos humanos.

Palomino Bonilla, quien fue designada en reemplazo del doctor Juan Manuel Borja Roa, estaría encargada de varios casos de graves violaciones a los derechos humanos cuyos presuntos autores y/o partícipes son miembros de las fuerzas armadas, especialmente del Ejército del Perú, causas tan emblemáticas como Cabitos 84 entre otros.

APRODEH considera que existiría un conflicto de intereses entre la función del Ministerio Público, encargado de llevar a cabo una investigación adecuada e imparcial, y la representación legal de su cónyuge conforme lo citado. Cabe recordar el abogado Conga Soto, participó en las audiencias del Caso Cabitos 83 realizadas en la ciudad de Huamanga en junio y agosto del 2012 ordenadas por la Sala Penal Nacional (Expediente 35-2006) representando a tres de los acusados (Humberto Orbegozo Talavera, Edgar Paz Avendaño y Arturo Moreno Alcántara).

APRODEH solicitó al Fiscal de la Nación, José Peláez, que se tome en cuenta lo expresado y se realicen las acciones pertinentes para garantizar que las investigaciones por estos graves hechos sean llevadas de la manera más adecuada, imparcial e idónea.

APRODEH

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Caso Accomarca: “¡Tú también mataste!”

  • Los ex oficiales del Ejército Telmo Hurtado y Juan Rivera Rondón se confrontaron ante tribunal para aclarar discrepancias sobre el operativo que terminó con la matanza de 69 campesinos en Accomarca.

por Gabriel Mazzei

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Justicia. Telmo Hurtado asume responsabilidad, pero dice que no fue el único que matóJusticia. Telmo Hurtado asume responsabilidad, pero dice que no fue el único que mató“Yo soy responsable de la muerte de 31 personas; tú debes haber matado al resto, tú quemaste sus casas. Los dos participamos en el operativo”, le encaró Telmo Hurtado a Juan Rivera Rondón.

Durante la confrontación realizada ayer por la Sala Penal Nacional entre ambos procesados, Hurtado recordó que el 14 de agosto de 1985 en Accomarca incursionaron varias patrullas y que Rivera Rondón comandaba una de ellas, mientras él otra.

El también conocido “Carnicero de los Andes” recordó además que Rivera estuvo presente en dicho lugar quemando las casas de los campesinos, tras la matanza.

Rivera Rondón desacreditó esta versión, al punto de recomendarle que “mejor escriba un libro de ficción”.

Como para hacer verosímil su relato, recalcó que nunca llegó al momento de la ejecución de los campesinos, ya que se perdió en el camino, cuando se encontraba en la cima de la quebrada.

En su réplica, Hurtado descartó esta posibilidad, ya que Rivera “conocía dicho terreno, en su condición de jefe de una patrulla”, la misma que iba detrás de él antes y durante la ejecución.

Ante la Sala Penal Nacional, el ex líder de la patrulla Lince 7 se responsabilizó de la muerte de 31 personas y señaló que por el resto de víctimas debe responder el propio Rivera.

Para el abogado de la parte civil, Carlos Rivera, esta confrontación esclarece más sobre la responsabilidad, ya no solo de Hurtado sino de otros mandos que estuvieron en el momento de la matanza.

Publicado en La República el 21 de septiembre de 2012

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Falleció Pilar Coll, gran defensora de los DD.HH en el Perú

Por Giovanna Castañeda

“El hecho de haber podido estar donde se escucha el clamor de las víctimas, algo que considero un privilegio, me ha supuesto, sí, sufrimiento en muchas ocasiones y dolorosa sensación de impotencia pero me ha marcado también de un modo indeleble hasta tal punto que no podría desertar de esta lucha mientras las fuerzas me acompañen.”

