El colegiado “A” de la Sala Penal Nacional absolvió ayer a seis ex militares procesados por la desaparición forzada de dos pobladores en el cuartel militar Los Laureles, Tingo María, el 7 de mayo de 1990.
El tribunal, presidido por la jueza Victoria Sánchez Espinoza, señaló que no se pudo acreditar la responsabilidad de los imputados en este caso.
Además, la sala indicó que los testigos cambiaron sus versiones iniciales de acusación contra los procesados. Se descartó que este caso trate de un delito de lesa humanidad, como afirmaba la fiscalía.
Esta es la segunda vez que un tribunal absuelve a los acusados por este proceso.
La primera fue en el 2009 pero la Corte Suprema ordenó nuevo juicio. En tanto, la fiscalía apeló al veredicto de la sala.
El pedido de la defensa de Alberto Fujimori para que este obtenga el arresto domiciliario fue denegado por el Poder Judicial por lo que deberá cumplir el resto de su condena en las instalaciones de la Diroes.
El pedido de Fujimori fue denegado por la gravedad de los delitos que cometió, por lo que permanecerá en la DiroesTras la postura de la Fiscalía Suprema, que declaró improcedente este pedido la semana pasada, correspondía que hoy se diera la decisión final del juez, la cual fue negativa para Fujimori.
El principal argumento de la defensa de Fujimori fue su estado de salud, alegando un cáncer en la lengua y depresión severa, pero el juez supremo Segundo Morales denegó esta solicitud.
Se declaró infundado el pedido de Fujimori por la gravedad de los delitos por los cuales fue condenado. La pena de 25 años de pena privativa de la libertad que pesa sobre Fujimori vencerá el 10 de febrero de 2032.
Para esta ocasión, el expresidente dejó finalmente de portar el tensiómetro que lució durante sus últimas apariciones y permaneció en silencio durante la lectura de la sentencia junto a su abogado, William Castillo.
Luego de la lectura de la sentencia, la hija del condenado, Keiko Fujimori, aseguó estar “sorprendida” con la determinación del juez y sostuvo que su padre, un señor de 75 años, no está pidiendo la libertad, sino arresto domiciliario “para pasar sus últimos días”.
Por su parte, William Castillo confirmó que presentarán una apelación ante la Corte Suprema para insistir por el arresto domiciliario para su representado.
“La petición, cuando ha sido declarada infundada, lo ha sido por el carácter que tienen los delitos atribuidos al presidente y porque existe un fallo de la Corte Interamericana que impide dichos beneficios. Si no fuera por ello, Fujimori estaría en este momento camino a su domicilio”, afirmó.
Washington, oct. 28 (ANDINA). El pedido de arresto domiciliario planteado por el expresidente Alberto Fujimori constituye un imposible jurídico que no debe proceder, y su eventual aceptación sería ilegal y despertaría el rechazo internacional, advirtió hoy la Oficina en Washington sobre Asuntos Latinoamericanos (WOLA).
Jo Marie Burt, asesora principal de WOLA“La detención domiciliaria es una medida preventiva preliminar cuando se abre un proceso judicial contra un acusado, pero no procede si existe una condena a prisión efectiva”, precisó Jo-Marie Burt, profesora de la Universidad de George Mason y asesora principal de WOLA.
Según recordó, el exmandatario fue condenado unánimemente por un tribunal de la Corte Suprema del país en un “proceso limpio, transparente e imparcial”.
“El mundo entero saludó a Perú por su capacidad de sentar en el banquillo de los acusados a un ex jefe de Estado y procesarlo por graves violaciones de los derechos humanos, así como varios actos de corrupción”, indicó a la Agencia Andina.
Refirió, además, que Fujimori fugó del país y llegó a ser procesado debido a su extradición, tras lo cual fue condenado por todos los cargos en su contra.
“También es importante recordar que la condena de 25 años por ser autor mediato de los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta fue ratificada por otro tribunal de la Corte Suprema, también unánimemente”, añadió.
Para Burt, las maniobras para liberar a Fujimori no solamente constituyen una afrenta a las víctimas, sino que también le hacen daño al sistema de justicia.
Sostuvo que insistir en buscar maneras de obviar una sentencia de la justicia demuestra una actitud antidemocrática y de falta de respeto a la ley.
Mañana martes a las 15:00 horas el juez supremo Segundo Morales Iparraguez resolverá el pedido de arresto domiciliario planteado por el exmandatario, tras la audiencia llevada a cabo el último viernes.
En la actualidad, Fujimori cumple una sentencia de 25 años de prisión efectiva por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro agravado por los casos Barrios Altos y La Cantuta, y los secuestros del periodista Gustavo Gorriti y del empresario Samuel Dyer Ampudia, ocurridos durante su gobierno (1990-2000). También fue sentenciado por actos de corrupción.
Niegan semilibertad a culpable de desaparición de Ernesto Castillo
Finalmente, la Sala Penal Nacional decidió no otorgarle el beneficio penitenciario de semilibertad a Juan Carlos Mejía León, uno de los culpables de la desaparición forzada del estudiante Ernesto Castillo Páez.
El 21 de octubre, se cumplieron 23 años de la desaparición de este estudiante de la PUCP. Por ello, familiares de Castillo Páez y otras víctimas del conflicto armado interno, así como ciudadanos identificados con la lucha contra la impunidad, se manifestaron contra la posible salida de prisión de Mejía León.
En el 2006, Juan Carlos Mejía fue condenado a 16 años de prisión por la desaparición forzada de Castillo Páez. Por este mismo caso, los policías Juan Fernando Aragón Guibovich, Manuel Santiago Arotuma Valdivia y Carlos Manuel de Paz Briones recibieron 15 años de cárcel. Estos últimos tres personajes han salido de prisión por el otorgamiento del beneficio penitenciario, a pesar de que para este tipo de delitos no está permitido según la legislación, tal como lo indicó la Defensoría del Pueblo.
Ante ello, la Federación de Estudiantes de la PUCP (FEPUC) se había manifestado en contra. Destacó que “la semilibertad (art. 48 del Código de Ejecución Penal) no se puede aplicar para los agentes condenados por delitos de desaparición forzada (art. 320 del Código Penal)”. De salir libre, sería “una injusticia para con los deudos de los desaparecidos”, señaló.
El caso:
El 21 de octubre de 1990, el estudiante de Sociología de la PUCP, Ernesto Castillo Páez, estaba haciendo una encuesta en Villa El Salvador sobre las consecuencias del “Fuji-Shock”. Ese mismo día se hicieron acciones de propaganda senderista en ese distrito. Efectivos de la Policía Nacional lo detuvieron a plena luz del día y nunca más volvió a aparecer ante su familia.
Reafirman improcedencia de semilibertad de Juan Carlos Mejía León
Reafirman improcedencia de semilibertad de Juan Carlos Mejía León Créditos: RPP/ReferencialEl colegiado B de la Sala Penal Nacional declaró improcedente la solicitud del beneficio penitenciario para el sentenciado por delito contra la humanidad en la modalidad de desaparición forzada en agravio del estudiante Ernesto Rafael Castillo Páez, ocurrida en 1990.
El colegiado B de la Sala Penal Nacional declaró improcedente la solicitud del beneficio penitenciario de semilibertad del coronel PNP Juan Carlos Mejía León, sentenciado por delito contra la humanidad en la modalidad de desaparición forzada en agravio del estudiante Ernesto Rafael Castillo Páez, ocurrida el 21 de octubre de 1990.
Mejía León fue condenado a 16 años de prisión el 20 de marzo del año 2006. Esta sentencia quedó firme mediante Ejecutoria de la Corte Suprema de Justicia de fecha 18 de diciembre del 2007. Vencerá el 19 de marzo del 2022.
De esta manera, el tribunal confirmó la resolución del Segundo Juzgado Penal Nacional, expedida en mayo pasado, que en primera instancia también denegó dicho beneficio.
El colegiado señala, en su resolución, que los hechos por los que Mejía León fue condenado, son de especial gravedad, de gran trascendencia y repercusión en la sociedad, sin que hasta la fecha, inclusive, se conozca el paradero de la víctima.
A juicio de la Sala, además, existen evidencias de que no hay un cambio de conducta del sentenciado, es decir, aún no ha tomado real conciencia ni ha internalizado los hechos por los cuales ha sido condenado y hallado responsable.