 Pilar Coll, 25 de marzo del 2008, entrega de medalla de la Denfesoría del Pueblo

Pilar Coll Torrente, la primera secretaria ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, falleció hoy a los 83 añosPilar Coll Torrente, la primera secretaria ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, falleció hoy a los 83 añosLa abogada nacida en España, llegó al Perú en 1967, año en el que fue a Trujillo a trabajar en la Escuela de Servicios Sociales, con la Unión Nacional de Estudiantes Católicos (UNEC) y en un colegio donde enseñaba religión.

En 1977 llegó a Lima a trabajar en la Comisión Episcopal de Acción Social, donde ayudó a los miles de despedidos tras el paro nacional del 19 julio del mismo año.

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Luego trabajó un tiempo en El Agustino, hasta que en 1987 fue la primera secretaria ejecutiva de la CNDDHH.

Además, de forma voluntaria, siguió trabajando para reparar las secuelas de la violencia política en el país. También estuvo como voluntaria en el equipo jurídico de la Comisión de la Verdad y Reconciliación y formó parte del Consejo de Reparaciones.

Ella fue una de las víctimas de la Guerra Civil Española, la que dejó más de un millón de muertos, entre ellos, Joaquín Coll, padre de Pilar.

En marzo del 2008, Pilar recibió la medalla Defensoría del Pueblo en mérito a su destacada labor en la defensa y promoción de los derechos humanos.

A Coll se le recordará por un invalorable valor social y al apoyo social y humanitario que desplegó en favor de las internas e internos de distintos penales, portando un mensaje de esperanza a quienes sufren la indeferencia y reclusión penal.

Aquí un extracto de su discurso durante la premiación:

 

Quiero compartir con ustedes, es la convicción de que vale la pena involucrarse en la causa de los derechos humanos que es la causa de la dignidad de las personas y el camino para lograr una democracia consistente. Es una opción ética en la que por principio deberíamos comprometernos todos, no es tarea de especialistas, todos, absolutamente todos, estamos llamados a ser defensores de nuestros derechos y de los derechos de los demás. Si bien es cierto que la situación ha mejorado en el Perú respecto a las últimas décadas del siglo pasado, queda mucho camino por recorrer para que el acceso a la totalidad de los derechos humanos, no solo los civiles y políticos en los que aún arrastramos serios problemas sino también de los derechos económicos, sociales y culturales, estén al alcance de todos pero especialmente de las grandes mayorías hoy todavía en buena parte excluidas.

Publicado en La Mula el 15 de setiembre de 2012

 

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Doce años después del primer “Vladivideo” que tumbó a Alberto Fujimori

Diez años de dictadura se acabaron en 67 días que duró el tercer gobierno de Alberto Fujimori el año 2000. Un video fue el inicio del final de aquella etapa mórbida de la historia del Perú.

El jueves 14 de setiembre del año 2000, Luis Iberico y Fernando Olivera presentaron ante la prensa, la poca que aún mantenía independencia, un video que registraba el preciso instante en que el brazo derecho de Fujimori y asesor del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN), Vladimiro Montesinos, pagaba 15 mil dólares al entonces congresista Alberto Kouri para pasarse a la bancada del fujimorismo.

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© La RepúblicaHasta ese día muchos seguían moviendo el cuerpo al ritmo del “baile del Chino”. Hasta ese día se sabía poco del misterioso asesor presidencial. Hasta ese día no se conocía lo que ocurría en la salita del SIN y en sus muebles de cuero. Aquel día conocimos a lo que se dedicaba Montesinos: corromper congresistas, y una palabra nueva se incluyó en el vocabulario político: tránsfuga.

Fujimori no apareció en los tres días siguientes. El sábado 16 de setiembre, en un mensaje a la nación, convocó a nuevas elecciones. “Y en esas elecciones no participará quien habla”, dijo. La gente salió a festejar a las calles.

El 23 de setiembre, Montesinos fugó a Panamá en una avioneta alquilada al empresario Dionisio Romero. Un mes después, 23 de octubre, regresó. Durante dos días Fujimori rastreó a Montesinos en Chaclacayo, quizás desesperado por el botín más preciado: los “Vladivideos”.