El colegiado refiere, asimismo, que el resarcimiento del daño ocasionado a la víctima o sus familiares no pasa por evaluar sólo el pago de la reparación civil, sino que este resarcimiento comprende también otras manifestaciones o acciones del sentenciado, que en este caso concreto no se evidencia.
Destacan que PJ haya rechazado pedido de semilibertad de implicado en caso Castillo Páez
Castillo Páez aún continúa desaparecido
Ideeleradio.- El estudiante Ernesto Castillo Páez aún continúa desaparecido y hubiera sido un incumplimiento grave de las obligaciones internacionales que se le concediera algún tipo de beneficio penitenciario al principal responsable de estos hechos, aseveró el abogado del IDL, Carlos Rivera Paz.
Fue al comentar la decisión del colegiado B de la Sala Penal Nacional que declaró improcedente el beneficio de semilibertad solicitado por el coronel (r) de la Policía Nacional del Perú (PNP) Juan Carlos Mejía León, condenado por el delito contra la humanidad-desaparición forzada en agravio del estudiante universitario Ernesto Castillo Páez el 21 de octubre de 1990.
“Ernesto Castillo Páez, hasta el día de hoy, aún continúa desaparecido, por tanto, nos parecía una contradicción e incumplimiento grave de las obligaciones del Estado que un tribunal le concediera un beneficio penitenciario a alguien que aparece como el principal responsable de un delito en la que hay una obligación internacional que aún no ha sido cumplida”, indicó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
“Este último tema, de alguna manera es asumido por el tribunal de la Sala Penal Nacional presidido por el señor Prado Prado y ese es el elemento que permite al tribunal determinar que las condiciones que deben tomarse en cuenta y apreciarse para otorgarle un beneficio de esta naturaleza no se cumplen y como consecuencia de ello, el tribunal toma la decisión de mellar la confección del beneficio que el señor Mejía había solicitado”, agregó.
Es una decisión importante
El abogado del IDL señaló, en ese sentido, que es una decisión particularmente importante que fue resultado de diversas manifestaciones no solo de la familia, sino de grupos de estudiantes y de diversas organizaciones exigiendo que el Poder Judicial se pronunciara en relación al pedido de semilibertad por parte del coronel Juan Carlos Mejía León.
“Ahí nos enfrentamos a una situación en la que el Poder Judicial en anteriores oportunidades, justamente en beneficio de ocho de los condenados por este mismo caso, ahí se ha conferido ese beneficio de la semilibertad, bajo un argumento estrictamente formalista que se refería que simplemente había transcurrido un determinado tiempo de la condena y, en ese caso, era la mitad de la pena impuesta, y que era más que suficiente para que se otorgue semilibertad y habían sido liberadas esas personas”, señaló.
“En el caso del coronel Mejía León como institución representante de los agraviados y la propia Defensoría del Pueblo hemos pedido que se tomara en consideración no solamente un elemento estrictamente formal en el transcurso del tiempo, sino otros elementos referidos a asuntos centrales, que estamos ante un crimen de una particular naturaleza como es la desaparición forzada, en el que hasta la fecha, los restos de las víctimas no aparecen”, mencionó.
En este sentido, remarcó que les parecía peculiar y a la vez contradictorio que el señor Mejía León haya señalado ante el INPE que estaba arrepentido del crimen, con miras a obtener el beneficio penitenciario. Subrayó que esta actitud le llama a la sorpresa porque en todo momento negó su participación y conocimiento en la desaparición del joven estudiante.
“Adicionalmente hay otro elemento importante que se puso ante el tribunal que en este tipo de casos estamos ante obligaciones internacionales del Estado Peruano. Específicamente en el caso Castillo Páez, la Corte condenó al Estado como responsable de la desaparición del estudiante, y determinó algunas responsabilidades internacionales muy concretas. La primera está cumplida, que se sancione a los responsables, y una segunda es que se debe hacer entrega de la ubicación y entrega de los restos de las víctimas y ese asunto está pendiente”, puntualizó.
Paris, 18 October 2013 – FIDH publishes today its report on the trial of General José Efraín Ríos Montt and on the historic 80 years jail sentence for genocide and crimes against humanity issued on 10 May 2013 by the Guatemalan High Risk Tribunal. In the conviction, the Court found that Ríos Montt’s responsibility in the massacre of 1,771 indigenous Maya Ixil people, the forced displacement of 29,000 persons, at least nine cases of sexual assault and several episodes of torture perpetrated by the Army between March 1982 and August 1983 had been established.
Ten days later, on 20 May 2013, the Constitutional Court arbitrarily ordered that the trial should start over as of 19 April, cancelling part of the debate and annulling the conviction. In addition, a first instance Court recently made a decision that could potentially return the proceedings to November 2011, when Ríos Montt had not been indicted yet, with the risk that the trial will not restart.
Karim Lahidji, FIDH President commented, referring to the human rights clause in the EU-Central America Association Agreement, ratified by Guatemala in June 2013: “Considering the seriousness of the evidence and the gravity of the irregularities in the Constitutional Court’s decisions, and recalling the European Union’s commitment to fight against impunity for international crimes, including genocide, FIDH calls upon the EU member states not to ratify the EU-Central America Association Agreement, until the validity of Rios Montt’s conviction is recognised, or a new trial is held, resuming the proceedings from 19 April 2013.”
The decision by the Constitutional Court reflects the weaknesses of the Guatemalan legal system and calls into question its independence and impartiality, with serious consequences for the victims’ right to truth, justice and reparation, and for the rule of law.
Indeed, in its report FIDH not only highlights the delay tactics deployed by the defence, aimed at creating conditions to undermine the trial by fraudulent abuse of amparo proceedings, challenges and other recourses, but also that several Courts, including the Constitutional Court, have taken illegal actions to cancel the conviction and render almost impossible to have a new trial. FIDH’s report also notes the pressure against the High Risk Tribunals, the defence lawyers and even the survivors and victims testifying at the trial, in the form of defamation, intimidation and threats.
Bearing in mind the gravity of this annulment both for the victims of the genocide and for the principle of independence of the Judiciary, FIDH asks the Constitutional Court to review and amend its decision, and to uphold Ríos Montt’s conviction.
El 22 de octubre se cumplen 27 años de la ejecución extrajudicial de doce pobladores de las localidades de Parcco y Pomatambo(1). El día de hoy se realizó la ceremonia de restitución de los restos de cuatro de ellas, que fueron identificadas por el Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF). La ceremonia se realizó en las instalaciones de CEAS (Comisión Episcopal de Acción Social) y contó con la presencia de miembros de esta organización, Comisedh (encargado de la representación legal de los deudos), la Cruz Roja Internacional, Aprodeh y otras instituciones del Estado (MINJUS, CMAN, Defensoría del Pueblo y MINSA).
En presencia de los cuatro ataúdes blancos que llevaban los restos, se reconoció que esta ceremonia era el inicio de un entierro digno que las víctimas y sus familiares habían esperado por tantos años. Pero también se recordó que aún no se había logrado identificar los restos de ocho de las víctimas, puesto que luego de ser asesinados por miembros del Ejército peruano, sus restos fueron incinerados por los mismos efectivos militares para no dejar evidencias del crimen.
Miguel Huertas de Comisedh recordó una de las sentencias que absolvió a los autores mediatos del crimen de Parcco y Pomatambo, “una sentencia que debe pasar a la historia como una aberración jurídica”, pues en ella se indicó que si bien había “calidad probatoria”, ésta no era suficiente para lograr una sanción. “¿Qué más pruebas se necesitan para que los familiares accedan a justicia?”, se preguntó.
El Defensor del Pueblo, Eduardo Vega Luna, también manifestó sus condolencias a los familiares y reconoció el largo camino transitado, lleno de frustraciones y obstáculos, y la respuesta poco eficaz del Estado, especialmente en lo relacionado a justicia y reparación. Por otro lado, el Viceministro de Derechos Humanos, José Avila, pidió disculpas públicas a los deudos.
Al finalizar la paraliturgia, los restos de las víctimas de Parcco y Pomatambo fueron paseados por la Av. Salaverry hasta las carrozas fúnebres, junto al acompañamiento musical de huaynos brindado por el grupo cultural Yuyachkani. Luego, se dirigieron a la Iglesia La Recoleta en Plaza Francia, donde los restos serán velados hoy hasta las 7.30 de la noche y también mañana sábado.
La siguiente semana se realizarán diversas ceremonias en Ayacucho y el traslado de los restos a las localidades de Parcco y Pomatambo para enterrar dignamente y en su tierra natal a las víctimas de esta cruel matanza.