El 29 de octubre, mientras Montesinos se volvía a fugar del país a bordo del velero Carisma, dos desconocidos, los hermanos Ollanta y Antauro Humala se levantan en armas desde el Fuerte Arica en Locumba – Tacna.

El 13 de noviembre Fujimori apareció en las pantallas de televisión durante su participación en el foro APEC en Brunei. Se había ido del país la noche anterior sin que nadie lo sepa. El 19 de noviembre, en Japón renunciaba a la presidencia enviando un fax.

 

Publicado por La República el 15 de setiembre de 2012

 

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CNM a punto de iniciar proceso a jueces que redujeron sentencia a Grupo Colina

El pleno del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) decidirá en tres semanas si abre o no proceso a los jueces de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que dispusieron reducir las penas a los integrantes del Grupo Colina y retirarles el delito de lesa humanidad.

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El titular de este organismo, Gastón Soto Vallenas, explicó hoy que al ampliarse el plazo establecido por una nueva denuncia contra la sala presidida por Javier Villa Stein, la Comisión Permanente de Procesos Disciplinarios del CNM se tomará un tiempo prudencial para realizar el informe preliminar.

Agregó que ese informe preliminar será elevado ante el pleno del CNM, el cual adoptará la decisión final. “Si es necesario se considerarán más pruebas, luego se hará la evaluación y posteriormente, en unas tres semanas, el pleno adoptará una decisión final si es que procede abrir proceso o no”, señaló.

Precisó que la comisión de procesos disciplinarios determinará si existió alguna inconducta funcional en los jueces o no. “Lo que hay que confirmar en ese fallo en uno y otro sentido es que los magistrados, por ejemplo, no actuaron bajo presiones externas”, indicó.

El fallo de la sala Villa Stein disminuyó las penas a los integrantes del grupo paramilitar por las matanzas de civiles en Barrios Altos y de campesinos en El Santa, así como la desaparición del periodista Pedro Yauri, durante el régimen de Alberto Fujimori, y determinó que no cometieron delito de lesa humanidad.

El caso de Barrios Altos, ocurrido el 3 de noviembre de 1991, fue uno de los cargos por el que fueron procesados y condenados los miembros de Colina, y permitió la extradición de Fujimori para ser juzgado en el país.

 

Publicado por La Primera el Lunes 10 de setiembre del 2012

 

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Caso Chavín de Huántar: Defensa de Hermoza Ríos pidió que sea absuelto

En su alegato de defensa del general (r) Nicolás Hermoza Ríos, el abogado César Nakazaki aseguró que no existe ninguna prueba que sindique a su cliente como uno de los presuntos autores mediatos de las supuestas ejecuciones en la operación de rescate Chavín de Huántar. Por ello pidió su absolución.

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Nakazaki dijo al tribunal que la acusación fiscal solo se basa en las declaraciones de dos policías y del diplomático japonés Idetaka Ogura (Foto: Archivo El Comercio)Nakazaki dijo al tribunal que la acusación fiscal solo se basa en las declaraciones de dos policías y del diplomático japonés Idetaka Ogura (Foto: Archivo El Comercio)El letrado sostuvo que si en el juicio no se ha podido establecer quién mató al emerretista Eduardo Cruz Sánchez (a) ‘Tito’ menos todavía se podrá saber quién o quiénes ordenaron su supuesta ejecución.

Nakazaki dijo al tribunal que la acusación fiscal solo se basa en las declaraciones de dos policías y del diplomático japonés Idetaka Ogura. Añadió que el testimonio de este último se contradice y carece de verosimilitud.

La fiscalía pidió 18 años de cárcel para Hermoza Ríos, 20 años para Vladimiro Montesinos y 16 para Roberto Huamán Azcurra.

Publicado por El Comercio el 4 de septiembre del 2012