A continuación les dejamos las palabras de Yrene Ramírez Buitrón y Clotilde Najarro Remón, deudos de las víctimas de Parcco y Pomatambo.
Yrene Ramírez Buitrón (Parcco)
Muy buenos días a todas y todos los presentes, yo soy la hija de la pareja de ancianos y la tía de los dos niños que fueron asesinados en la comunidad de Parcco, provincia de Vilcashuamán, Ayacucho, el 23 de octubre de 1986. Bueno, estos días, son muy importantes para las familias de doce víctimas de la matanza de Parcco y Pomatambo. Hemos esperado 27 años para que se haga justicia, sin embargo, todavía no llega, pero tenemos la esperanza de lograr alcanzarla, ya que nuestro caso ha pasado a nivel internacional, se encuentra en la Comisión Internacional de DDHH.
El camino ha sido largo, llegamos con fatiga. Y hemos derramado muchas lágrimas por la incomprensión e indiferencia de muchas autoridades del Estado y una parte de la sociedad. Sin embargo, nunca perdimos la fe y esperanza de continuar y poder encontrar a nuestros seres queridos, y darles una cristiana sepultura. Podemos decir que luego de 27 años nuestros seres queridos podrán por fin descansar en Paz.
De Pomatambo: Antonio Najarro Soto, José Fernandez Bellido, Jacinto Gutierrez Gomez, Eusebio Najarro Alarcón, Timoteo Bautista Bellido, Manuel , Luis Teodoro Castillo Garcia.
De Parcco: Reynaldo Ramírez Buitrón, Donato Ramírez Rivera, Hilda Buitrón Gutiérrez, Eugenia Ramírez Castillo, Mario Ramírez Castillo.
Recordemos siempre sus cualidades, sus virtudes y anécdotas de nuestros seres queridos, que nos enseñaron en vida. Como la cualidad de mi padre Donato, que era un hombre perdonador. Él decía hay que perdonar a las personas, que eran graves o leves. Por eso, yo como hija de una persona que supo perdonar, no guardo deseo de venganza, sino de perdón, aunque los responsables nunca hayan pedido perdón, pero es un perdón que exige justicia, para que esta historia de violencia nunca más se repita y podamos vivir tranquilos y en paz.
Damos gracias a Dios, a las instituciones de DDHH, que nos apoyaron y nos siguen apoyando por tantos años. Como CEAS y Comisedh y otros. Asimismo, al Epaf, Centro Loyola de Ayacucho y a las hermanas dominicanas de Ayacucho. Para el entierro digno se han sumado otras instituciones como CMAN, Cruz Roja Internacional, Municipalidad de Vilcashuamán, el Ministerio de Salud, Diresa de Ayacucho y otros.
Muchas gracias por acompañarnos esta fecha tan importante y ojalá puedan acompañarnos al entierro digno que se realizará el 23 de octubre en nuestras comunidades de Parcco y Pomatambo. Muchas gracias por escucharme.
Clotilde Najarro (Pomatambo)
Buenos días con todas y todas. Ante todo, doy agracias a Dios por este día tan importante para nosotros. Y doy gracias a mi querido pueblo de Pomatambo y Parcco. Y transmito nuestras instituciones que nos han acompañado en la lucha por la justicia y en la exhumación, que nos sigan acompañando porque nos queda más días y mucho dolor para nosotros los familiares. Y que también encontremos a los ocho familiares que faltan, porque es triste que los siete de Pomatambo y los cinco de Parcco, que solo se halla encontrado a cuatro.
Ojalá que nos sigan apoyando. Y también quiero agradecer a quien ha luchado y caminado, que es la tía Yrene. Estoy muy orgullosa de ella, también me ha enseñado a seguir caminando.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Perú ha incumplido casi en su totalidad con la sentencia emitida en su contra el 22 de septiembre de 2009 por la desaparición forzada del estudiante de 25 años Kenneth Anzualdo en 1993, así como por la violación de los derechos a la integridad personal, al acceso a la justicia y a las garantías judiciales de sus familiares. Mediante una Resolución dada a conocer el pasado 13 de septiembre, el Tribunal Interamericano evidenció las escasas acciones que el Estado peruano ha tomado para conocer la verdad, encontrar el cuerpo de la víctima y reparar de manera integral el daño causado a sus familiares.
Transcurridos casi cuatro años de emitida la Sentencia, la Corte constató que la única medida de reparación cumplida cabalmente por el Perú es el acto de disculpas públicas, que se realizó el pasado 23 de julio, ya vencido el plazo de seis meses que el Tribunal había decretado para su cumplimiento.
La Corte evidencia la falta de avances concretos en la investigación y sanción de los responsables, así como en la búsqueda y localización de Kenneth Anzualdo o de sus restos mortales. De igual modo, el Tribunal reitera la necesidad de que los familiares de Kenneth reciban las reparaciones económicas decretadas, y atención médica individualizada de acuerdo a sus necesidades. Finalmente, la Corte insiste en que se lleven a cabo medidas para honrar la memoria de Kenneth Anzualdo, como la publicación de la sentencia en un medio de circulación nacional y la colocación de una placa en el Museo de la Memoria.
Durante el proceso de supervisión de la Sentencia, la Corte requirió en varias ocasiones información del Estado peruano, a pesar de lo cual éste la remitió sólo en una ocasión. Por ello, la Corte ordena al Perú presentar un informe detallado antes del próximo 30 de octubre de 2013, recordando que “los Estados Parte de la Convención deben garantizar el cumplimiento de las disposiciones convencionales y sus efectos propios […] en el plano de sus respectivos derechos internos”, y que deben informar a la Corte sobre las medida adoptadas para el cumplimiento de lo ordenado en sus decisiones.
Para Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL, “esta Resolución evidencia que Perú necesita reforzar las acciones encaminadas a sancionar las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto interno”. Tanto CEJIL como APRODEH esperamos que en cumplimiento de la Resolución de la Corte, el Estado tome medidas urgentes para implementar todos los extremos de la sentencia, de acuerdo a sus obligaciones internacionales.
(Nota de prensa de CEJIL que junto con APRODEH llevó el caso ante la Corte Interamericana de DDHH)
Los cuerpos de cuatro pobladores que hace 27 años fueron secuestrados, asesinados e incinerados por tropas militares en las comunidades ayacuchanas de Parcco y Pomatambo serán entregados el viernes a sus familiares, tras haber sido identificados por el Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF).
Dos patrullas militares los secuestraron y asesinaron en las comunidades ayacuchanas de Parcco y Pomatambo en 1986Se trata de los restos de Donato Ramírez Rivera y Eugenia Ramírez Castillo, secuestrados la madrugada del 23 de octubre de 1986 en la comunidad de Parcco, por patrullas del Ejército; y de Antonio Najarro Soto y Timoteo Bautista Bellido, raptados en Pomatambo horas antes.
“Los restos fueron exhumados en el 2006 y todo se dilató por falta de fondos para los reactivos. El EPAF analizó los restos y descubrió que fueron asesinados con elementos punzocortantes y armas de fuego”, informa la abogada de la Comisión Episcopal para la Acción Social (CEAS), Gery Vásquez, que representa a los deudos en el proceso de restitución de los restos de las víctimas.
De momento la Sala Penal Nacional ha sentenciado a tres militares involucrados como coautores materiales y al teniente coronel EP (r) Carlos Armando Bardales como autor mediato. Uno de los acusados, Agustín Jorge Tuya López, fue absuelto por ser considerado simplemente testigo. Mientras que la sentencia al teniente de infantería (r) Dante Jesús Retamal Guerra aún está pendiente por demoras en el proceso de extradición desde Estados Unidos, donde se encuentra como residente.
Efraín Najarro es uno de los deudos que esperan con ansias los restos de su padre, Antonio, un humilde campesino que fue secuestrado en la localidad de Pomatambo a altas horas de la noche, mientras colaboraba en los preparativos para celebrar una fiesta local.
Tras ser detenido fue ejecutado extrajudicialmente a la mañana siguiente, acusado de pertenecer a la escuela popular de Sendero Luminoso. Luego, su cuerpo fue incinerado y escondido en un páramo aledaño a la provincia de Vilcashuamán. Con los años se probó que no tenía filiación con el grupo terrorista, agravando el crimen cometido en su contra.
En 1991, la entonces estudiante de Periodismo abrió un sobre-bomba dirigido al director del semanario en donde trabajaba. Pasó el tiempo, pero no la lucha de su familia para conseguir justicia. Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos están denunciados por este crimen.
Rider Bendezú
“Su sonrisa nunca dejará de brillar y nuestra lucha por alcanzar justicia jamás cesará”, son las palabras de Norma Méndez, la madre que batalló (y aún batalla) la tarde del 10 de octubre de 1991 por ver el cadáver de su hija, la joven que dejó de lado cosas propias de su edad por encaminarse en esa lucha por desarrollarse profesionalmente.
Ruth Melissa Alfaro Méndez tenía 23 años cuando combinaba sus días y noches entre la redacción de un semanario y las frías aulas de la entonces Escuela de Periodismo Jaime Bausate y Meza.
Un pizarrón con anuncios de prácticas preprofesionales fue la conexión para vivir en carne propia el periodismo que desde el tercer año de secundaria, como bien recuerda su madre, quería experimentar.
El semanario Cambio fue un reto para ella, era el primer medio que le ofrecía pasajes y almuerzos, era subir un peldaño en esta difícil carrera, aunque también significó dejar su querida vivienda de Ventanilla por la casa de su tía en Jesús María, para estar cerca de Bausate y de su trabajo a la vez.
Su madre la recuerda como una mujer apasionada, solidaria, amistosa, generosa y agradecida por todo lo que Dios le dio, pese a las adversidades que afrontó en el camino, entre ellas la separación de sus padres.
Rápidamente, Melissa llegó a convertirse en jefa de informaciones de Cambio, un medio que resultó incómodo para el gobierno de Alberto Fujimori por sus publicaciones y cuestionamientos a la gestión.
La mañana del jueves 10 de octubre de 1991, la estudiante de Periodismo llegó a la redacción del semanario, recogió unas libretas y se dirigió al Congreso de la República para conseguir mayores apuntes sobre una acusación constitucional contra el expresidente Alan García.
En tanto, el recepcionista del edificio recibió sobres para el director del medio, Carlos Arroyo Reyes. Alfaro terminó la jornada en el Parlamento y se aprestaba para ir al semanario, cuando fue invitada por los colegas para compartir un almuerzo. “Yo me voy a Cambio a comer mis frijoles”, fue la respuesta de la joven.
Al llegar al semanario, en el segundo piso de un edificio de la cuadra 23 de Petit Thouars, recogió la correspondencia, entre los sobres, uno tenía 200 gramos de anfo gelatina. La joven, como jefa de informaciones, abrió las cartas.
Alrededor de las 2.30 p.m., el aparato explosivo detonó, Melissa había abierto el sobre-bomba que tenía como destino a su jefe, perdió la vida instantáneamente. A los minutos, Norma Méndez se enteró de lo sucedido y no pudo creer que su hija murió.
Cuando llegó al lugar, los policías, con un tono déspota, no le permitieron ingresar al lugar, luego de minutos de gritos y reclamos, la madre pudo entrar a la redacción y reconoció el cadáver, la pequeña de sus ojos se le había adelantando.
Desde ese momento, desde ese trato hostil de los agentes policiales, comenzó su lucha por obtener justicia, justicia para su hija, para aquella ‘Calichina’, apodo que se ganó entre los colegas de ese entonces.
Una semana después, Fernando Alfaro Venturo, padre de la periodista, presentó una denuncia ante el Ministerio Público, que fue trasladada a la 17° Fiscalía Provincial Penal de Lima. El autogolpe de Estado del 5 de abril de 1992 borró cualquier indicio del caso.
El 24 de setiembre de 2004, Norma Méndez interpuso una denuncia ante la Fiscalía Especializada en Delitos contra los Derechos Humanos, las investigaciones siguen, pese a que en el 2010, el agente del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), capitán EP (r) Víctor Penas Sandoval, admitió ser el operador directo de los “sobres-bomba” que llegaron también a distintos enemigos políticos y sospechosos de terrorismo.
Asimismo, el 15 de octubre de 2009, la Fiscalía de Derechos Humanos dispuso formalizar denuncia penal contra el expresidente Alberto Fujimori, el exasesor Vladimiro Montesinos, Julio Rolando Salazar Monroe y Pedro Edilberto Villanueva Valdivia, como autores mediatos; y contra Penas Sandoval, como autor directo de la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud –homicidio calificado.
El 26 de febrero de 2010 se dio inicio a la etapa de instrucción en el Primer Juzgado Penal Especial, etapa que a la fecha sigue vigente.
PERIODISMO Y DERECHOS HUMANOS
A 22 años del asesinato de Melissa Alfaro, la Facultad de Letras de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos desarrollará un conversatorio, este jueves a las 3.30 p.m., en el aula 2ª de la mencionada facultad, en la Ciudad Universitaria. El ingreso es libre.
El evento, nombrado ‘Periodismo y derechos humanos en tiempos de la dictadura de Fujimori’, tendrá como expositores a Ángel Páez, periodista de investigación de La República; Iris Alfaro, hermana de Melissa; Dante Castro, periodista y amigo de Alfaro; y Eleming Valle, representante de la Coordinadora Contra la Impunidad.
El asesinato de Zacarías Pasca Huamaní y Marcelino Valencia Álvaro, a manos de policías (Chumbivilcas, 1990), podría quedar impune. La Sala Mixta de Canchis (Cusco) absolvió a los efectivos policiales implicados: Jorge Elías Maldonado Arrarte, Audaz Báez Maqquerhua, Moisés Sixto Sutha Vera, Guido Huallpa Roca y Braulio Martiarena Ríos. Los dos últimos incluso siguen en actividad.
Familiares de las víctimas. Revista WillanakuyLos magistrados de la referida sala, Miriam Pinares Silva, Víctor Rómulo Velasco Chávez y Camilo Luna, reservaron la sanción del caso para el alférez Miguel Ángel Alva Quiroz, quien vive con asilo político en Argentina desde julio de 2012.
Él junto a los seis agentes absueltos fueron juzgados por secuestro agravado y homicidio calificado con gran crueldad (violación de derechos humanos). La Fiscalía Superior de Canchis, en su momento, había pedido 22 años de cárcel y una reparación civil de 35 mil soles por esos cargos.
Sin embargo, para los integrantes de la sala mixta no se probó la responsabilidad penal de los absueltos; por ende, se aplicó el principio de “inocencia e in dubio pro reo” (inocencia ante la duda). De igual forma refirieron que el caso no configura delito de lesa humanidad.
Sobre el particular, el organismo Derechos Humanos Sin Fronteras (integrante de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos) anunció que interpondrá un recurso de nulidad ante la Corte Suprema al considerar que la sentencia no tiene fundamento.
La medida recibió el respaldo de la Asociación Por la Vida y Dignidad Humana (Aporvidha). “Esperemos que se revoque esta sentencia”, refirió Iskra Chavez, representante.
UN CASO DE IMPUNIDAD
Para Maritza Quispe, integrante de Derechos Humanos Sin Fronteras, la sala hizo una inadecuada valoración de pruebas. “La sentencia es una expresión de impunidad y negación del derecho a la verdad que tienen las víctimas”, anotó.
Otro hecho cuestionado es que los magistrados señalaron como motivo del crimen la obtención de un beneficio económico (sustraer dinero), cuando en el proceso “se ha demostrado que el móvil fue que los policías consideraron a los agraviados como terroristas”.
CRUEL HISTORIA
El crimen de Marcelino y Zacarías es uno de los más crueles registrados por la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) en Cusco. Ocurrió el 24 de setiembre de 1990. Ese día, a media mañana, Pasca Huamaní fue detenido por el alférez y su subalterno Huallpa, ambos en aparente estado de ebriedad según las pericias. Zacarías era estudiante del Centro Educativo Ocupacional (CEO) “Amauta” en Santo Tomás (Chumbivilcas).
Enterado de la detención, Marcelino, quien era bachiller en Derecho, llegó a la comisaría de Santo Tomás para solicitar la liberación de su alumno del CEO. También se le detuvo.
Los efectivos los interrogaron sobre una presunta vinculación con el terrorismo. Los golpearon y bañaron con agua durante horas para que confesaran su “supuesta” militancia.
Cuando era casi medianoche, el alférez asesinó de un disparo en la boca a Zacarías y de otro en la cabeza a Marcelino. Ambos estaban arrodillados en el patio de la comisaría frente a dos fosas, donde los enterraron.